Norma Legal Oficial del día 19 de noviembre del año 2016 (19/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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RESUELVE

NORMAS LEGALES

Sábado 19 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Artículo Primero.- Declarar FUNDADO los recursos de apelación interpuestos por Luis Enrique Yui Botteri y, en consecuencia, declarar NULOS los Acuerdos de Concejo N.° 008-2016-MDY y N.° 009-2016-MDY, por los que se aprobaron los pedidos de vacancia en su contra interpuestos por Juan Francisco Rodríguez Ayala y Victoria Margarita Rosas López. Artículo Segundo.- DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de Yaután a fin de que convoque nuevamente a sesión extraordinaria y vuelva a emitir pronunciamiento sobre los pedidos de declaratoria de vacancia formulados por Juan Francisco Rodríguez Ayala y Victoria Margarita Rosas López, de acuerdo con lo establecido en los considerandos de la presente resolución, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fiscal provincial penal de turno, para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo, conforme a sus competencias. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1454455-1

Díaz Pérez E.I.R.L., de propiedad de Reyner Díaz Pérez habría sido beneficiada con la contratación de servicios y bienes por la suma de S/ 36,966.02. En la actualidad, dicha empresa cambió de razón social al nombre de Ferretería Jaén E.I.R.L., manteniendo su mismo número de RUC. - La empresa señaló como domicilio calle Los Acerillos Nº 205, sector Los Sauces, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, dirección que coincide con la señalada ante la Sunat por Edita Dávila Casas, conviviente del alcalde. - De acuerdo al Reniec, Edita Dávila Casas y Reyner Díaz Pérez registran como domicilio el Caserío Cruce Naranjo, distrito de Huarango, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca. Además, Reyner Díaz Pérez señala como domicilio fiscal el pasaje Los Cedros, manzana B, lote 9, agrupación familiar El Bosque, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; no obstante que al inicio de sus actividades ante la Sunat, señaló como domicilio calle Antisuyo s/n, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca. - Respecto a Heyner Núñez Guerrero, de acuerdo a un número telefónico fijo, su empresa SEMCONT S.A.C., ha señalado como domicilio legal y fiscal calle Unión Nº 113, sector Miraflores, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca. - El alcalde contrató y adquirió bienes municipales por intermedio de la empresa Constructora & Servicios Díaz Pérez E.I.R.L., "constituida el 19 de febrero de 2015 y que se dedica a una actividad ajena a su objeto social inicial". - Edita Dávila Casas es conviviente del alcalde distrital. Por dicha razón, al momento de constituir su empresa, consignaron como domicilio legal inicial la dirección de esta. - El conflicto de intereses se configura por el interés del alcalde por beneficiar a la empresa Constructora & Servicios Díaz Pérez E.I.R.L, de propiedad de Reyner Díaz Pérez, quien actúa como testaferro. Descargos de la autoridad cuestionada El 28 de marzo de 2016, el alcalde Gaspar Alvarado Julca presentó sus descargos (fojas 18 a 25) en atención a lo siguiente: a) Conforme a la documentación que la Municipalidad Distrital de San José del Alto ha brindado a Lederson Flores Chuquihuanga, se ha establecido que la entidad municipal contrató con la Constructora & Servicios Díaz Pérez E.I.R.L., representada por Reyner Díaz Pérez; no obstante, se rechaza que actúe como interpósita persona con quien el alcalde tendría un interés propio o directo. b) De la copia literal de la Partida Nº 11044264, del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Jaén, se advierte que el alcalde no es titular, gerente, socio, accionista de la Constructora & Servicios Díaz Pérez E.I.R.L., por lo que no existe vinculación entre ambos. c) Edita Dávila Casas no es cónyuge ni conviviente del alcalde. d) Respecto a las direcciones declaradas, conforme la copia literal de la Partida Nº 11044264 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Jaén, la Constructora & Servicios Díaz Pérez E.I.R.L., al constituirse el 16 de febrero de 2015, fijó su domicilio fiscal en calle Los Acerillos Nº 205, sector Los Sauces, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, siendo esta "la dirección señalada por Edita Dávila Casas el 1 de setiembre de 2014". No obstante, esta coincidencia de direcciones no vinculan al suscrito. e) Respecto a la empresa SEMCONT S.A.C., de Heyner Núñez Guerrero, tampoco existe razón objetiva que lo vincule. El pronunciamiento del Concejo Distrital de San José del Alto En sesión extraordinaria, del 25 de abril de 2016, el Concejo Distrital de San José del Alto rechazó, por unanimidad, la solicitud de vacancia presentada por Lederson Flores Chuquihuanga (fojas 2 a 4 y vuelta). El recurso de apelación interpuesto por el solicitante de la vacancia El 18 de mayo de 2016, el solicitante interpuso recurso de apelación contra la decisión del Concejo Distrital de

Confirman el Acuerdo de Concejo que rechazó la solicitud de vacancia contra alcalde de la Municipalidad Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca
RESOLUCIÓN Nº 1202-2016-JNE Expediente Nº J-2016-00846-A01 SAN JOSÉ DEL ALTO - JAÉN - CAJAMARCA RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecisiete de octubre de dos mil dieciséis VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación que Lederson Flores Chuquihuanga interpuso en contra del acuerdo de concejo de sesión extraordinaria, del 25 de abril de 2016, que rechazó su solicitud de vacancia contra Gaspar Alvarado Julca, alcalde de la Municipalidad Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oído el informe oral. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia El 29 de febrero de 2016, Lederson Flores Chuquihuanca presentó una solicitud de declaratoria de vacancia contra Gaspar Alvarado Julca, alcalde de la Municipalidad Distrital de San José del Alto, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), bajo los siguientes argumentos: - Mediante consulta virtual al portal de proveedores del OSCE, se advirtió que la empresa Constructora & Servicios

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