Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2016 (26/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Jueves 26 de mayo de 2016 /

El Peruano

presupuestarios del Gobierno Nacional que reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP) para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados a realizar transferencias financieras a favor del Pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente; para lo cual se señala que dicho monto máximo debe aprobarse mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, adicionalmente, la citada disposición establece que las transferencias financieras, a las que se refiere el considerando precedente, se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las FFAA o PNP, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, y se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) en el que se deberá indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las FFAA o PNP, bajo responsabilidad del titular de dicho pliego; Que, mediante Decreto Supremo N° 021-2016-PCM se establece como monto máximo para atender las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del gobierno nacional la suma de S/. 152 875,00 (Ciento cincuenta y dos mil ochocientos setenta y cinco y 00/100 soles) en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; según lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, por Oficio N° 266-2016-MINAM/SG de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente - MINAM se solicita al Ministerio de Defensa el apoyo aéreo para el traslado de funcionarios del MINAM y del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA desde Lima a la localidad de Chiriaco en el Departamento de Amazonas; precisando que el financiamiento del referido traslado estará a cargo del OEFA; Que, mediante Oficio N° 0687-2016-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa comunicó sobre los gastos irrogados por el traslado aéreo de funcionarios del MINAM y del OEFA desde Lima a la localidad de Chiriaco en el Departamento de Amazonas, que ascendieron a un total de S/. 90 410,17 (Noventa mil cuatrocientos diez y 17/100 soles); Que, a través del Oficio N° 2292-2016-PCM/SGOGPP, al cual se adjunta el Informe N° 0126-2016-PCM/ OGPP, la PCM informó que el pliego 026: Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional fijado mediante el Decreto Supremo N° 021-2016-PCM; Que, con el Memorando N° 1249-2016-OEFA/OPP y el Informe N° 011-2016-OEFA/OPP-PPTO, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del OEFA, señala que en virtud de lo dispuesto en el Numeral 25.1 de la Directiva Nº 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada mediante Resolución Directoral N° 030-2010-EF-76.01, sólo procede la incorporación de los recursos monetarios, cuyos montos se registren en números enteros; por lo que, emite opinión favorable sobre la transferencia financiera por la suma de S/. 90 411,00 (Noventa mil cuatrocientos once y 00/100 soles) a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, en el marco de lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar la transferencia financiera a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/. 90 411,00 (Noventa

mil cuatrocientos once y 00/100 soles) por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar los gastos por el apoyo brindado por las FFAA, de acuerdo con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el Literal t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA hasta por la suma de S/. 90 411,00 (Noventa mil cuatrocientos once y 00/100 soles) a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, por los gastos irrogados en el traslado aéreo de los funcionarios del Ministerio del Ambiente - MINAM y del OEFA desde Lima a la localidad de Chiriaco en el Departamento de Amazonas realizado por las Fuerzas Armadas; en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 2°.- Precisar que la transferencia financiera autorizada en el Artículo 1° de la presente Resolución se realiza con cargo a la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA. Artículo 3°.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el Artículo 1° de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos a los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Encargar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su aprobación. Artículo 5°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA LUISA EGÚSQUIZA MORI Presidenta del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1384857-1

Designan Asesora de la Alta Dirección del OEFA
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 091-2016-OEFA/PCD Lima, 25 de mayo de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Literal e) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM, establece que corresponde al Presidente del Consejo de Directivo designar y remover a los funcionarios y asesores de la entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Organismo de Evaluación y

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