Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2016 (07/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de octubre de 2016 /

El Peruano

tipo mixta, en el lugar ubicado en la Vía Auxiliar de la Av. Panamericana Sur a la altura del Km 11.300, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá presentar dentro del plazo máximo de ciento veinte días (120) días calendarios a contarse a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Directoral: el Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos, los cuales deberán ser emitidos por alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection AgenciesIFIA; con la finalidad de obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido la Dirección General de Transporte Terrestre, previa conformidad de los documentos presentados. Artículo 3.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la carta fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC; durante la vigencia de la autorización, antes del vencimiento de los plazos señalados en el siguiente cuadro:
Acto Primera renovación de carta fianza Segunda renovación de carta fianza Tercera renovación de carta fianza Cuarta renovación de carta fianza Quinta renovación de carta fianza Fecha máxima de presentación 30 de junio del 2017 30 de junio del 2018 30 de junio del 2019 30 de junio del 2020 30 de junio del 2021

Documentos Relación del equipamiento requerido por el artículo 34 del presente Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, acompañado con los documentos que sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Planos de Ubicación y Distribución del local del CITV, detallando sus instalaciones y diversas áreas que lo componen con su respectiva Memoria Descriptiva (...)

Fecha máxima de presentación Dentro del plazo de noventa (90) días calendario de otorgamiento la autorización. Dentro del plazo de treinta (30) días calendario de otorgada la autorización. Dentro del plazo de treinta (30) días calendario de otorgada la autorización. Dentro del plazo de noventa (90) días calendario de otorgada la autorización.

Contrato de arrendamiento del local del Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV suscrito por el representante legal.

Licencia de Funcionamiento y Certificado de Compatibilidad de Uso emitido por la Municipalidad correspondiente.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 7.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa REVISIONES TECNICAS DEL PERU S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Directora General Dirección General de Transporte Terrestre

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovación de la carta fianza antes de su vencimiento, se procederá conforme a lo establecido en el literal c), artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 4.- La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil contratada, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Fecha máxima de presentación 01 de julio del 2017 01 de julio del 2018 01 de julio del 2019 01 de julio del 2020 01 de julio del 2021

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"La entidad mantiene la facultad de requerir única y exclusivamente la subsanación de aquellos requisitos que no hayan sido subsanados por el administrado o cuya subsanación no resulte satisfactoria".

1437561-1

Acto Primera renovación o contratación de nueva póliza Segunda renovación o contratación de nueva póliza Tercera renovación o contratación de nueva póliza Cuarta renovación o contratación de nueva póliza Quinta renovación o contratación de nueva póliza

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aceptan renuncia de Directora de la Oficina de Administración del Talento Humano y dan por concluido el encargo de puesto de Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2016-VIVIENDA Lima, 5 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 257-2014-VIVIENDA, se designó a la señora María Patricia Verona Nepo, en el cargo de Directora de la Oficina de Administración del Talento Humano de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo al cual ha formulado renuncia, correspondiendo aceptarla;

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el literal c) del artículo 45 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, referida a la caducidad de la autorización. Artículo 5.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 6.- La empresa REVISIONES TECNICAS DEL PERU S.A.C., debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:

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