Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2017 (10/02/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 10 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

61

creación de nuevos procedimientos, ni incremento de derechos de tramitación o requisitos del procedimiento, de conformidad con el Artículo 36° numeral 3) de la Ley N° 24777, modificado por el Decreto Legislativo N° 1272; el cual debe ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, y en el portal institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco; Estando al Informe Nº 003-2017-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- MODIFICAR el Anexo del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de Santiago de Surco, aprobado con Ordenanza N° 555-MSS, en los procedimientos siguientes: 1. N° de Orden: 07.01.06: DEMOLICIÓN TOTAL:

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal de Servicio al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, www. serviciosalciudadano.gob.pe y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, www.munisurco. gob.pe, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Subgerencia de Licencias y Habilitación, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DICE: "10. Carta de Responsabilidad de Obra Firmada por Ingeniero Civil Colegiado". DEBE DECIR: "10. Carta de Seguridad de Obra firmada por Ingeniero Civil". 2. N° de Orden: 07.03.02: DEMOLICIONES TOTALES DE EDIFICACIONES (Con más de 5 o más pisos de altura, o aquellos que requieran el uso de explosivos)": DICE: "DEMOLICIONES TOTALES DE EDIFICACIONES (Con más de 5 o más pisos de altura, o aquellos que requieran el uso de explosivos)". DEBE DECIR: "DEMOLICIÓN DE EDIFICACIONES (Con más de 5 o más pisos de altura, o aquellos que requieran el uso de explosivos y aquellas no contempladas en la Modalidad A o B)". 3. N° de Orden 07.13: LICENCIA POR ETAPAS (Con proyecto integral conforme en todas las especialidades vigente por 10 años): DICE: "1.- Formulario Único de Edificaciones - FUE (por duplicado) debidamente suscrito". DEBE DECIR: "1.- Formulario Único de Edificaciones - FUE por triplicado y debidamente suscritos". 4. N° de Orden: 08.06.01: MODIFICACIÓN DE PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA MODALIDAD B: DICE: "1.- Anexo H del FUHU debidamente suscrito". DEBE DECIR: "1.- FUHU debidamente suscrito". DICE: "3.- Número del comprobante de pago por revisión de proyecto". DEBE DECIR: "3.- Número del comprobante de pago de la tasa municipal correspondiente a la verificación administrativa". 5. N° de Orden: 08.06.02: MODIFICACIÓN DE PROYECTO DE HABILITACIÓN URBANA MODALIDAD C y D CON COMISIÓN TÉCNICA: DICE: "1.- Anexo H del FUHU debidamente suscrito". DEBE DECIR: "1.- FUHU debidamente suscrito". DICE: "3.- Número del comprobante de pago de la tasa municipal correspondiente". DEBE DECIR: "3.- Número de comprobante de pago de la tasa municipal correspondiente a la verificación administrativa".

ROBERTO GÓMEZ BACA Alcalde 1483923-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ratifican Ordenanza que aprueba estructura de costos, procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de La Perla
ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2017 Callao, 25 de enero de 2017 El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, visto el Dictamen Nº 007-2017-MPC/CMPCSR-COAD de la Comisión de Administración, en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en el artículo 40 tercer párrafo señala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Que, la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 37 establece que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan su aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 0192014, la Municipalidad Provincial del Callao aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.