Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2016 (19/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 19 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Poder Judicial 2016-2021, como producto para el año 2016, realizó una convocatoria para que jueces de los Distritos Judiciales del país presenten ponencias, buenas prácticas y soluciones jurídicas innovadoras sobre los Derechos del Niño, Niña y Adolescentes, a fin que sean seleccionados y presentados en el Congreso Mundial que se llevará a cabo en Paraguay; la cual fue aprobada por resolución de fecha 20 de mayo del presente año. Segundo. Que, de acuerdo a las bases de la citada convocatoria las ponencias presentadas serían calificadas por el Comité Científico del certamen, seleccionándose tres propuestas ganadoras, las que se someterían a votación por los jueces pertenecientes a las 33 Cortes Superiores de Justicia, a fin de declararse un ganador. Correspondiendo al primer lugar sustentar su ponencia en el VII Congreso Mundial por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia que se realizará en Paraguay, del 16 al 18 de noviembre del año en curso. Tercero. Que, al respecto, la Coordinadora Nacional del mencionado Programa hace de conocimiento que el señor Christian Arturo Hernández Alarcón, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; y la servidora judicial Karla Araujo Ventura, asistente judicial de la Corte Superior de Justicia de Junín, son coautores, cada uno en su categoría, y ocuparon el primer puesto como "Juez" y "Personal Jurisdiccional", respectivamente. Cuarto. Que, resulta de interés institucional la participación de representantes del Poder Judicial en el VII Congreso Mundial por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia. En tal sentido, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó a la Gerencia General sufragar los gastos respectivos para la participación de los mencionados en el referido Congreso. Quinto.- Que el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM concordado con la Ley Nº 27619, regula el giro de gastos por concepto de viáticos para viajes al exterior de funcionarios y servidores público. Por lo que resulta pertinente autorizar el giro de viáticos según la escala de viáticos aprobada por la citada normativa. En consecuencia; el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de facultades delegadas mediante Resolución Administrativa Nº 003-2009-CE-PJ, de fecha 9 de enero de 2009. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Christian Arturo Hernández Alarcón, Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; y Karla Araujo Ventura, asistente judicial de la Corte Superior de Justicia de Junín, del 15 al 19 de noviembre del año en curso, para que participen en el VII Congreso Mundial por los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, que se llevará a cabo en Paraguay; concediéndoseles licencia con goce de haber por las referidas fechas. Los mencionados participantes son coautores en su respectiva categoría "Juez" y "Personal Jurisdiccional"; y ocuparon el primer puesto en el concurso convocado por la Coordinación Nacional del Programa de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad. Artículo Segundo.- Los gastos de instalación y viáticos, así como de pasajes aéreos; y assist card, estarán a cargo del Programa Nacional de Acceso a la Justicia de Personas Vulnerables y Justicia en tu Comunidad, de acuerdo al siguiente detalle: Dr. Christian Arturo Hernández Alarcón Gastos de instalación y viáticos : Pasajes aéreos : Assist Card : Sra. Karla Araujo Ventura Gastos de instalación y viáticos : Pasajes aéreos : Assist Card : Pasajes terrestres : US$ 1,480.00 1,006.00 35.00 S/. 150.00 US$ 1,480.00 1,006.00 35.00

Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia de Ventanilla y Junín, Juez Superior y servidora participantes; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1454527-9

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nulos los Acuerdos de Concejo N.° 008-2016-MDY y N° 009-2016-MDY, por los que se aprobaron los pedidos de vacancia contra regidor de la Municipalidad Distrital de Yaután
RESOLUCIÓN N.° 1201-2016-JNE Expediente N.° J-2015-00359-A01 Expediente N.° J-2015-00386-A01 (Acumulados) YAUTÁN - CASMA - ÁNCASH RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecisiete de octubre de dos mil dieciséis VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Luis Enrique Yui Botteri, primer regidor del Concejo Distrital de Yaután, provincia de Casma, departamento de Áncash, contra los Acuerdos de Concejo N.° 008-2016-MDY y N.° 0092016-MDY, por los que se aprobaron las solicitudes de vacancia en su contra interpuestos por Juan Francisco Rodríguez Ayala y Victoria Margarita Rosas López. ANTECEDENTES De la solicitud de vacancia Con fecha 20 de noviembre y 4 de diciembre de 2015, Juan Francisco Rodríguez Ayala y Victoria Margarita Rosa López solicitaron, respectivamente, la vacancia del regidor Luis Enrique Yui Botteri por considerar que habría transgredido el artículo 11 de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), es decir, por ejercicio de función administrativa (fojas 1 a 11 del Expediente N.° J-2015-00359-T01 y 1 a 9 del Expediente N.° J-2015-00386-T01). Las solicitudes refieren que la autoridad habría incurrido en la referida causal de vacancia sobre la base de los siguientes hechos: a. Como presidente de la Comisión Especial Investigadora sobre los ingresos y egresos (pagos) realizados en la Municipalidad Distrital de Yaután periodo 2015-2018 su intervención supuso la realización de una labor administrativa de intervención de la Secretaría General y Tesorería de la comuna, solicitando la entrega de documentación en forma directa. b. En la sesión de concejo del 29 de octubre de 2015, solicitó en forma irregular los cuadernos de control del personal administrativo que labora en la comuna así como los contratos de locación de servicios de los asesores legales y los informes de pago por parte de Tesorería.

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