Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 169

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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tachas contra las organizaciones políticas en proceso de inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones y las sedes registrales. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1602582-4

MINISTERIO PUBLICO
Prorrogan vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorias, materia de las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 174-2016-MP-FN-JFS y N° 197-2015-MP-FN-JFS
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 187-2017-MP-FN-JFS Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTOS y CONSIDERANDO: La Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 174-2016-MP-FN-JFS, de fecha 29 de diciembre de 2016, mediante la cual se prorrogó del 01 de enero al 31 de diciembre de 2017, la vigencia de los despachos y plazas fiscales creadas con carácter transitorio, materia de las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 197-2015-MP-FN-JFS, N° 003-2015-MP-FN-JFS y N° 172-2013-MP-FN-JFS, de fechas 29 de diciembre de 2015, 09 de enero de 2015 y 26 de diciembre de 2013, respectivamente. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio de 2011, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2011, la vigencia de los despachos y plazas fiscales creadas con carácter transitorio materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 052-2010-MP-FN-JFS, de fecha 25 de junio de 2010 (comprende las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 065-2009-MP-FN-JFS, N° 082-2009-MP-FN-JFS, N° 084-2009-MP-FN-JFS, N° 086-2009-MP-FN-JFS y N° 009-2010-MP-FN-JFS, de fechas 21 de setiembre de 2009, 07 de octubre de 2009, 16 de octubre de 2009, 20 de octubre de 2009 y 29 de enero de 2010, respectivamente), Resoluciones N° 035-2010-MP-FN-JFS, N° 037-2010-MP-FN-JFS, N° 040-2010-MP-FN-JFS, N° 054-2010-MP-FN-JFS, N° 057-2010-MP-FN-JFS, N° 058-2010-MP-FN-JFS, N° 059-2010-MP-FN-JFS, N° 060-2010-MP-FN-JFS, N° 061-2010-MP-FN-JFS, N° 065-2010-MP-FN-JFS, N° 070-2010-MP-FN-JFS, N° 080-2010-MP-FN-JFS y N° 036-2011-MP-FN-JFS, de fechas 04 de mayo de 2010, 14 de mayo de 2010, 21 de mayo de 2010, 25 de junio de 2010, 09 de julio de 2010, 09 de julio de 2010, 09 de julio de 2010, 13 de julio de 2010, 13 de julio de 2010, 16 de agosto de 2010; 04 de octubre de 2010, 28 de octubre de 2010 y 10 de mayo de 2011, respectivamente.

Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 005-2012-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2012, se prorrogó por 60 días, contados a partir del 01 de enero de 2012, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 061-2011-MP-FN-JFS, de fecha 24 de junio de 2011. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 007-2012-MP-FN-JFS, de fecha 19 de enero de 2012, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2012, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 005-2012-MP-FN-JFS, de fecha 09 de enero de 2012. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 160-2012-MP-FN-JFS, de fecha 17 de diciembre de 2012, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2013, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 007-2012-MP-FN-JFS, de fecha 19 de enero de 2012. Mediante Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 145-MP-FN-JFS y N° 167-2013-MPFN-JFS, de fechas 20 de setiembre de 2013 y 07 de noviembre de 2013, respectivamente, se crearon la Primera y Segunda Fiscalía Superior Penal Transitoria de Villa María del Triunfo. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 172-2013-MP-FN-JFS, de fecha 24 de diciembre de 2013, se prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2014, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios materia de las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 160-2012-MP-FN-JFS, N° 145-2013-MPFN-JFS y N° 167-2013-MP-FN-JFS, de fechas 17 de diciembre de 2012, 20 de setiembre de 2013 y 07 de noviembre de 2013, respectivamente. Mediante Resolución de Fiscalía de la Nación N° 1678-2014-MP-FN, de fecha 07 de mayo de 2014, se desactivó la Fiscalía Superior Mixta Transitoria de Barranca del Distrito Fiscal de Huaura, asignándose las plazas creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 167-2013-MP-FN-JFS, de fecha 07 de noviembre de 2013 al Distrito Fiscal de Lima. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 115-2016-MP-FN-JFS, de fecha 31 de agosto de 2016, se creó en el Distrito Fiscal de La Libertad, una (01) plaza de Fiscal Superior con carácter transitorio, hasta el 31 de diciembre de 2016; la misma que ha sido solventada con la transferencia de los recursos económicos de una (01) plaza de Fiscal Provincial Transitoria asignada a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de La Libertad y con los saldos del presupuesto del año 2016 de la Unidad Ejecutora de La Libertad. Mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 125-2016-MP-FN-JFS, de fecha 23 de setiembre de 2016, se creó en el Distrito Fiscal de Lima Este, la Fiscalía Provincial Penal de La Molina ­ Cieneguilla, con carácter transitorio. Que, con oficio N° 2477-2017-MP-FN-GGOCPLAP/02, el Gerente Central de la Oficina Central de Planificación y Presupuesto del Ministerio Público informa que desde el punto de vista técnico presupuestal, el gasto que demanda la prórroga de los despachos y plazas de fiscales transitorios materia de la Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 174-2016-MP-FN-JFS, para el año 2018, tienen la naturaleza de gasto rígido continuo e ineludible, por lo tanto, están considerados en el Presupuesto que se autorice para el año fiscal 2018, de acuerdo al procedimiento presupuestario vigente. Que, debido a que subsiste la necesidad que motivó la creación de los despachos y plazas fiscales transitorias que se señalan en los párrafos precedentes, y estando a lo informado por la Gerencia Central de Planificación y Presupuesto, mediante, Acuerdo N° 4892, la Junta de Fiscales Supremos, en Sesión Extraordinaria de fecha 18 de diciembre de 2017, previo debate y deliberación, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, prorrogar a partir del 01 de enero al 31 de diciembre de 2018, la vigencia de los despachos y plazas fiscales transitorios, materia de las Resoluciones de Junta de Fiscales Supremos N° 174-2016-MP-FN-JFS y N° 197-2015-MP-FN-JFS, de fechas 29 de diciembre de 2016 y 29 de diciembre de 2015, respectivamente.

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