Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 177

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Autorizan la ampliación de la gratuidad en procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del DNI para personas con urgencias médicas, procedimientos de renovación y duplicado del DNI para personas menores y mayores de edad residentes y en situación de vulnerabilidad
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 182-2017/JNAC/RENIEC Lima, 29 de diciembre de 2017 VISTOS: La Hoja de Elevación Nº 000313-2017/ GRIAS/RENIEC (10NOV2017) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Informe N° 000041-2017/GRIAS/SGFI/RENIEC (10NOV2017) de la Sub Gerencia de Fomento de la Identidad de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; el Memorando N° 000929-2017/GG/RENIEC (11DIC2017) de la Gerencia General; la Hoja de Elevación N° 0003522017/GPP/RENIEC (27DIC2017) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000168-2017/ GPP/SGPL/RENIEC (26DIC2017) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 004713-2017/GPP/SGP/ RENIEC (27DIC2017), de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe Nº 000433-2017/GAJ/SGAJR/RENIEC (29DIC2017), de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación Nº 000713-2017/GAJ/RENIEC (29DIC2016), de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad; Que el derecho a la identidad consagrado por la Constitución Política del Estado como un derecho fundamental de las personas, implica el reconocimiento de la personalidad jurídica del individuo, el derecho a tener un nombre y a ser designado por este, a estar inscritos en los registros correspondientes y a contar con los documentos de identificación que los individualice; Que en virtud a lo establecido en el artículo 204° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/ RENIEC (31MAY2016), la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social es el órgano de línea encargado de la prevención y atención del problema de la indocumentación a través de acciones operativas concretas que permitan hacer accesible el derecho al nombre y a la identidad de la población en situación de vulnerabilidad; considerando los enfoques de derecho, género e interculturalidad; teniendo asimismo a su cargo la formulación y ejecución de los planes institucionales contra la indocumentación; Que mediante Resolución Jefatural 183-2016/JNAC/ RENIEC (30DIC2016), se dispuso aprobar la gratuidad en los procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del DNI para las personas con urgencias médicas (quienes se encuentran hospitalizadas, requieran de intervención quirúrgica o necesiten afiliarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose personas menores y mayores de edad, derivadas por instituciones del Estado, iglesias u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada; así como la renovación y duplicado para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales, o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la

sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada, a partir del primer día hábil de enero hasta el 31 de diciembre de 2017; Que en virtud a ello, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social mediante los documentos de vistos, manifiesta que corresponde emitirse la Resolución Jefatural que disponga continuar con la gratuidad de los procedimientos registrales indicados en el considerando que antecede; Que asimismo, se disponga que la emisión del DNI se realice en 48 horas contadas a partir del ingreso a la línea de procesamiento hasta su expedición en los procedimientos descritos en el cuarto considerando de la presente resolución jefatural; Que atendiendo el antecedente inmediato de este beneficio, corresponde se autorice de manera excepcional la gratuidad en el cambio del lugar de entrega del documento nacional de identidad; Que el artículo 98° del Decreto Supremo N° 01598-PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, mediante los documentos de vistos, señala que la gratuidad a los procedimientos registrales y la consecuente expedición del DNI, propuesta por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser financiada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Institución para el año 2018, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 73-2016-JNAC/RENIEC (31MAY2016), y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la gratuidad, a nivel nacional en los procedimientos de inscripción, duplicado y renovación del Documento Nacional de Identidad para personas con urgencias médicas (quienes se encuentren hospitalizadas, requieran de intervenciones quirúrgicas o necesiten afiliarse al seguro para recibir tratamiento), comprendiéndose a personas menores y mayores de edad derivadas por instituciones del Estado, Iglesia u organizaciones de la sociedad civil, cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada, a partir del primer día hábil del mes de enero hasta el 31 de diciembre del 2018, según formato Anexo 01, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar la ampliación de la gratuidad, en procedimientos de renovación y duplicado del Documento Nacional de Identidad, tramitados a nivel nacional, para personas menores y mayores de edad que residan en el país y se encuentren en situación de vulnerabilidad y exclusión social como consecuencia de desastres naturales o siniestros que deterioren la calidad de vida de la persona, siempre que sean derivadas por instituciones del Estado, la Iglesia u organizaciones de la sociedad civil y cuya situación de urgencia o vulnerabilidad se encuentre debidamente justificada, a partir del primer día hábil de enero hasta el 31 de Diciembre del 2018, según formato Anexo 02, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

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