Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2017 (15/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de agosto de 2017 /

El Peruano

Las tarifas ofertadas por el Inversionista Privado serán objeto de un ajuste tarifario en el mismo periodo en que son fijadas las tarifas en barra por OSINERGMIN, de acuerdo a como se encuentre establecido en el procedimiento vigente para la Fijación de Tarifas en Barra contenido en el Procedimiento Regulatorio de Generación y Transmisión Eléctrica publicado mediante Resolución OSINERMING Nº 080-2012-OS/CD (actualizada al 21 de diciembre del 2016) o la que la sustituya, siempre y cuando se verifique el cumplimiento de la siguiente condición de ajuste. TBL(i) -------TBL(p) Donde: Índice de Precios al Consumidor (Consumer Price Index) de los Estados Unidos de América de todos los consumidores urbanos (All Urban Consumers), publicado por el Departamento de Estadísticas Laborales (The Bureau of Labour Statistics). El ID de la serie CPI-All Urban Consumers es: CUSR0000SA0, o el que haga sus veces. Precio monómico en Barra Lima, publicado por Osinerming, el cual es igual a la siguiente expresión. TBL = F1 + F2 + F3 CPI(i) -------CPI(p)

contenido en el Procedimiento Regulatorio de Generación y Transmisión Eléctrica, aplicando la siguiente fórmula para cada central hidroeléctrica:

Donde:
Tarifa (ajustada): Monto en dólares americanos resultante de la aplicación de la expresión anterior, este no incluye el impuesto general a las ventas ni cualquier otro tributo aplicable. Tarifa (p): Monto en dólares americanos correspondiente a la tarifa, para cada central hidroeléctrica, que ofertó el Inversionista Privado para adjudicarse la buena pro del Proyecto. No incluye el impuesto general a las ventas ni cualquier otro tributo aplicable. Será el último día hábil del mes en que se firmó el Contrato. Será último día hábil del mes (posterior a la firma del Contrato) en que son fijadas las tarifas en barra por OSINERGMIN, de acuerdo a como se encuentre establecido en el procedimiento vigente para la Fijación de Tarifas en Barra contenido en el Procedimiento Regulatorio de Generación y Transmisión Eléctrica, publicado mediante Resolución OSINERMING Nº 080-2012-OS/CD (actualizada al 21 de diciembre del 2016) o la que la sustituya. Índice de Precios al Consumidor (Consumer Price Index) de los Estados Unidos de América de todos los consumidores urbanos (All Urban Consumers), publicado por el Departamento de Estadísticas Laborales (The Bureau of Labour Statistics). El ID de la serie CPI-All Urban Consumers es: CUSR0000SA0, o el que haga sus veces.

>

CPI:

p: i:

TBL:

F1 =

[

(PPM + PCSPT) ----------------------720 X FC

]

CPI:

X 100

F2 = ( PEMP + CPSEE ) x 0.1991 F3 = ( PEMF + CPSEE ) x 0.8009 Teniendo en consideración:
PPM : PEMP : Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generación, expresado en S//kW-mes. Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas de Punta para las Barras de Referencia de Generación, expresado en céntimos de S//kWh. Precio de la Energía a Nivel Generación en Horas Fuera de Punta para las Barras de Referencia de Generación, expresado en céntimos de S//kWh. Cargo de Peaje por Conexión Unitario, expresado en S// kWmes. Cargo de Peaje Secundario por Transmisión Equivalente en Energía, expresado en S//kW.h. Factor de carga equivalente a 0.797511, o el que actualice OSINERMING.

Por ningún motivo la Tarifa ajustada podrá ser menor que la tarifa vigente a la fecha de ajuste. En ese sentido, en el caso de que la aplicación de la fórmula de ajuste tarifario indujera a un tarifa menor a la tarifa vigente, no se aplicará el ajuste tarifario correspondiente. 3. Sobre la forma para determinar la retribución a favor del GR Arequipa por el bien suministrado El Proyecto para el desarrollo del componente hidroeléctrico del PEMS, tiene capacidad propia de generación de ingresos, por lo que no requiere cofinanciamiento y no demanda garantías financieras y no financieras por parte del Estado Peruano. En tal sentido, el Inversionista Privado financiará el desarrollo del proyecto a través de la generación y venta de la potencia y energía producida por las centrales hidroeléctricas. Adicionalmente, existirá la retribución que realice el Inversionista Privado a favor del Gobierno Regional de Arequipa, en contraprestación por el derecho de explotación no consuntiva de los caudales afianzados para fines hidroenergéticos. En ese sentido, la retribución que realizará el Inversionista Privado se encontrará sujeta al caudal turbinado de cada central hidroeléctrica que el Inversionista Privado tiene la obligación de construir. En consecuencia, la retribución económica que realice el Inversionista Privado a favor del Gobierno Regional de Arequipa, se encontrará dada de la siguiente manera para cada etapa del proyecto: - Para la Primera etapa: Operación comercial de la Primera Central Hidroeléctrica Una vez puesta en operación comercial la Primera Central Hidroeléctrica, el Inversionista Privado deberá pagar a favor del Gobierno Regional de Arequipa la tarifa ofertada por metro cúbico (para la Primera Central Hidroeléctrica). Adicionalmente, dado que la Primera Central Hidroeléctrica aprovechará como mínimo un salto de

PEMF : PCSPT : CPSEE : FC :

p:

Será el último día hábil del mes en que se firmó el Contrato. Será último día hábil del mes (posterior a la firma del Contrato) en que son fijadas las tarifas en barra por OSINERGMIN, de acuerdo a como se encuentre establecido en el procedimiento vigente para la Fijación de Tarifas en Barra contenido en el Procedimiento Regulatorio de Generación y Transmisión Eléctrica, publicado mediante Resolución OSINERMING Nº 080-2012-OS/CD (actualizada al 21 de diciembre del 2016) o la que la sustituya.

i:

En relación a lo anterior, si se verifica el cumplimiento de la condición de ajuste señalada anteriormente, corresponderá ajustar las tarifas ofertadas. Para este efecto, las tarifas ofertadas serán ajustadas en el mes en que son fijadas las tarifas en barra por OSINERGMIN, de acuerdo a como se encuentre establecido en el procedimiento vigente para la Fijación de Tarifas en Barra

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