Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2017 (05/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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TÍTULO VII DE LOS GRADUADOS

NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de julio de 2017 /

El Peruano

TÍTULO VIII BECAS, PASANTÍAS, RESIDENTADO Y CONVENIOS TÍTULO IX ACREDITACIÓN TÍTULO X CONVALIDACIONES Y REVALIDACIONES TÍTULO XI PROYECCIÓN SOCIAL DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- VIGENCIA DE CONVENIOS EDUCATIVOS SEGUNDA.- PROGRAMAS ACADÉMICOS Y CURSOS EN LA PNP DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS PRIMERA.- MANUALES SEGUNDA.- VIGENCIA DEL ARTICULO DE GRADUADOS DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- DEROGACIÓN ANEXOS: TABLA DE SANCIONES POR INFRACCIONES LEVES, GRAVES Y MUY GRAVES ESTRUCTURA DE LA ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL POLICIAL

de conocimientos, habilidades y aptitudes que necesita el personal policial para el mejor ejercicio de su función. Así, la ENFPP innova constantemente los programas académicos existentes que ofrece o los crea. e) Mejoramiento continuo. La ENFPP asume una mirada crítica y reflexiva sobre su misión y desempeño. En ese sentido, se prevé el diseño, implementación y evaluación de un conjunto de instrumentos confiables que permitan fortalecer el compromiso institucional de mejorar continuamente todos sus procesos y gestión. f) Pertenencia y mística institucional. Todos los programas académicos que ofrece la ENFPP integran la dimensión académica y profesional policial, con la formación en los principios, valores y doctrina de la PNP y su cultura organizacional. g) Ética profesional. La ENFPP promueve la ética profesional de la función policial en todos sus procesos y programas de formación profesional. El personal de la PNP, en toda situación y circunstancia, es objeto de atención pública y debe esforzarse por convertirse en un modelo de la sociedad. En consecuencia, todo estudiante de la ENFPP conoce y aprende el Código de Ética Policial, basado en un comportamiento responsable, honesto, justo y transparente en su vida personal y profesional, así como en una actuación profesional, honorable, moderada, con vocación de servicio y enmarcada en la Constitución y las leyes de la República en el ejercicio de su función. Son también principios de la Formación Profesional, aquellos que forman parte del Sistema Educativo Nacional en lo que le resulten aplicables. Artículo IV.- Definiciones a) Estudiantes: Son estudiantes de la ENFPP quienes se encuentran matriculados en alguna de sus unidades académicas de pregrado, Escuela de Posgrado o Escuela de Formación Continua, de acuerdo a lo dispuesto en el presente Reglamento. b) Manual de Becas y Pasantías: Documento que regula los procedimientos, requisitos y condiciones para que los estudiantes y personal de la PNP accedan a becas y pasantías a cargo de la ENFPP. c) Manual de Convalidación y Revalidación: Documento que regula los procedimientos y requisitos para la convalidación y revalidación de asignaturas o grados académicos, según corresponda, para fomentar la movilidad de los estudiantes en la ENFPP. d) Manual del Estudiante: Documento que regula la relación de los estudiantes con la ENFPP, tal como los procesos relacionados a la enseñanza­aprendizaje, evaluaciones y demás lineamientos aplicables a los estudiantes de la ENFPP. e) Manual de Organización Interna de las unidades académicas: Documento que regula la estructura, funciones y procesos de las unidades académicas de pregrado, posgrado y de formación continua de la ENFPP. f) Manual de Personal Docente: Documento que regula los procedimientos y requisitos para la contratación y designación del personal docente, así como los estímulos, procesos sancionadores y demás lineamientos durante el ejercicio de la docencia en la ENFPP. g) Plan Estratégico Educativo: Documento que contiene los objetivos, metas, estrategias y acciones de las actividades académicas, administrativas y de investigación de la ENFPP, en base a lo dispuesto en la política de formación profesional policial. h) Plan de Comunicación Interna: Instrumento de duración anual que determina las actividades a desarrollar en la ENFPP para la promoción y difusión de sus programas académicos en la PNP.

TÍTULO PRELIMINAR DISPOSICIONES GENERALES Artículo I.- Objeto El presente Reglamento regula la aplicación de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1318, Decreto Legislativo que regula la formación profesional de la Policía Nacional del Perú ­ PNP, conforme a lo establecido en su Primera Disposición Complementaria Final. Artículo II.- Alcance El presente Reglamento se aplica a los estudiantes, docentes y personal de la PNP. Artículo III.- Principios La Escuela Nacional de Formación Profesional Policial ­ ENFPP, tiene como principios de su actividad, los siguientes: a) Investigación e innovación. En los procesos de formación profesional policial es esencial tanto la búsqueda de respuestas a las interrogantes observadas en el desempeño diario como la sistematización de las prácticas o experiencias exitosas más eficientes y eficaces en el ejercicio de la función policial. b) Calidad educativa. La ENFPP está en constante búsqueda de la excelencia en el cumplimiento de su misión. Se integran a este principio, los procesos de licenciamiento y acreditación del sistema educativo para contribuir a la consolidación de un sistema de aseguramiento de la calidad para la formación profesional de la Policía Nacional del Perú. c) Meritocracia. Los programas académicos que la ENFPP ofrece a través de sus unidades académicas, se sustentan en la aptitud, actitud, desempeño, capacidad y evaluación permanente del estudiante desde su ingreso, durante su permanencia y hasta su graduación. d) Desarrollo de competencias pertinentes. Tomando como principal insumo las exigencias de formación, actualización, capacitación y entrenamiento que surgen en el día a día del desempeño policial, y las nuevas condiciones del contexto nacional e internacional, la ENFPP responde a los requerimientos

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