Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2016 (18/11/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Viernes 18 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604441

Gráfico N° 09 Niveles de recepción en dBm (-80 a -113 dBm)

Fuente: MTC-DGCSC
1454970-1 es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para inspección técnica de aeronaves, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 10 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio; por lo que, los costos del viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio, según se desprende del Informe N° 434-2016-MTC/12.07, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como por la citada Dirección General, según el Informe N° 528-2016-MTC/12.07, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27261, la Ley N° 27619, la Ley N° 30372, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Luis Gustavo Satornicio Satornicio, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del 21 al 26 de noviembre de 2016, a

Autorizan viaje de inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a El Salvador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 960-2016 MTC/01.02 Lima, 15 de noviembre de 2016 VISTOS: La solicitud de la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A., mediante Carta TP-184-10-2016/QC del 24 de octubre de 2016, el Informe N° 434-2016-MTC/12.07 de la Dirección de Certificaciones y Autorizaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe N° 528-2016-MTC/12.07 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.