Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2017 (14/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES ORGANISMOS AUTONOMOS

Viernes 14 de abril de 2017 /

El Peruano

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente signado con el Nº 650353, presentado por don JUAN CARLOS CCOYURI GONZALES, con Código Universitario Nº 950893, solicitando emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por motivo de rectificación administrativa de nombre; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas, la expedición de duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales, por motivos de pérdida, deterioro y mutilación; Que, la Institución regula el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos, mediante Directiva, aprobada por Resolución Nº CU- 224 -2006-UNSAAC de 09 de noviembre de 2006; Que, el administrado mediante expediente del Visto, solicita la emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Médico Cirujano, por motivo de rectificación administrativa de nombre, para cuyo efecto cumple con adjuntar a su petición: 1) Recibo de Caja por Derechos de Duplicado de Diploma; 2) Resolución Nº R-1874-2016-UNSAAC que autoriza la rectificación administrativa de su nombre; 3) Reporte del Registro Nacional de Grados Académico y Títulos Profesionales de la SUNEDU; 4) Copia certificada por el Secretario General de la UNSAAC, de la Resolución Rectoral por la que se le confiere el Título Profesional de Médico Cirujano; 5) Dos Fotografías; 6) Recibo de Caja por Derechos de Rotulado de Diploma y; 8) Fotocopia autenticada de su Documento Nacional de Identidad; Que, del Informe Nº 046-2016-GT expedido por el Equipo de Grados y Títulos de la Oficina de Secretaría General de la Institución, se colige que el recurrente optó al Título Profesional de Médico Cirujano, conforme obra en el Libro de Registro de Grados y Títulos Nº 11, encontrándose inscrito en el folio Nº 389, con Resolución Nº CU-0481-2003-GT de 07 de marzo de 2003; Que, la petición formulada por el administrado ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el día 09 de noviembre de 2016, siendo aprobada por unanimidad; Que, obra en autos el Oficio Nº 0888-2016-FCSUNSAAC, de 23 de noviembre de 2016, cursado por la Sra. Decana ( e) de la Facultad de Ciencias de la Salud, del que se desprende que el recurrente ha optado al Título Profesional de Médico Cirujano, sustentando la tesis intitulada: "Manejo Activo del Tercer Periodo del Parto: Misoprostol Sublingual versus oxitocina intramuscular en el Hospital Antonio Lorena, Setiembre 2002" en fecha 25 de febrero de 2003, obteniendo la calificación de aprobado con la nota de catorce (14) puntos, como aparece en el Libro de Actas de Sustentaciones de Tesis, tomo II, folios 179 y 180; Estando a lo referido, Ley 28626, a la Directiva para el otorgamiento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos emitidos por la UNSAAC, al acuerdo adoptado por el Consejo Universitario y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley y el Estatuto Universitarios; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR a la Oficina de Secretaría General de la Institución, proceda a la emisión de DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL DE MEDICO CIRUJANO, POR MOTIVO DE RECTIFICACION ADMINISTRATIVA DE NOMBRE, a favor de don JUAN CARLOS CCOYURI GONZALES, con Código Universitario Nº 950893, por las razones expuestas en la considerativa de la presente resolución. Segundo.- DEJAR ESTABLECIDO que el diploma a que se refiere el numeral primero de la presente, deberá consignar al margen izquierdo el sello de DUPLICADO. Tercero.- DISPONER que la Oficina de Secretaría General a través del Equipo de Grados y Títulos, remita a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, un ejemplar de la presente resolución para su registro respectivo.

BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje del Presidente del BCRP a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0015-2017-BCRP-N Lima, 7 de abril de 2017 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) participe en las próximas Reuniones Conjuntas del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM) y reuniones conexas, entre ellas la XLV Reunión de la Red Latinoamericana de Bancos Centrales y Ministerios de Finanzas del Banco Interamericano de Desarrollo. Asimismo, se ha invitado al Presidente del BCRP, señor Julio Velarde, a participar como expositor en el J.P. Morgan Investor Seminar y en el Reinventing Bretton Woods Committee, reuniones que se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, entre el 17 y el 23 de abril; El Perú es miembro del FMI y del BM y el BCRP representa al país para los fines establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales. El señor Julio Velarde Flores es Gobernador ante el FMI; Igualmente, se ha recibido la invitación de la Universidad de Columbia para que el presidente del BCRP participe como expositor en la 2nd Annual Central Banking Roundtable Conference, que se realizará en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el día 24 de abril; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y normas modificatorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 23 de marzo de 2017; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la misión en el exterior del presidente, señor Julio Velarde Flores, a las ciudades de Washington D.C. y Nueva York, Estados Unidos de América, del 17 al 24 de abril y el pago de los gastos, a fin de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 5 398,62 Viáticos US$ 3 080,00 TOTAL US$ 8 478,62 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1508822-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan emisión de duplicado de diploma de Título Profesional de Médico Cirujano otorgado por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCION Nº CU-0358-2016- UNSAAC/ Cusco, 7 de diciembre de 2016

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