Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2016 (17/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Sexto. Que el artículo 23° del "Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497", establece que el Área de Apoyo a las Causas se encarga de elaborar los proyectos de resoluciones vinculadas al desarrollo del proceso; así como, del trámite Administrativo correspondiente. Con tal fin, se subdivide en tres áreas: a) De Calificación de Escritos y Demandas. b) De Trámite de Expedientes; y, c) De Ejecución de Sentencias. Sétimo. Que el artículo 24° del Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497", establece las funciones del Área de Apoyo a las Causas. No obstante, los criterios aplicados por las Cortes Superiores de Justicia en las que se encuentra vigente la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para determinar los actos procesales que se desarrollan en cada sub área del Área de Apoyo a las Causas, difieren entre sí. Por lo cual, es imprescindible brindar directrices que permitan unificar criterios e identificar y precisar los actos procesales desarrollados en cada sub área del Área de Apoyo a las Causas, esto es, de Calificación de Escritos y Demandas, de Trámite de Expedientes; y, de Ejecución de Sentencias, según las etapas del nuevo proceso laboral. Octavo. Que el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, como órgano rector del proceso de implementación de la Ley N° 29497, tiene a su cargo planificar, conducir, coordinar, evaluar y monitorear el proceso de implementación de la referida norma procesal en todo el territorio nacional, coadyuvando a su consolidación y fortalecimiento; así como, proponer mejoras institucionales en el proceso de implementación de la reforma procesal laboral; por lo que, es competente para el desarrollo de todas las actividades relacionadas a la progresiva implementación de la Ley N° 29497 y las normas de gestión conexas. Noveno. Que, en tal virtud, corresponde regular los aspectos complementarios que permitan el óptimo funcionamiento de los Módulos Corporativos Laborales bajo la Ley N° 29497; por lo que, resulta necesario aprobar la Directiva de los Actos Procesales desarrollados en las sub áreas que conforman el Área de Apoyo a las Causas del Módulo Corporativo Laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, según las etapas del nuevo proceso judicial laboral. Décimo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que, siendo así y teniendo en cuenta la propuesta presentada, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes para la consecución de los fines de la adecuada implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo en los Módulos Laborales de las Cortes Superiores de Justicia, que conocen y aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 8642016 de la cuadragésima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz, sin la intervención del señor Consejero De Valdivia Cano por encontrarse de comisión de servicios; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 009-2016-CE-PJ denominada "Directiva de los Actos Procesales desarrollados en las sub áreas que conforman el Área de Apoyo a las Causas del Módulo Corporativo Laboral de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, según las etapas del nuevo proceso judicial laboral", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, en donde

se encuentre implementada la Ley N° 29497 y la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ; así como, la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, realicen las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial; para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Cortes Superiores de Justicia del país que aplican la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1454527-3

Modifican el "Manual de Organización y Funciones del Módulo Corporativo Laboral"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 279-2016-CE-PJ Lima, 9 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 1467-2016-P-ETIINLPT-CE-PJ cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; y el Informe Nº 827-2016-ST-ETIINLPT-PJ que contiene la Exposición de Motivos para delimitar y uniformizar las funciones que deben desarrollar en las sub áreas de calificación de escritos y demandas, trámites de expedientes y ejecución de sentencias, del Área de Apoyo a las Causas, regulada por los artículos 23° y 24° del Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497, aprobado por Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 127-2012-CE-PJ, de fecha 4 de julio de 2012, se aprobó el modelo del "Despacho Judicial Corporativo", para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; cuya implementación a nivel nacional es progresiva. Segundo. Que por Resolución Administrativa Nº 340-2013-CE-PJ, del 27 de diciembre de 2013, se aprobó la implementación del Modelo de Despacho Judicial Corporativo para la aplicación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en el Distrito Judicial de Tacna. Asimismo, por Resoluciones Administrativas Nros. 182, 208 y 209-2014-CE-PJ se dispuso la implementación del Módulo Corporativo Laboral para órganos jurisdiccionales de la Nueva Ley Procesal del Trabajo en los Distritos Judiciales de Loreto, Huánuco y Sullana, respectivamente. Tercero. Que la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ, de fecha 26 de noviembre de 2014, aprobó el "Nuevo Reglamento del Módulo Corporativo Laboral bajo la Ley N° 29497" y el "Manual de Organización y Funciones del Módulo Corporativo Laboral", con el objetivo de implementar en las Cortes Superiores de Justicia el Modelo del Despacho Judicial Corporativo en los Juzgados de Paz Letrado Laboral y Juzgados de Trabajo que aplican exclusivamente la Nueva Ley Procesal del Trabajo, a nivel nacional. Cuarto. Que mediante Resolución Administrativa N° 140-2016-CE-PJ, del 8 de junio de 2016, se incorporó a las

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