Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2016 (07/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

600976

NORMAS LEGALES
MODALIDAD BANDA

Viernes 7 de octubre de 2016 /
LOCALIDAD DEPARTAMENTO

El Peruano

establecidos en el mismo, por lo que no corresponde lo solicitado por la recurrente; Que, por consiguiente, siendo que el recurso de reconsideración interpuesto no ha desvirtuado los fundamentos de la Resolución Ministerial N° 5592016-MTC/01.03, resulta infundado el acotado recurso interpuesto por la empresa NIKELA TELECOM S.A.C.; Que, con lo que se resuelva en el recurso de reconsideración interpuesto queda agotada la vía administrativa, conforme a lo dispuesto en el numeral 218.2 del artículo 218 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; De conformidad con la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar infundado el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa NIKELA TELECOM S.A.C., contra la Resolución Ministerial N° 559-2016-MTC/01.03, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución; quedando agotada la vía administrativa. Regístrese y comuníquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1438464-1

SOLICITUDES FRECUENCIAS ADMITIDAS DISPONIBLES

Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora Radiodifusión por Televisión

FM

Socos AnguiaChiguiripConchánTacabamba CusipataQuiquijana Cascas

Ayacucho

5

4

FM

Cajamarca

8

1

FM VHF

Cusco La Libertad

2 5

1 4

De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021 -2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en las bandas y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante Concurso Público:
MODALIDAD Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora Radiodifusión por Televisión BANDA FM FM FM FM FM VHF LOCALIDAD Monzón Lucma-OyaraPaltaybambaPucyuraVilcabamba Socos Anguia-ChiguiripConchánTacabamba CusipataQuíquijana Cascas DEPARTAMENTO Huánuco Cusco Ayacucho Cajamarca Cusco La Libertad

Declaran que mediante concurso público se otorgarán autorizaciones para prestación del servicio de radiodifusión en determinadas bandas y localidades de los departamentos de Huánuco, Cusco, Ayacucho, Cajamarca y La Libertad
RESOLUCIÓN DIRECTORAL R.D. Nº 1583-2016-MTC/28 Lima, 23 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, concordado con el artículo 40 de su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, y sus modificatorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante Concurso Público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que configurada la situación prevista en el artículo 40 del mismo cuerpo legal, se expedirá la Resolución Directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Informe N° 2739-2016-MTC/28 se da cuenta que en las bandas y localidades que se detallan a continuación, e! número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión deberán otorgarse por Concurso Público; correspondiendo, además, expedir la resolución que así lo declare:
MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO SOLICITUDES FRECUENCIAS ADMITIDAS DISPONIBLES

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FERNANDO CASTELLANOS SÁNCHEZ Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1437559-1

Autorizan a la empresa Revisiones Técnicas del Perú S.A.C., como Centro de Inspección Técnica Vehicular tipo fijo ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 4473-2016-MTC/15 Lima, 20 de setiembre de 2016 VISTOS: La solicitud registrada mediante la Hoja de Ruta N° E-144478-2016, así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, presentados por la empresa REVISIONES TECNICAS DEL PERU S.A.C., a través de los cuales, solicita autorización para operar un Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV fijo en el distrito de San Juan de Miraflores; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, dispone que: "El Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector en materia de

Radiodifusión Sonora Radiodifusión Sonora

FM

Monzón Lucma-OyaraPaltaybambaPucyuraVilcabamba

Huánuco

3

2

FM

Cusco

5

4

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