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74 NORMAS LEGALES Viernes 7 de abril de 2017 / El Peruano Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en la Resolución SBS N° 1797-2011 y en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modi fi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción del señor Víctor Godofredo Curi Robles, con matrícula número N-4322, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3,- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1505727-1 Autorizan a HDI Seguros S.A. el traslado de oficina principal ubicada en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 1256-2017 Lima, 24 de marzo de 2017EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por HDI SEGUROS S.A., para que se le autorice el traslado de la O fi cina Principal ubicada en Avenida Manuel Olguín N° 335, O fi cina # 1006, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; a Calle Coronel Andrés Reyes N° 420, O fi cina # 601-A, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución SBS N° 394-2014 del 22 de enero de 2014, se autorizó el funcionamiento de ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, en cuyo marco de evaluación se consideró como ubicación de su o fi cina principal, la Avenida Manuel Olguín N° 335, O fi cina # 1006, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS N° 2748-2015 del 21 de mayo de 2015, se autorizó la modi fi cación de la denominación social de ASEGURADORA MAGALLANES PERÚ S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, sustituyéndola por HDI SEGUROS S.A ; Que, en aplicación del artículo 3º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015 y el procedimiento 12 del TUPA, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la O fi cina Principal la que, tras la evaluación realizada, se ha encontrado conforme; Contando con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Seguros “B” y del Departamento Legal; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modi fi catorias, la Resolución SBS N° 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS N° 5829-2014 de fecha 05 de setiembre de 2014; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar a HDI SEGUROS S.A., el traslado de la O fi cina Principal ubicada en la Avenida Manuel Olguín N° 335, O fi cina # 1006, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; a la Calle Coronel Andrés Reyes N° 420, O fi cina # 601-A, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1505676-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional de Huancavelica para el Ejercicio Presupuestal 2017 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 157-2016-GOB.REG.-HVCA/CR Huancavelica, 29 de Diciembre de 2016.VISTO:El acta del Consejo Regional de Huancavelica de Sesión Ordinaria celebrada el 29 de Diciembre del año 2016, con el voto unánime de sus integrantes; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme al Artículo 191° de la Constitución Política modi fi cado por Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capitulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el Artículo 31° de la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización y con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 – Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, mediante Ley N° 30518, se ha aprobado el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, que comprende las transferencias de recursos para el Gobierno Regional de Huancavelica, por lo que el objetivo del presente Acuerdo Regional es aprobar el Presupuesto Institucional de Apertura del Gobierno Regional de Huancavelica, para el Ejercicio Presupuestal 2017; a nivel de Ingresos por Partidas, Egresos por Unidades Ejecutoras y la Estructura Funcional Programática, conforme a los Anexos, en beneplácito al Inciso b) del