Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2016 (14/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 14 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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Que, en atención a lo recomendado por la Oficina Defensorial de Ucayali mediante Acuerdo Nº 138-2016-COSO de Comisión Organizadora de sesión ordinaria de fecha 06 de septiembre de 2016, se acuerda por unanimidad: Exhortar al área legal y jefes de oficina PRIORIzAR la atención de las solicitudes de acceso a la Información Pública, considerando que existe un plazo de atención de siete 07) días hábiles, BAJO RESPONSABILIDAD, considerando que el incumplimiento de la Ley Nº 27806, es decir, la negativa de entrega de la información pública de información, genera dos tipos de responsabilidad en el funcionario o servidor público obligado: responsabilidad administrativa y responsabilidad penal. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 27250 de su Creación y Normas Conexas; y las Resoluciones Nº 228-2003-CONAFU, Resolución Viceministerial Nº 071-2015-MINEDU del Viceministerio de Gestión Pedagógica de fecha 03 de noviembre de 2015 y fe de erratas de fecha 07 de noviembre de 2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- EXHORTAR al área legal y jefes de oficina PRIORIzAR la atención de las solicitudes de acceso a la Información Pública, considerando que existe un plazo de atención de siete 07) días hábiles, BAJO RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y RESPONSABILIDAD PENAL. Artículo Segundo.- Designar al Jefe de Imagen Institucional, como funcionario responsable de brindar información pública en el marco de lo dispuesto en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- DISPONER que las áreas orgánicas de la Universidad, proporcionen al funcionario designado la información que solicite en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional. Adicionalmente la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible de la Universidad. (art.4º reglamento de la Ley). Artículo Quinto.- ENCARGAR a todas las Oficinas el cumplimento de la presente resolución, y a la Oficinas de Secretaria General la distribución de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICENTE M. CASTAÑEDA CHÁVEZ Presidente 1440380-1

académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes; Que, mediante Ley Nº 27250, de fecha 30 de diciembre de 1999, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, con sede en el distrito de yarinacocha, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 071-2015-MINEDU, del Viceministerio de Gestión Pedagógica, emitida el 03 de noviembre de 2015, y su fe de erratas, del 07 de noviembre de 2015, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, la cual se encuentra integrada por: Dr. Vicente Marino Castañeda Chávez ­ Presidente; Dr. Wilder Espíritu Valenzuela Andrade ­ Vicepresidente Académico y Dr. Gilberto Domínguez Torrejón ­ Vicepresidente de Investigación; Que, mediante documento de registro Nº 1805, presentado el 29 de setiembre de 2016, el presidente de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú (CONAP), solicita la participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía, en el intercambio de experiencias con tribus estadounidenses de Wisconsin, Madison y principales universidades interculturales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 374-2016-UNIA-CO-SE, la Comisión Organizadora, en sesión extraordinaria del 30 de setiembre de 2016, acordó por unanimidad aprobar la participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en el citado intercambio, estando la representación a cargo del presidente de la Comisión Organizadora; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, Ley Nº 27250 de su Creación y Normas Conexas; la Resolución Nº 228-2003-CONAFU, Resolución Viceministerial Nº 071-2015-MINEDU del Viceministerio de Gestión Pedagógica, de fecha 03 de noviembre de 2015, y su fe de erratas, expedida el 07 de noviembre de 2015; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la participación de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía en el intercambio de experiencias con tribus estadounidenses de Wisconsin, Madison y las principales universidades interculturales, a realizarse en EE.UU., del 17 al 24 de octubre de 2016; Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del Presidente de la Comisión Organizadora UNIA, Dr. Vicente Marino Castañeda Chávez, otorgándosele pasajes por vía aérea, en la ruta PucallpaLima-Pucallpa, y viáticos por cinco (05) días. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la oficina de Secretaría General la notificación y distribución de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICENTE M. CASTAÑEDA CHÁVEZ Presidente 1440978-1

Autorizan viaje del Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Amazonía a los EE.UU., en comisión de servicios
UNIvERSIdAd NACIONAL INTERCULTURAL dE LA AMAZONíA COMISIÓN ORGANIZAdORA RESOLUCIÓN Nº 307-2016-UNIA-CO yarinacocha, 10 de octubre de 2016 VISTOS: La solicitud del Presidente de la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú, signada con registro Nº 1805, del 29 de setiembre de 2016; el Acuerdo Nº 374-2016-UNIA-CO-SE, tomado por la Comisión Organizadora en sesión extraordinaria del 30 de setiembre de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno,

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Santiago Antunez de Mayolo a España, en comisión de servicios
UNIvERSIdAd NACIONAL "SANTIAGO ANTUNEZ dE MAYOLO" RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 770-2016-UNASAM Huaraz, 27 de setiembre de 2016 Visto, el Oficio Nº 228-2016-UNASAM- DGI/D, de fecha 23 de agosto de 2016, del Director General de Investigación de la UNASAM, mediante el cual solicita autorización de viaje y financiamiento a las ciudades de

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