Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2017 (25/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Sábado 25 de febrero de 2017 /

El Peruano

Que, mediante Carta de Compromiso (fs. 312) de fecha 01 de febrero del 2017 con carácter de Declaración Jurada la presidenta de la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís, la Sra. Esperanza Luz Castañeda Fernández señala que las veredas ubicadas en los lotes 1 y 2 de la Mz. "R", lotes 1 al 6 de la Mz. "H", lotes 8, 9, 10, 11 y 12 de la Mz. "H' " y los lotes 2, 3, 4 y 13 de la Mz. "Q" serán concluidas por dicha Asociación dentro de un plazo máximo de dos años a partir de la fecha de presentación de dicho documento; Que, mediante Minuta de Transferencia del aporte de Recreación Pública (fs. 302 al 305) la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís transfiere el mencionado aporte de recreación pública a la Municipalidad Distrital de Ate, en la cual de conformidad con la Resolución de Sub Gerencia Nº 161-2013-MDA/GDU-SGHUE de fecha 20 de febrero del 2013 correspondiente a la modificación de proyecto Habilitación Urbana, se aprobó el aporte obligatorio para Recreación Pública con un área total de 11,708.72 m2 conformado por el Parque Los Gladiolos con un área 1,475.14 m2, Parque Los Tulipanes con un área 1,068.08 m2, Parque Los Lirios con un área 2,257.70 m2, Parque Las Margaritas con un área 2,312.48 m2 y Parque Las Azucenas con un área 4,595.32 m2, acreditándose la transferencia adelantada de dichos aportes reglamentarios; Que, mediante Oficio Nº 0142-2017-EMILIMA-GG (fs. 306) de fecha 27 de Enero de 2017 emitido por la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima - EMILIMA, en la cual comunica a esta entidad municipal sobre la situación actual del procedimiento de Cesión y Transferencia del aporte reglamentarios de Renovación Urbana ubicado en el Lote 12 Mz. H' de la Urbanización Alpamayo con un área de 1,334.81 m2, correspondiente a la Modificación del Proyecto de Habilitación Urbana, señalando que la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís viene gestionando ante dicha entidad la Cesión y Transferencia del Lote antes mencionado, habiéndose a la fecha realizado la Inspección Ocular correspondiente, declarando la procedencia y conformidad del mismo. Acto seguido se procederá a la elaboración de la minuta correspondiente; Que, mediante Valorización Nº 014-2008-SGPUCGDU/MDA de fecha 23/04/08 se calculo un monto de S/. 152,712.20 por déficit del aporte de Otros Fines por un área de 2,750.80 m2 y por proyectos de Habilitación Urbana, y con Resolución Sub Gerencial de Recaudación y Control Nº 045-2008-SGRyC-GAT/MDA de fecha 29/04/08 se aprueba el fraccionamiento en 6 cuotas, adjuntando copia de los recibos Nº 0004192265 de fecha 29/04/08, Nº 0004255222 de fecha 02/06/08, Nº 0004324284 de fecha 30/06/08, Nº 0004423115 de fecha 11/08/08, Nº 0004494894 de fecha 08/09/08 y Nº 0004594065 de fecha 07/10/08 acreditando la cancelación de dicha valorización; Que, mediante Resolución de Gerencia Administrativa Nº 272-2011 (fs. 153) de fecha 03 de marzo del 2011 se resuelve aprobar la valorización comercial del área de 2,667.42 m2 del aporte para Parques Zonales ascendente al monto de S/. 896,253.12; otorgándole SERPAR-LIMA el fraccionamiento de pago, con una cuota inicial de 10% y el saldo en 12 armadas mensuales con los intereses de Ley. Finalmente, mediante Recibo de Ingresos Nº 0075308 de fecha 08/04/11 por S/. 89,625.31, Recibo de Ingresos Nº 0075710 de fecha 06/05/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0076170 de fecha 07/06/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0076581 de fecha 07/07/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0076933 de fecha 05/08/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0077306 de fecha 05/09/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0077740 de fecha 05/10/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0078163 de fecha 04/11/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0078803 de fecha 05/12/11 por S/. 67,967.73, Recibo de Ingresos Nº 0079267 de fecha 04/01/12 por S/. 67,972.26, Recibo de Ingresos Nº 0080214 de fecha 29/02/11 por S/. 68,095.21, Recibo de Ingresos Nº 0081330 de fecha 10/05/11 por S/. 68,279.19 y Recibo de Ingresos Nº 0082561 de fecha 23/07/11 por S/. 68,477.32; (fs. 154-166) los cuales suman un monto de S/. 906,191.13, se acredita la cancelación del déficit del aporte Parques Zonales;

Que, mediante Oficio Nº 0107-2015-MINEDU/VMGIOINFE (fs.149) de fecha 30/01/15 emitido por la Oficina de Infraestructura Educativa, se comunica a la presidenta de la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís que el pedido de actualización de la Valorización de aporte reglamentario del área de 2,667.38 m2 a favor del Ministerio de Educación, el cual fue aprobado a través de la Resolución Jefatural Nº 274-2014-MINEDU/VMGI-OINFE de fecha 25 de junio del 2014; adjuntándose el Informe actualizado de Valorización de Aporte Nº 005-2015-MINEDU/VMGI-OINFEUPI-SQS de fecha 22/01/15 ascendente a un monto de S/. 286,343.24 m2 y mediante Factura Nº 001-0008033 (fs. 152) de fecha 23/02/15 cancelado en la Tesorería del Ministerio de Educación se acredita la cancelación del déficit del mencionado aporte; Que, las minutas de transferencia de los aportes reglamentarios de Recreación Publica y Renovación Urbana se realizaron tomando en cuenta el Plano Nº 013-2013-SGHUE-GDU/MDA aprobado mediante Resolución de Sub Gerencia Nº 161-2013-MDA/GDUSGHUE de fecha 20 de febrero de 2013, donde se aprobó un área de 11,708.72 m2 y 1,334.81 m2 respectivamente; sin embargo al haberse rectificado el área matriz como se indicó en el quinto considerando; se han replanteado dichas áreas variando a 9,944.27 m2 y 1,374.87 m2, sin llegar a tener déficit de dichos aportes. En consecuencia, cuando se independicen registralmente dichos aportes reglamentarios las partes interesadas perfeccionaran las minutas y escrituras públicas con el área replanteada aprobada en la Recepción de Obra; Que, en el caso de los aportes reglamentarios para Otros Fines no existe déficit; sin embargo, para Parques Zonales y Ministerio de Educación, existe un nuevo déficit mínimo de 81.81 m2 y 81.85 m2 respectivamente, que deberán redimirse en dinero, por lo que se notificó para que valoricen los nuevos déficit a SERPAR LIMA, mediante Oficio Nº 069-2017-MDA/GDU-SGHUE, recepcionado el 23/01/17 y al Ministerio de Educación mediante Oficio Nº 070-2017-MDA/GDU-SGHUE recepcionado el 19/01/17. Y de conformidad con el Informe Nº 039-2017MDA/GAJ de fecha 11/01/17, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que solo el cargo de recepción de los oficios a SERPAR y Ministerio de Educación, se emita la Resolución de Recepción de Obras, para lo cual, deberá incluirse en la Resolución a emitirse un artículo que disponga que de no efectuarse dicho pago se dejará sin efecto la mencionada resolución, esto en consideración a que el déficit resulta diminuto en relación al déficit de dichos aportes ya cancelados; Que, mediante Carta DPNS.07.0682288 de fecha 05/12/07 emitida por LUZ DEL SUR referida a una constancia de existencia y suficiencia de energía eléctrica señalando que la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís está ubicada en una zona electrificada contando con redes del subsistema de distribución primaria, secundaria e instalaciones de Alumbrado Público, los cuales atienden y/o podrán atender los requerimientos de energía eléctrica previa evaluación técnica y comercial; Que, mediante Carta Nº 350-2014-ET-C de fecha 05/05/14, mediante el cual SEDAPAL comunica la aprobación de la recepción de las redes y conexiones domiciliaras de agua potable y alcantarillado de la Asociación de Vivienda San Francisco de Asís. En dicho documento señala que la habilitación se encuentra constituido por la Mz. "A" con 27 lotes (lotes 1 al 27), Mz. "B" con 22 lotes (lotes 1 al 22), Mz. "C" con 28 lotes (lotes 1 al 28), Mz. "D" con 31 lotes (lotes 1 al 31), Mz. "E" con 22 lotes (lotes 1 al 22), Mz. "F" con 13 lotes (lotes 1 al 13), Mz. "G" con 19 lotes (lotes 1 al 19), Mz. "H" con 9 lotes (lotes 1 al 9), Mz. "H' " con 13 lotes (lotes 1 al 13), Mz. "J" con 29 lotes (lotes 1 al 29), Mz. "K" con 24 lotes (lotes 1 al 24), Mz. "L" con 27 lotes (lotes 1 al 27), Mz. "M" con 45 lotes (lotes 1 al 45), Mz. "N" con 29 lotes (lotes 1 al 29), Mz. "O" con 33 lotes (lotes 1 al 33), Mz. "P" con 19 lotes (lotes 1 al 19), Mz. "Q" con 22 lotes (lotes 1 al 22), Mz. "R" con 6 lotes (lotes 1 al 6), Mz. "S" con 10 lotes (lotes 1 al 10) y Mz. "T" con 5 lotes (lotes 1 al 5); Que, mediante Informe Nº 017-2017-MDA/GDUSGHUE-DEHE de fecha 03 de febrero de 2017 emitido por el Área Tecnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones

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