Norma Legal Oficial del día 23 de octubre del año 2016 (23/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Domingo 23 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

602267

Asociación de Administradoras de Fondos de Pensiones A.G. de Chile (AAFP) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en el Seminario FIAP-AAFP "Inversiones en un Mundo de Bajas Rentabilidades", que se llevará a cabo el 27 de octubre de 2016 en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación Internacional de Organismos de Supervisión de Fondos de Pensiones (AIOS), su participación en las actividades convocadas por la citada Asociación le brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión de los sistemas de pensiones en la región; Que, el III Encuentro de Supervisores AIOS que, en esta oportunidad, se organiza para desarrollar como tema específico el Modelo de Supervisión Basado en Riesgos, contará con la participación de un consultor con vasta experiencia internacional, que promoverá la discusión con los técnicos de alto nivel de los países participantes, sobre aspectos como la identificación de riesgos, su evaluación, diseño de estrategias, análisis de estudios de casos, gobernabilidad, así como la metodología de evaluación de riesgos, medidas y efectos en la supervisión; Que, el Seminario FIAP-AAFP "Inversiones en un Mundo de Bajas Rentabilidades" tiene como objetivo fomentar la discusión sobre los desafíos que enfrentan los sistemas de pensiones desde el punto de vista de las inversiones, aportando la visión técnica de distintos especialistas a nivel mundial y latinoamericano, con el fin de analizar propuestas que contribuyan a mejorar las rentabilidades de largo plazo de los recursos previsionales y las pensiones; Que, el señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, ha sido invitado a participar como expositor en el módulo "Hacia un Nuevo y Mejorado Esquema Regulatorio de Inversiones: La Visión del Regulador" del Seminario FIAP-AAFP; Que, en atención a las invitaciones cursadas, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que participe en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en los eventos indicados, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 5474-2016, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19 sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto

en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Jorge Dámaso Mogrovejo González, Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones de la SBS, del 24 al 29 de octubre de 2016 a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ 282,00 US$ 1 480,00

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1444764-1

COMISION AD HOC - LEY N° 29625
Aprueban Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios - Octavo Grupo de Pago
Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios ­ Octavo Grupo de Pago COMISIÓN AD HOC CREADA POR LA LEY Nº 29625 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1111-2016/CAH-LEY Nº 29625 Lima, 20 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi), creado por Decreto Ley Nº 22591 del 30 de junio de 1979, tuvo por finalidad satisfacer en forma progresiva la necesidad de vivienda de los trabajadores en función de sus ingresos, a través de la construcción de viviendas (para su venta o alquiler) y el otorgamiento de créditos con fines de vivienda. Dicho Decreto Ley y sus modificatorias rigieron desde el 1 de julio de 1979 hasta el 31 de agosto de 1998; Que, con fecha 08 de diciembre de 2010 se publicó la Ley Nº 29625 "Ley de Devolución de Dinero del FONAVI a los Trabajadores que Contribuyeron al mismo", el cual, entre otros, conforma una Comisión Ad Hoc integrada por dos representantes del Ministerio de Economía y Finanzas MEF, dos representantes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT, dos representantes de la Oficina de Normalización Previsional - ONP y tres representantes de la Asociación Nacional de Fonavistas de los Pueblos del Perú ­ ANFPP; Que, por mandato de la Ley Nº 29625, la Comisión Ad Hoc está encargada del proceso de Liquidación de

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