Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2017 (22/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Miércoles 22 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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CONCYTEC, como Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC; Que, en consecuencia, corresponde dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución de Secretaría General N° 005-2017-CONCYTEC-SG, y designar a la Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC; Con la visación de la Jefa de la Oficina General de Administración, y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM y la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/GPGSC "Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 101-2015-SERVIR-PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 092-2016-SERVIR-PE, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora María Elena Rosas Ballinas, Asesor para la Oficina General de Administración, como Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC. Artículo 2.- Designar a la servidora Diana Lucila Ramos Medina, Asistente Legal en Regímenes de Incentivos en Ciencia, Tecnología e Innovación, para la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica del CONCYTEC, como Secretaria Técnica de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del CONCYTEC. Artículo 3.- Disponer se notifique la presente Resolución a las personas de María Elena Rosas Ballinas y Diana Lucila Ramos Medina, así como a la Oficina de Personal del CONCYTEC, para su conocimiento y fines. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANMARY NARCISO SALAZAR Secretaria General (e) 1488632-1

Que, el Literal h) del Artículo 9 de la Ley N° 28613, Ley del CONCYTEC, establece que es función de su Consejo Directivo, aprobar el Reglamento de Calificación y Acreditación de las instituciones, investigadores, académicos, consultores y promotores que conforman el SINACYT; Que, el Literal q) del Artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2007 -ED, dispone que es función del CONCYTEC, calificar a las instituciones e investigadores que conforman el SINACYT; Que, el Literal h) del Artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, señala como función del Consejo Directivo del CONCYTEC, aprobar el Reglamento de Calificación y Acreditación de las instituciones, investigadores, académicos, consultores y promotores que conforman el SINACYT; Que, mediante Resolución de Presidencia N° 184-2015-CONCYTEC-P, se formalizó la aprobación del "Reglamento de Calificación y Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT"; Que, en el marco de los dispositivos citados en los considerandos precedentes, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de enero del 2017, en atención a la propuesta presentada por la Dirección de Políticas y Programas de CTeI, el Consejo Directivo del CONCYTEC acordó dejar sin efecto el Reglamento aprobado por Resolución de Presidencia N° 184-2015-CONCYTEC-P, y aprobar el nuevo "Reglamento de Calificación y Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT" y sus Anexos N° 1 y N° 2, por lo que resulta necesario formalizar su aprobación; Con la visación de la Secretaria General (e), del Director de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI, del Director de la Dirección de Evaluación y Gestión del Conocimiento, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto, el Reglamento de Calificación y Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, aprobado por Resolución de Presidencia N° 184-2015-CONCYTEC-P. Artículo 2.- Formalizar la aprobación del nuevo Reglamento de Calificación y Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, el cual consta de Dos (02) Títulos, Catorce (14) Artículos, Una (1) Disposición Complementaria Transitoria, Cinco (5) Disposiciones Complementarias Finales, y dos Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y del Reglamento aprobado con sus respectivos Anexos, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente REGLAMENTO DE CALIFICACIÓN Y REGISTRO DE INVESTIGADORES EN CIENCIA Y TECNOLOGÍA DEL SISTEMA NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA ­ SINACYT TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto regular el procedimiento para la calificación y registro como

Aprueban nuevo Reglamento de Calificación y Registro de Investigadores en Ciencia y Tecnología del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 023-2017-CONCYTEC-P Lima, 21 de febrero de 2017 VISTA: El Acta N° 67, de fecha 17 de enero del 2017, del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, y; CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28303, Ley Marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica, aprobado por Decreto Supremo N° 0322007-ED, establece en su Artículo 9 que el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC es el ente rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT;

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