Norma Legal Oficial del día 20 de abril del año 2017 (20/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Jueves 20 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 7563, modificada por la Ley Nº 25135, se creó la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho", que constituye la condecoración de mayor jerarquía castrense, a fin de reconocer a los peruanos y extranjeros por los actos o servicios excepcionales prestados a la Defensa Nacional en tiempo de paz o en tiempo de guerra; Que, el artículo 2 de la Ley antes citada, establece los grados de la condecoración, considerando entre ellos el de "Gran Cruz"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 016 DE/SG de fecha 12 de junio de 1990, se aprobó el Reglamento de la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho", el cual establece en el literal a. del numeral 8 que la mencionada condecoración se otorgará, entre otras causales, por Actos o Servicios excepcionales prestados a la Defensa Nacional en tiempo de paz o en tiempo de guerra; Que, asimismo, el literal a. del numeral 10 del Reglamento precitado, señala que la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho" en el grado de "Gran Cruz", se otorgará a quienes el Consejo de la Orden juzgue conveniente a propuesta de las autoridades a que se refiere el numeral 15 del Reglamento en mención; Que, en ese sentido, teniendo en consideración el marco legal vigente, el Consejo de la Orden en sesión de fecha 17 de abril del 2017, acordó otorgar la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho", en el Grado de "Gran Cruz" al Estandarte de la Operación Militar "Chavín de Huántar" del 22 de abril de 1997; Que, en consecuencia, el numeral 12 del Reglamento antes mencionado señala que la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho" será otorgada por Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa, en su calidad de Canciller de la Orden; De conformidad con lo previsto por la Ley N° 7563, que crea la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho", modificada por la Ley N° 25135 y el Reglamento de la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho", aprobado por Decreto Supremo N° 016 DE/SG, y; Estando a lo acordado por el Consejo de la Orden; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar la Condecoración "Orden Militar de Ayacucho" en el grado de "Gran Cruz" al Estandarte de la Operación Militar "Chavín de Huántar" del 22 de abril de 1997. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1510910-6

Armada de Chile, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que TRES (3) Oficiales Superiores participen en el "Western Pacific Naval Symposium (WPNS)-Workshop", a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 25 al 27 de abril de 2017; Que, con Carta V.200-183 de fecha 22 de febrero de 2017, el Comandante General de la Marina informa al Comandante en Jefe de la Armada de Chile, que la mencionada invitación ha sido aceptada, disponiendo la participación del Capitán de Navío Antonio Bautista VILDOSO Concha, del Capitán de Navío Jorge Raúl PORTOCARRERO Castillo y del Capitán de Fragata Oscar Arturo GARRIDO LECCA Hoyle, para que asistan al citado evento internacional; Que, de acuerdo con el documento Nº 055-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice en otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que este último irrogue gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Antonio Bautista VILDOSO Concha, CIP. 01801752, DNI. 09355035, del Capitán de Navío Jorge Raúl PORTOCARRERO Castillo, CIP. 00897759, DNI. 43810474 y del Capitán de Fragata Oscar Arturo GARRIDO LECCA Hoyle, CIP. 00887924, DNI. 07972073, para que participen en el "Western Pacific Naval Symposium (WPNS)-Workshop", a realizarse en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 25 al 27 de abril de 2017; así como, autorizar su salida del país el 24 y su retorno el 28 de abril de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima­Santiago (República de Chile)­Lima US$. 1,235.88 x 3 personas US$. 3,706.14 Viáticos: US$. 370.00 x 3 personas x 4 días US$. 4,440.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$. 8,146.14

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2017 DE/MGP Lima, 18 de abril de 2017 Vista, la Carta G.500-1540 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 29 de marzo de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C.J.A. Ord. Nº 3819/4431 de fecha 14 de noviembre de 2016, el Comandante en Jefe de la

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