Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2017 (22/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Miércoles 22 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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mismo, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del bien inmueble afectado y levante toda

carga o gravamen contenido en la partida registral que se menciona en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao - AATE, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución de encontrarse el inmueble desocupado o treinta (30) días hábiles si está ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE TASACIÓN DEL AREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA"PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO" SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO VALOR DE LA TASACIÓN (S/) AFECTACIÓN: Total del Inmueble

No.

SUJETO PASIVO

IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE

CÓDIGO:EL 16-168

AREA AFECTADA: 109.00 m2

1

GLADYS MARIA CAMPOS ÁVILA, NELLY CHIPANA MANSILLA, JORDAN ZENON MINISTERIO DE CAMPOS CHIPANA, PEDRO JUNIOR TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- CAMPOS CHIPANA, MARCO ELIAS AATE CAMPOS CHIPANA Y ANTUANE XIOMARA LIDIA CAMPOS CHIPANA

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA DISTANCIA WGS84 VERTICES LADO AFECTADA: (m) · Por el frente: Colinda con ESTE (X) NORTE (Y) el Pasaje Común Nº 438, con 5.00 ml. A A-B 5.30 280947.2054 8665868.6853 · Por la derecha: Colinda con Tienda Nº 438 A, con 21.20 ml. B B-C 21.20 280952.4301 8665867.7945 · Por la izquierda: Colinda con C C-D 5.00 280955.4884 8665846.6103 Tienda Nº 438 C, con 22.80 ml. · Por el fondo: Colinda con Propiedad de terceros, con D D-A 22.80 280950.5234 8665846.0192 1'008,806.27 5.30 ml.

PARTIDA REGISTRAL Nº 46384539 de la Oficina Registral de Lima - Zona Registral N° IX Sede Lima.

CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 01.12.2016 (Informe Técnico Nº 24740-2015-SUNARPZ.R. Nº IX/OC) expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima.

1488559-1

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