Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2017 (14/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano / Viernes 14 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Tercera.- Lo no regulado en la presente Ordenanza se regirá por el Reglamento Nacional de Edificaciones y las Ordenanzas específicas vigentes emitidas por la Municipalidad Distrital de Breña. 1508839-1

Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE (www. serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Sub Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión de la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA Alcalde 1508648-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Prorrogan fecha de realización del sorteo denominado "Actualiza Tus Datos"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2017-MDC/A Cieneguilla, 27 de marzo de 2017 VISTO: El Informe Nº 85-2017-MDC/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, de fecha 27 de marzo del 2017, a través del cual solicita la prórroga del sorteo denominado "ACTUALIZA TUS DATOS" organizado por la Municipalidad Distrital de Cieneguilla. CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 252-MDC se aprobó la realización del sorteo de premios denominado "ACTUALIZA TUS DATOS" con el objetivo de estimular a los contribuyentes para que cumplan con actualizar sus datos correctamente para contactarlos, premiación que consistirá en el sorteo de artefactos electrodoméstico, de acuerdo a las bases que forman parte de dicha Ordenanza. La fecha de dicho sorteo se programó para el 31 de marzo del año en curso. Que, el Artículo Segundo de la precitada Ordenanza Nº 252-MDC, faculta al Alcalde para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Que, con Informe Nº 85-2017-MDC/GATR la Gerente de Administración Tributaria y Rentas señala que debido a la situación de desastres naturales (lluvias y huaicos) que viene actualmente atravesando nuestro distrito, así como a nivel nacional, resulta necesario prorrogar la fecha del sorteo contemplado en la bases del Sorteo denominado "ACTUALIZA TUS DATOS". Que, conforme a lo indicado en el artículo 194º de la Constitución Política y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades anota que la alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local, siendo el Alcalde el representante legal de la Municipalidad y su máxima autoridad administrativa. Estando a lo expuesto y en atención a las facultades conferidas por los artículos 20º inciso 6) y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la fecha de realización del sorteo denominado "ACTUALIZA TUS DATOS", establecido en el artículo 8º de la Bases de dicho Sorteo aprobado por Ordenanza Nº 252-MDC, para el día 28 de ABRIL del 2017, a las 6.00 p.m., en la Plaza de Armas de Cieneguilla . Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y Subgerencia de Logística el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto; a Secretaría General disponga su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Crean el Consejo Local de Fomento Artesanal- COLOFAR
ORDENANZA Nº 457-CDLO Los Olivos, 16 de marzo de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 001-2017-CDLO/CBSDESMJ de la Comisión de Bienestar y Salud Desarrollo Económico, Social de la Mujer y Juventudes; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con Ley Nº 29073 se regula el régimen jurídico del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-MINCETUR de fecha 17 de marzo de 2010; Que, mediante El Documento Simple S-04089-2016 de fecha 23 de marzo de 2016 de la Asociación de Artesanos: "Artesanía Olivense para el Mundo", debidamente inscrito en la Partida Nº 13596348, con domicilio en la Urb. Los Rosales de Pro Mz. E lote 51 ­ Los Olivos, solicita la conformación del COLOFAR- CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL del Distrito de los Olivos, por la gran participación de asociaciones artesanales y artesanos que se encuentran presentes en el distrito generando empleo, identidad cultural y emprendimiento en sus trabajos; Que, con Informe Nº 007-2016-GDEPI/MDLO de fecha 07 de junio de 2016 la Gerencia de Desarrollo Económico y Promoción de la Inversión, opina por la procedencia de conformar el COLOFAR- Los Olivos; Que, con Informe Nº 078-2017-MDLO/GAJ de fecha 08 de marzo de 2017 la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente, en primera instancia, conformar el Consejo Local de Fomento Artesanal del Distrito de los Olivos ­ COLOFAR y facultar al titular de la entidad para que vía Decreto, emita el Reglamento del Consejo Local de Fomento Artesanal del distrito de los Olivos ­ COLOFAR. Estando a lo expuesto y en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 9º numerales 8) y 9), Artículo 10º numeral 1) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Pleno del Concejo Municipal, aprueba por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA Nº 457-2017/CDLO CRÉESE CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL- COLOFAR Artículo Primero.CREESE el CONSEJO LOCAL DE FOMENTO ARTESANAL DEL DISTRITO

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