Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2017 (12/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 12 de abril de 2017 /

El Peruano

personal ­ CAP así como su modificatoria, el Decreto Supremo N° 105-2013-PCM"; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva Nº 002-2016-SERVIR/GDSRH, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE: Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del cuadro de puestos de la entidad CPE, estableciendo en el Anexo 4 numeral 1). Supuestos para la elaboración del CAP Provisional los únicos supuestos que habilitan a aprobar el Cuadro para la elaboración del CAP Provisional los únicos supuestos que habilitan a aprobar el cuadro para la asignación de Personal Provisional CAP son 1.2 Aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación prevista en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público. En este contexto de excepción, de igual manera estas entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal; Que, el Decreto Legislativo N° 1157, aprueba La Modernización de la gestión de la inversión pública en salud. En el artículo 4° señala "las iniciativas de expansión y sostenimiento de la oferta pública de servicios de salud, orientadas por el planeamiento multianual de la inversión pública de salud que se caracteriza por su enfoque territorial, multianual y basado en servicios de salud (...)"; y el artículo 5° señala que "las prioridades de expansión y sostenimiento de la oferta pública de servicios de salud, anual y multianual son definidas concertadamente entre otros prestadores y decisores de inversión en salud para todos los niveles de complejidad (...)"; Que, el Decreto Legislativo Nº 1153, regula la Política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado, en establecimientos de salud del Ministerio de Salud sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud del Ministerio de Salud y sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales en el marco de lo dispuesto en el literal 8.1 del artículo 8° de la Ley; Que, mediante la Ley N° 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, en su Septuagésima Sexta, Disposición Complementaria Final, dispone la creación entre otras de la Unidad Ejecutora Salud San Ignacio, en el Pliego Gobierno Regional de Cajamarca. Que, la Ley N° 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016; en su artículo 8° Medidas en materia de personal, numeral 8.1 Prohíbase el ingreso de personal en el Sector Público por servicios de personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes, inciso: "h) El nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud ­ CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153"; Que, a través del Decreto Supremo Nº 014-2014-SA, se aprueban los perfiles de los puestos y las condiciones para la asignación de las bonificaciones por puesto de responsabilidad jefatural del departamento o servicio en establecimientos de salud de II y III nivel de atención, en establecimientos de salud I-3, I-4, microredes o redes, y las condiciones para la entrega de la valorización priorizada por atención en servicios críticos, a los que se refiere el Decreto Legislativo Nº 1153; Que, con Resolución Ministerial Nº 136-2016-MINSA, se aprueba los lineamientos para la composición del 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, en el marco del nombramiento dispuesto en la Ley N° 30372 y el "Cronograma de Actividades para el Nombramiento 2016";

Que, mediante Ordenanza Regional N° 001-2015GR.CAJ-CR, de fecha 07 de abril del presente año se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Salud y de sus Órganos desconcentrados; Que, mediante Ordenanza Regional N° 008-2016GR.CAJ-CR, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P de la Dirección Sub Regional de Salud Jaén; Que, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes emanadas del ente rector en materia de gestión de recursos humanos -SERVIR- el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional, es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados en la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su ROF, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de transición del Sector Público al régimen del Servicio Civil previsto en la Ley Nº 30057; Que, mediante Dictamen N° 04-2017-GR.CAJCR/COAJ-COP, de fecha 14 de febrero del año 2017, elaborado por las Comisiones Ordinarias de Asuntos Jurídicos y Planeamiento se emite opinión favorable, respecto al Proyecto de Ordenanza Regional que aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP ­ P de la Red de Salud San Ignacio; proyecto remitido por el Gobernador Regional Sr. Hilario Porfirio Medina Vásquez, por los argumentos que se exponen en los considerandos precedentes; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión de fecha 01 de marzo del año 2017; y a las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783; Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053; Reglamento Interno del Consejo del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 007-2016-GR.CAJ-CR, por unanimidad el Pleno aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Primero.- APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal Provisional CAP - P de la Red de Salud San Ignacio, que consta de siete (07) folios. Los mismos que debidamente visados, forman parte de la presente Ordenanza Regional. Segundo.- DISPONER que la Dirección Regional de Salud Cajamarca distribuya y difunda el documento de gestión aprobado mediante la presente ordenanza regional. Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Administración a través de la Dirección de Personal, brinde el apoyo y asistencia técnica necesarios para la implementación de las acciones a que diere lugar. Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente ordenanza regional que aprueba el CAP Provisional CAP ­ P de la Red de Salud San Ignacio en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal Institucional y Portal del Estado Peruano, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 29091, ley que modifica el párrafo Nº 38.3 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como remitir vía electrónica el archivo digital al SERVIR y Ministerio de Salud, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la aprobación. Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. Sexto.- ENGARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano". Sétimo.- ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación la presente Ordenanza Regional, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca.gob.pe). Octavo.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano".

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