Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2017 (06/12/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 6 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1353 se crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la Regulación de la Gestión de Interés, la misma que fuera reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 019-2017-JUS; Que, a través del Oficio CONIDA/JEINS/OFRAC N° 713-2017 del 16 de octubre de 2017, el Jefe Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA propone un nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de la citada Institución, la misma que se sustenta en los argumentos desarrollados en el Informe Técnico N° 004-2017-CONIDA/OFRAC, del 05 de octubre de 2017, elaborado por la Oficina de Racionalizacion; y, el Informe CONIDA/OFAJU N° 231-2017, del 06 de octubre de 2017, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica de la referida Institución; Que, mediante el Oficio N° 2633-2017-MINDEF/VRD/ DGPP/D/03, del 23 de octubre de 2017, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe N° 159-2017-MINDEF/VRD/DGPP/D/03, del 20 de octubre de 2017, a través del cual la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización emite opinión favorable; Que, estando a lo propuesto por la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA y con la opinión favorable de la Dirección de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Defensa y de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, en observancia de las disposiciones indicadas en los considerandos precedentes y de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 43.1 del artículo 43 del referido TUO de la Ley Nº 27444, resulta necesario aprobar el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial CONIDA; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 0062017-JUS. DECRETA: Artículo 1.- Aprobar del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - TUPA de CONIDA Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - TUPA de CONIDA, que como anexo adjunto forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Publicación Publíquese el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-PCSE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial (www.conida. gob.pe). Artículo 3.- Derogación del TUPA Derógase el Decreto Supremo N° 004-2012-DE que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA. Artículo 4.- Referendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Defensa.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1594537-3 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017 a favor del pliego Ministerio de Defensa
DECRETO SUPREMO Nº 357-2017-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por el artículo 18 de la Ley Nº 29792, que crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el citado Ministerio articula y coordina entre niveles de gobierno y con otros organismos del Poder Ejecutivo para la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como para la evaluación de su cumplimiento; Que, la Cuadragésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, declaró de interés público nacional, las intervenciones en el marco de la Estrategia de Acción Social con Sostenibilidad, dirigida al desarrollo y protección de los derechos de los pueblos indígenas con énfasis en la Amazonía; Que, conforme al artículo 3-A del Decreto Supremo N° 016-2013-VIVIENDA, que constituyó el Programa Nacional Tambos, el Programa Nacional "Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS" brinda sus servicios y realiza sus actividades mediante dos modalidades; modalidad fija, a través de las instalaciones denominadas TAMBOS, y modalidad móvil, fluvial y terrestre, a través de las Plataformas Itinerantes de Acción Social ­ PIAS; asimismo, el literal e) del artículo 4 del citado Decreto Supremo señala que las líneas de intervención del mencionado Programa Nacional se orientan, entre otros, a coordinar las intervenciones dirigidas al desarrollo y protección de las poblaciones rural y rural dispersa, a través de las Plataformas Itinerantes de Acción Social u otras; Que, mediante el literal a) del artículo 7 de la Ley N° 30680, Ley que aprueba medidas para dinamizar la ejecución del gasto público y establece otras disposiciones, se autoriza al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a realizar una modificación presupuestaria en el nivel institucional, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para financiar la ejecución del proyecto de inversión con código SNIP N° 313532 "Ampliación de los Servicios Públicos y Programas Sociales a través de la Plataforma Itinerante de Acción Social (PIAS) en la Cuenca del Río Yavarí, Distritos de Yavarí y Yaquerana, Provincias Mariscal Ramón Castilla y Requena, Departamento Loreto"; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Defensa y el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último; Que, asimismo, el último párrafo del indicado artículo señala que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social queda exceptuado de lo establecido en el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y del numeral

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