Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2017 (10/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de febrero de 2017 /

El Peruano

la identificación de estos predios que cumplan con las condiciones establecidas en la precitada Ordenanza; Que, de acuerdo a la Ley Nº 29898, Ley que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, se establece entre otros el procedimiento de Habilitación Urbana de Oficio, así como su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, donde se señala que la declaración de habilitación urbana de Oficio es un procedimiento administrativo mediante el cual las municipalidades declaren Habilitado de Oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas que cuente con edificaciones destinadas a vivienda y demás complementarias a dicho uso. Sobre el particular mediante informe legal N° 8832016-MDA/GAJ de fecha 31/08/2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que en el artículo 40-B del Decreto Supremo mencionado, se establece que la Habilitación Urbana de Oficio, también puede ser otorgado a otro tipo de habilitación como la industrial; Que, mediante Documento N° 68159-2016 de fecha 26.10.2016, la empresa Inversiones y Proyectos Virgen del Carmen S.A.C., solicita la Habilitación Urbana de Oficio del predio ubicado en la Calle Capitán Salvador Carmona Num. 210-212-214 Pasaje Sucre 119-129-139, con un área de 4,271.78 m2., adjuntando para tal fin copia de los siguientes documentos: i) Memoria Descriptiva; ii) Partida Registral del inmueble, Partida Registral de la Persona Jurídica de la empresa; iii) Recibo de Luz del Sur; iv) Recibo de Sedapal; v) Plano Catastral; y, vi) Plano de Localización; Que, mediante Informe N° 03-2017-MDA/GDUSGHUE-FCHV, el área técnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones señala que el predio en mención está calificado con la zonificación Gran Industria "I-3" de conformidad con la Ordenanza Nº 1099MML, cumpliendo el lote con área mínima reglamentaria. En cuanto al sistema vial, de acuerdo a la Ordenanza Nº 341-MML el mencionado inmueble no se encuentra afecto a las vías arteriales y colectoras, sino de las vías locales denominadas Av. La Mar con 24.15ml y la Calle Salvador Carmona con 16.20 ml, cumpliendo con el Planeamiento Integral aprobado por la Municipalidad Distrital de Ate. De otro lado, las habilitaciones urbanas de oficio no se encuentran sujetas a los aportes reglamentarios, de conformidad con el artículo 24º de la Ley N° 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, por consiguiente, el predio en mención cumple con los Planes de Desarrollo Urbano para ser habilitado de oficio; Que, el predio a habilitar urbano de oficio, se encuentra conformado por el lote único inscrito en la Partida Registral Nº11303717 del Registro de Predios de la Zona Registral Nº IX Sede Lima - SUNARP, correspondiente al terreno de 4,271.78m2., de la empresa INVERSIONES Y PROYECTOS VIRGEN DEL CARMEN SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - INVERSIONES VC S.A.C., ubicado en calle Capitán Salvador Carmona Núm. 210212-214, Pasaje Sucre 119-129-139, del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, estando calificados registralmente como Predio Rústico; sin embargo, el lote cuenta con edificaciones fijas, permanentes y consolidadas desde hace muchos años; contando con los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, energía eléctrica domiciliaria y pública; Que, mediante Informe N° 019-2017-MDA/GDUSGHUE, de fecha 10.01.2017, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, señala que se evaluó lo solicitado y estando de acuerdo al Informe del área técnica, y las normas legales antes glosadas, se concluye que el predio en mención cumple con las condiciones físicas para ser declarado Habilitado Urbano de Oficio, recalcando que de acuerdo al informe legal N° 883-2016-MDA/GAJ de fecha 31/08/2016, se señala que el artículo 40-B del Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, establece que la Habilitación Urbana de Oficio, también puede ser otorgado por la municipalidad a otro tipo de habilitación como la industrial; remitiendo el proyecto de Resolución y solicitando se prosiga con el trámite administrativo correspondiente; Que, mediante Memorándum N° 025-2017-MDA/GDU, de fecha 19.01.2017, la Gerencia de Desarrollo Urbano, refiere que habiendo tomado conocimiento del Informe

N° 019-2017-MDA/GDU-SGHUE, de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, mediante el cual se adjunta el informe del área técnica N° 03-2017-MDA/ GDU-SGHUE-FCHV, respecto de la Habilitación Urbana de Oficio del terreno de 4,271.78m2., de la empresa Inversiones y Proyectos Virgen del Carmen Sociedad Anónima Cerrada - Inversiones VC S.A.C., ubicado en calle Capitán Salvador Carmona Núm. 210-212-214, Pasaje Sucre 119-129-139, del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, considera factible la Habilitación Urbana de Oficio, solicitada; Que, mediante Informe Nº 067-2017-MDA/GAJ, de fecha 24.01.2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que de la revisión de los actuados y acorde al contenido del Informe N° 03-2017-MDA/GDU-SGHUE-FCHV del área técnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, así como el informe de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y Gerencia de Desarrollo Urbano, glosados anteriormente, se emita la Resolución de Alcaldía que declare procedente la Habilitación Urbana de Oficio, al amparo de lo establecido en la Ley N° 29090, modificada por la Ley 29898 ­ Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones y el Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA - Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación, y conforme a lo establecido en el artículo 4° de la Ordenanza N° 223-MDA (modificado por Ordenanza Nº 292-MDA); Que, mediante Informe N° 006-2017-MDA/GDU, de fecha 25.01.2017, la Gerencia de Desarrollo Urbano indica que estando a los informes técnicos-legales antes mencionados, y que el predio en mención estaría cumpliendo con las condiciones establecidas, considera procedente continuar y culminar el presente proceso, emitiendo la Resolución respectiva; Que, mediante Proveído Nº 130-2017-MDA/GM, de fecha 26.01.2017 , la Gerencia Municipal indica se proyecte la Resolución de Alcaldía correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA, Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL CONCEJO DISTRITAL DE ATE MEDIANTE EL ARTÍCULO 4º DE LA ORDENANZA Nº 223-MDA Y A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 20º, INCISO 6) DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES LEY Nº 27972; Y LA LEY Nº 29898, LEY QUE MODIFICA LA LEY Nº 29090 - LEY DE REGULACIÓN DE HABILITACIONES URBANAS Y DE EDIFICACIONES Y SU REGLAMENTO APROBADO MEDIANTE DECRETO SUPREMO N° 008-2013-VIVIENDA, QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE HABILITACIONES URBANAS DE OFICIO. RESUELVE: Artículo 1º.- DECLARAR HABILITADO URBANO DE OFICIO, el predio con un área de 4,271.78m2., de propiedad de la empresa INVERSIONES Y PROYECTOS VIRGEN DEL CARMEN SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA - INVERSIONES VC S.A.C., ubicado en calle Capitán Salvador Carmona Núm. 210-212-214, Pasaje Sucre 119-129-139, del Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima, el mismo que figura inscrito en la Partida N° 11303717 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX Sede Lima ­ SUNARP; encontrándose, calificado con la zonificación Gran Industria "I3"; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.APROBAR; el Plano Nº 007-2017-SGHUE-GDU/MDA, Plano de Ubicación, y su correspondiente Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolución, siendo la distribución del área del terreno cuya Habilitación Urbana de Oficio se aprueba, la siguiente: ÁREA BRUTA ÁREA NETA (ÚTIL) 4,271.78 m2. 4,271.78 m2.

Artículo 3º.- DETERMINAR; que como resultado de la Habilitación Urbana se obtiene un lote único de 4,271.78 m2., con zonificación Gran Industria "I3", cuyos linderos y medidas perimétricas se detallan en el Plano

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