Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2017 (12/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de abril de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE ATE
Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal electrónico institucional
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 0206 Ate, 27 de marzo del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley antes glosada; la Resolución de Alcaldía Nº 0161 de fecha 08.03.2017; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica y en cumplimiento de este, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, se aprueba su Reglamento; Que, conforme lo establece al artículo 5º de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica, las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente, de acuerdo a su presupuesto, la difusión a través de Internet de la siguiente información: 1. Datos generales de la entidad de la Administración Pública que incluyan principalmente las disposiciones y comunicados emitidos, su organización, organigrama, procedimientos, el marco legal al que está sujeta y el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, que la regula, si corresponde. 2. La información presupuestal que incluya datos sobre los presupuestos ejecutados, proyectos de inversión, partidas salariales y los beneficios de los altos funcionarios y el personal en general, así como sus remuneraciones. 3. Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen. La publicación incluirá el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos. 4. Actividades oficiales que desarrollarán o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiéndose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente. 5. La información adicional que la entidad considere pertinente. Lo dispuesto en este artículo no exceptúa de la obligación a la que se refiere el Título IV de esta Ley relativo a la publicación de la información sobre las finanzas públicas. Asimismo, la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet. Que, conforme lo establece el artículo 4º del reglamento de la citada Ley, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, la designación del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal, se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0161 de fecha 08.03.2017, se designó a partir de la fecha al Ing. de Sistemas Richard Enrique Iparraguirre la Puente, en las funciones del cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Municipalidad Distrital de Ate;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL Artículo 20º DE LA LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972; RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR; a partir de la fecha al Ing. de Sistemas RICHARD ENRIQUE IPARRAGUIRRE LA PUENTE, Gerente de la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Municipalidad Distrital de Ate; como el funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal electrónico institucional, en virtud a lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; y en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- La presente Resolución de Alcaldía tendrá eficacia anticipada al 08 de marzo del 2017. Artículo 3º.- DISPONER; que los funcionarios y servidores de la Corporación Municipal, proporcionen la información y documentación que solicite el responsable de la elaboración y actualización del portal electrónico institucional, en virtud de la normativa mencionada, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- DEJAR SIN EFECTO, toda norma que se oponga a la presente Resolución. Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolución, al funcionario designado y a todas unidades orgánicas que conforman esta Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1508552-2

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA
Ratifican el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2017
ORDENANZA Nº 243-MDL Chosica, 27 de marzo de 2017 POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE LURIGANCHO ­ CHOSICA, en Sesión de la fecha, y VISTO: El Dictamen Nº 001-2017/CSCDC, emitido por la Comisión Permanente de Regidores de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil del Concejo Municipal del Distrito de Lurigancho-Chosica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso e), del artículo 43º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, las municipalidades provinciales y distritales en materia de seguridad ciudadana cuentan con competencia compartida entre los tres niveles de gobierno; Que, el primer párrafo de los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización,

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