Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 160

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

sistema de control interno, lo que se infiere de los limitados avances en la materia, dado que, el índice global de Madurez de Control Interno ­ MCI se encuentra en un promedio de 26,84%, lo que representa un control interno intermedio, que a nivel de componentes muestra un control interno inicial en el componente evaluación de riesgos que requiere fortalecer, por lo que, para fines de asegurar las finalidades del proceso de implementación del sistema de control interno, se deben modificar los plazos establecidos, a efectos que puedan culminar dicho proceso en el marco de la gestión por procesos y por ende de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto lo establecido en el numeral 7.6 de la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD denominada "Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado" y, en consecuencia, establecer que rige para todos los efectos el plazo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, para las entidades de todos los niveles de gobierno: nacional, regional y local. Las disposiciones respecto a los plazos para cada una de las fases y etapas de implementación del sistema de control interno en las entidades de los diferentes niveles de gobierno, serán comunicadas por la Contraloría General de la República, respetando el plazo a que se hace referencia en el párrafo precedente. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el portal (www.contraloria.gob.pe) y en la intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 1602590-1

Estado reconoce la Autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución; Que, mediante Resolución N° 1065-2016-CU-UNH, defecha 03 de noviembre de 2016, se aprueba las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Universidad Nacional de Huancavelica, actualizado a setiembre 2016, que contiene requisitos, costos, plazos, documentos que consta en 84 folios anillado; Que, el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM, que aprueba el lineamiento para elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) que establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo y derogado con el Decreto Legislativo N° 1272 y que a la vez modifica la Ley N° 27444; Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado Peruano en proceso de modernización, con la finalidad de mejorar la gestión pública; en consecuencia, el proceso de modernización de la gestión del Estado y la mejora continua que se viene dando en los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad, al amparo del Decreto Supremo N° 064-2010PCM., se elaboró una nueva metodología de determinación de costos que permitirá acercarse con mayor precisión a las realidades de las entidades; Que, son atribuciones y ámbito funcional del Rector, expedir resoluciones y otras normas legales que faciliten la gestión universitaria, conforme prescribe el Numeral 7) del Artículo 143° del Estatuto-UNH; Que, el Rector, dispone al Secretario General-UNH, mediante Hoja de Trámite N° 8095 (23.10.2017), emisión de la presente resolución; En uso de las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego la Ley Universitaria N° 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral N° 008-2015-CEU-UNH, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, en próxima sesión; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los formatos de sustentación legal y técnica; asimismo el Texto Único de Servicios no exclusivos -TUSNE-UNH 2017 de la Universidad Nacional de Huancavelica, documentos en tres (03) anillados, forman parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- DEROGÚESE las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Artículo Tercero. - DISPONER, a la responsable de la Oficina de Imagen Institucional-UNH, la publicación en el Diario Oficial "El Peruano", dentro del plazo de ley, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a los Vicerrectorados Académico y de Investigación, 09 Facultades, Dirección General de Administración, Dirección de Planificación y Presupuesto, Oficina de Asesoría Legal y otras oficinas internas de la Universidad Nacional de Huancavelica, para su conocimiento y demás fines del caso. Regístrese, comuníquese y archívese. NICASIO VALENCIA MAMANI Rector ALEJANDRO RODRIGO QUILCA CASTRO Secretario General 1601962-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los formatos de sustentación legal y técnica; asimismo el Texto Único de Servicios no exclusivos -TUSNE-UNH 2017 de la Universidad Nacional de Huancavelica
UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 0999-2017-CU-UNH. Huancavelica, 23 de octubre de 2017 VISTOS: 03 expedientes anillados, con Registro de Documento N° 84210 y Registro Expediente N° 81741 y diversos documentos en ocho (08) folios, sobre aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y los formatos de sustentación legal y técnica; y el Texto Único de Servicios no exclusivos -TUSNE-UNH 2017 de la Universidad Nacional de Huancavelica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, Artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220; Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; el

Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle a Portugal, para realizar pasantía
UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION ENRIQUE GUZMÁN Y VALLE RESOLUCIÓN N° 3700-2017-R-UNE Chosica. 15 de diciembre del 2017

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