Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2017 (22/02/2017)


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NORMAS LEGALES
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Miércoles 22 de febrero de 2017 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el Artículo 92 de la citada Ley, establece que las autoridades del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, de preferencia abogado, y su designación se efectúa mediante resolución del Titular de la entidad; Que, el Artículo 94 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de una Secretaría Técnica que puede estar compuesta por uno o más servidores. Estos servidores, a su vez, pueden ser servidores civiles de la entidad y ejercer la función en adición a sus funciones regulares, siendo de preferencia abogados y son designados mediante resolución del Titular de la entidad; Que, el Artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, señala que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el Numeral 8.1 de la Directiva N° 02-2015-SERVIR/ GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2016-SERVIR-PE, dispone que la Secretaria Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario y está a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones que viene ejerciendo en la entidad o específicamente para dicho propósito; Que, según lo establecido en el Artículo 13 y en el Literal q) del Artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, el Secretario General es la máxima autoridad administrativa del CONCYTEC y tiene entre sus funciones, expedir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, asimismo, por Resolución de Presidencia Nº 208-2014-CONCYTEC-P, del 10 de diciembre del 2014, se aprobó la Directiva Nº 012-2014-CONCYTEC-OGA "Directiva del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador en el Pliego Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica", en cuyo acápite 4.8.4 del Numeral 4.8, se establece que el Secretario Técnico es designado por la Secretaría General del CONCYTEC, precisando además que puede desempeñar dichas labores en adición a las funciones que viene ejerciendo en la entidad o específicamente para dicho propósito; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 005-2017-CONCYTEC-SG, de fecha 02 de febrero del 2017, se designa a la señora María Elena Rosas Ballinas, Asesor para la Oficina General de Administración, como Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC, en adición a sus funciones; Que, a través del documento del visto la Oficina General de Administración comunica que la servidora María Elena Rosas Ballinas ha presentado renuncia al cargo que viene desempeñando en la Oficina General de Administración, la misma que ha sido aceptada, precisando que su vínculo laboral con el CONCYTEC concluirá el día 20 de febrero del 2017; Que, asimismo, la Oficina General de Administración, luego de la evaluación técnica correspondiente, propone la designación de la servidora Diana Lucila Ramos Medina, Asistente Legal en Regímenes de Incentivos en Ciencia, Tecnología e Innovación, para la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica del

NOTAS: ...................................................................... ...................................................................................... ...................................................... 1488243-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Designan Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 007-2017-CONCYTEC-SG Lima, 20 de febrero de 2017 VISTO: El Memorando N° 091-2017-CONCYTECOGA, de la Oficina General de Administración, y;

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