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59 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de abril de 2017 El Peruano / urbanas consolidadas, que cuente con edi fi caciones destinadas a viviendas y demás complementarias a dicho uso. Sobre el particular resulta pertinente precisar que en el artículo 40-B del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, reglamento de Licencia de Habilitaciones Urbanas y Edi fi caciones, establece que la Habilitación Urbana de O fi cio, también puede ser otorgado a otro tipo de zoni fi cación como la Industrial, por lo cual opina por que se declare procedente la Habilitación Urbana de O fi cio sub materia; Que, habiéndose verificado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidos en el Artículo 24A de la Ley Nº 29898 (Ley que modifica la Ley Nº 29090) y el Artículo 3º de la Ordenanza Nº 204-MDPP, es procedente aprobar la Habilitación Urbana de Oficio de Lote Único para el Predio ubicado en Lote 6 y 7 de la Manzana L, Fundo Lotización Las Vegas, ubicado en el Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima; que dicho predio se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 11569161 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Lima de la SUNARP, así como resulta procedente aprobar el Plano Perimétrico PP-044-2016-SGCSPU-GDU-MDPP y el Plano de Trazado y Lotización PTL-045-2016-SGCSPU-GDU-MDPP y sus respectivas memorias descriptivas que se adjuntan a la presente resolución; Que, por lo expuesto, y conforme a las facultades conferidas en la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edi fi caciones, el numeral 6 del Artículo 20º y el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 204-MDPP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar aprobada de O fi cio la Habilitación Urbana de Lote Único, del Predio con un área de 22,665.00m2, denominado Lote 6 y 7 de la Manzana L, Fundo Lotización Las Vegas, ubicado en el Distrito de Puente Piedra, Provincia y Departamento de Lima; que dicho predio se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 11569161 del Registro de Propiedad Inmueble de la O fi cina Registral de Lima de la SUNARP, de conformidad con el Plano Perimétrico PP-044-2017-SGCSPU-GDU-MDPP y el Plano de Trazado y Lotización PTL-045-2017-SGCSPU-GDU-MDPP y sus respectivas memorias descriptivas, que se aprueban con la presente Resolución. Artículo Segundo.- Aprobar el Cuadro General de Áreas del Lote 6 y 7 de la Manzana L, Fundo Lotización Las Vegas, conforme al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS USO ÁREA (m2) % PARCIAL % GENERAL ÁREA ÚTIL 22,665.00 100.00 ÁREA DE CIRCULACION Y VÍAS 0.00 0.00 ÁREA TOTAL 22,665.00 100.00 % Artículo Tercero.- Disponer la inscripción registral de la presente Habilitación Urbana de O fi cio de Lote Único, denominada Lote 6 y 7 de la Manzana L, Fundo Lotización las Vegas. Previo cambio de uso de rústico a urbano del lote que la conforma, de acuerdo con el Plano de Trazado y Lotización PTL-045-2016-SGCSPU-GDU-MDPP y Memoria Descriptiva, que forman parte de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaría General realizar la publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1507590-1MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Modifican la Tabla de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza N° 283-MDR ORDENANZA Nº 501-MDR EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RIMACPOR CUANTO: El Concejo Municipal del Rímac, en Sesión Ordinaria de fecha 03 de abril de 2017; y, CONSIDERANDO:Que, los gobiernos locales poseen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, según lo consagrado en el art. 194 de la Constitución; Que, el inciso a) del numeral 18.1 del art. 18 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que es competencia de las municipalidades distritales la regulación del servicio de transporte menor de mototaxis y similares; Que, según el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 055-2010-MTC, Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados o No Motorizados, establece que la competencia de las Municipalidades Distritales comprende las facultades normativas, fi scalizadoras y de gestión; Que, mediante Informe Nº 019-2017-GFA-MDR de fecha 27 de marzo de 2017, la Gerencia de Fiscalización Administrativa remite el proyecto de Ordenanza que modi fi ca la Tabla de Infracciones y sacnioens de la Ordenanza Nº 283-MDR; Que, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto a través del Informe Nº 048-2017-GPP/MDR de fecha 29 de marzo de 2017 y la Gerencia de Asesoría Jurídica con el Informe Nº 154 -2017-GAJ-MDR de fecha 31 de marzo de 2017, han emitido sus opiniones favorables sobre el referido proyecto; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con el voto mayoritario y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA LA TABLA DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA ORDENANZA Nº 283-MDR Artículo Primero.- Modi fi car los numerales del 7.036 al 7.039 de la Tabla de Infracciones y Sanciones de la Ordenanza Nº 283-MDR, el cual quedará con el siguiente texto: SANCIONES A LAS PERSONAS JURIDICAS Y CONDUCTORES DE VEHICULOS NO AUTORIZADOS COD. INFRACCIONCALIFI- CACIÓNMONTO (UIT Vigente al momento de la Infracción)SITUACIÓN VEHICULAR 7.036Prestar el servicio sin estar afi liado a una persona jurídicaMUY GRAVE25.00 % DMV 7.037Por la reincidencia de la infracción 7.036MUY GRAVE50.00 % DMV 7.038Por prestar servicio a fi liado a una persona jurídica que no cuenta con permiso de operaciónMUY GRAVE25.00 % DMV 7.039Por reincidencia de la infraccion 7.038MUY GRAVE50.00 % DMV Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización Administrativa, Gerencia de Rentas y