Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2017 (12/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de abril de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
Prorrogan fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 011-2017/MDSMP San Martín de Porres, 10 de abril de 2017 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El Oficio Nº 145-2017-J/SAT SMP de la Jefatura del SAT SMP, el Informe Nº 010-2017-OAJ/SAT-SMP de la Oficina de Asesoría Jurídica del SAT SMP, Informe Nº 023-2017-GO/SAT SMP de la Gerencia de Operaciones del SAT SMP, Informe Nº 039-2017-DSC/GO/SAT SMP del Jefe Departamento de Servicio al Contribuyente del SAT SMP; y, CONSIDERANDO:

participen del sorteo, todas aquellas personas que hayan cumplido con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio corriente hasta el 31 de mayo del 2017. Asimismo, se amplía hasta dicha fecha la entrega y depósito de cupones. Regístrese, publíquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1508475-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban el Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora para el distrito de Villa El Salvador del ejercicio fiscal 2017
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2017-ALC/MVES Villa El Salvador, 31 de marzo del 2017

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680, Nº 28607, y Nº 30305, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos propios de su competencia, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 427-MDSMP publicada el 04 de febrero de 2017, se aprobó el Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano, el cual tiene por finalidad reconocer y premiar el pago oportuno del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del ejercicio 2017, estableciéndose en su artículo 1º como fecha de realización del sorteo el día 14 de Abril de 2017; Que, mediante Informe Nº 023-2017-GO/SAT SMP e Informe Nº 039-2017-DSC-GO/SAT SMP, la Gerencia de Operaciones y el Departamento de Servicios al Contribuyente proponen prorrogar la fecha del sorteo antes indicado para el 17 de junio del presente año y ampliar lo dispuesto en el artículo 2º de la Ordenanza 427-MDSMP, a efectos que participen del sorteo, todas aquellas personas que hayan cumplido con el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio corriente hasta el 31 de mayo del 2017, para incentivar a los vecinos que cumplan con sus obligaciones tributarias de manera puntual; Que, mediante Oficio Nº 145-2017-J/SAT SMP la Jefatura del SAT SMP señala que a fin de incentivar dicho cumplimiento y teniendo en cuenta la gran acogida de los contribuyentes, se considera necesario otorgar un tratamiento especial para los vecinos que aún vienen cumpliendo con sus obligaciones tributarias, por lo que se propone que mediante Decreto de Alcaldía se prorrogue la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano para el 17 de junio del presente año; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica del SAT SMP mediante Informe Nº 010-2017-OAJ/SA SMP, señala que se cumple con los requisitos de orden legal que hacen factible prorrogar la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6º) del artículo 20º, artículo 39º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, emite el siguiente: DECRETO: Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de realización del Sorteo al Vecino Puntual Sanmartiniano al 17 de junio de 2017; Artículo Segundo.- AMPLIAR lo dispuesto en el artículo 2º de la Ordenanza 427-MDSMP, a efectos que

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR VISTO, el Proveído Nº 148-2017-GM/MVES de la Gerencia Municipal, Informe Nº 150-2017OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 017-2017-GSMGA/MVES y Memorando Nº 0164-2017-GSMGA/MVES de la Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, Informe Nº 040-2017-LNAR-GSMGA/MVES de la Especialista Ambiental de Gerencia de Servicios Municipales y Gestión Ambiental, Informe Nº 50-2017-SGAVIEA-GSMGA/ MVES de la Subgerencia de Áreas Verdes e Información y Evaluación Ambiental, Informe Nº 020-2017-CJCSSGAVIEA-GSMGA/MVES de la Asistente Técnico Ambiental, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú modificada por el Artículo Único de la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo la Alcaldía como órgano ejecutivo de la Municipalidad, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal" debiendo ser publicados para su cumplimiento conforme a lo señalado en el Artículo 44º de la norma antes citada; Que, son funciones específicas exclusivas de las municipalidades distritales, entre otras, Fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente, conforme al numeral 3.4 del inciso 3 del Artículo 80º de la Ley Orgánica de Municipalidades, norma concordante con lo establecido en el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM, que aprueba el Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, y que añade al Ministerio de Salud como el sector que establece los lineamientos para la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ambiente local;

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