Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2017 (05/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de julio de 2017 /

El Peruano

a) Proponer al Consejo Superior de Formación Profesional Policial la creación, fusión, reorganización o supresión de las unidades académicas que forman parte de la ENFPP. b) Elevar a la Dirección de la ENFPP las propuestas formuladas por la División Académica sobre la creación y/o modificación de los programas académicos y sus respectivos programas curriculares, incluyendo los programas de complementación académica. c) Elevar a la Dirección de la ENFPP los proyectos de suscripción de convenios educativos interinstitucionales con otras instituciones nacionales y extranjeras. d) Evaluar y pronunciarse en segunda y última instancia sobre los asuntos académicos y disciplinarios sometidos a su consideración. e) Aprobar el otorgamiento de distinciones honoríficas. Artículo 6.- Consejos Académicos y Disciplinarios Son responsables de resolver en primera instancia los asuntos disciplinarios y académicos sometidos a su conocimiento. Los Consejos Académicos y Disciplinarios de cada unidad académica, están conformados por: a) El Director de la unidad académica, quien lo preside; b) El Jefe del Área Académica; c) El Jefe del Área Administrativa. El Director de la unidad académica designará al secretario del Consejo Académico y Disciplinario; así como, a los miembros suplentes. Artículo 7.- Funciones del Consejo Académico y Disciplinario El Consejo Académico y Disciplinario tiene las siguientes funciones: a) Supervisar y evaluar las actividades académicas de su unidad. b) Evaluar y pronunciarse en primera instancia sobre los asuntos disciplinarios de su competencia. c) Resolver en primera instancia los asuntos académicos de su unidad académica, conforme a su competencia. d) Adoptar acuerdos en asuntos puestos a su consideración. CAPÍTULO III DIRECCIÓN Y SUB DIRECCIÓN Artículo 8.- Dirección de la ENFPP Encargada de planificar, dirigir, desarrollar, coordinar, promover, controlar, supervisar y evaluar las actividades académicas, de investigación, administrativas y disciplinarias de la ENFPP de la PNP, que constituye unidad ejecutora. Depende de la Dirección General de la PNP, y está a cargo de un Oficial General de Armas de la PNP en situación de actividad, en el grado de General, con grado académico de Maestro, el cual es designado mediante Resolución Suprema. Artículo 9.- Funciones de la Dirección de la ENFFP La Dirección de la ENFPP tiene las siguientes funciones: a) Representar a la ENFPP a nivel nacional e internacional. b) Dirigir la formación profesional alineada al cumplimiento de la finalidad y funciones de la PNP. c) Aprobar los programas académicos conducentes al otorgamiento de títulos profesionales o certificaciones correspondientes a la formación profesional, integración, actualización, especialización y perfeccionamiento policial, en concordancia con la normativa vigente propuestos por el Consejo Superior Académico y Disciplinario. d) Formular, promover y evaluar el documento de prospectiva y desarrollo institucional de la ENFPP, así como las políticas y los planes correspondientes, en el marco de sus competencias.

e) Aprobar, dirigir y supervisar la formulación y ejecución de Manuales, Reglamentos Internos y documentos académicos, administrativos y de investigación, propuestos por las unidades orgánicas. f) Aprobar planes y proyectos de inversión que permitan dar respuesta a las necesidades académicas y administrativas de la formación profesional y capacitación policial de la unidad ejecutora a cargo de la ENFPP, en coordinación con las unidades orgánicas competentes. g) Controlar, supervisar y evaluar las actividades académicas, de investigación, administrativas y disciplinarias de la ENFPP. h) Elevar al Consejo Superior de Formación Profesional policial para su aprobación, las propuestas de lineamientos de política, estrategias y asuntos de su competencia, para el adecuado funcionamiento de la ENFPP. i) Suscribir los certificados de grados académicos, títulos profesionales y distinciones honoríficas que correspondan. j) Aprobar las solicitudes de revalidación. k) Nombrar a los miembros del Consejo Académico y Disciplinario de cada unidad académica de la ENFPP. l) Dar de alta a los estudiantes ingresantes y de baja a los que culminaron satisfactoriamente su periodo de formación en las unidades académicas correspondientes. m) Supervisar los procesos de admisión para su mejora constante. n) Asesorar al comando institucional en materia de cultura organizacional y doctrina de la PNP. o) Proponer al Director General de la PNP la terna de Oficiales y Sub Oficiales a ser asignados a la ENFPP como responsables de las unidades orgánicas o académicas que correspondan, debiendo priorizarse dicha asignación en los cambios de colocación. p) Contratar o encargar cargos a personal civil especializado. q) Las demás funciones que le asigne el Director General de la PNP. Artículo 10.- Sub Dirección de la ENFPP Encargada de asegurar el cumplimiento de las políticas educativas, y disposiciones de la Dirección de la ENFPP, monitorear y evaluar las actividades académicas, disciplinarias, de investigación y administrativas de la ENFPP, contribuyendo al buen funcionamiento y sinergia entre sus unidades orgánicas. Depende de la Dirección de la ENFPP, y está a cargo de un Oficial Superior de Armas en situación de actividad, con grado de Coronel, el cual es designado mediante Resolución Ministerial. Artículo 11.- Funciones de la Sub Dirección de la ENFFP La Sub Dirección de la ENFPP tiene las siguientes funciones: a) Disponer, controlar y evaluar la gestión de las unidades orgánicas de la ENFPP bajo su responsabilidad. b) Consolidar los Planes de Trabajo Anual de las unidades orgánicas de la ENFPP y proponer un Plan de Trabajo Anual consolidado a la Dirección de la ENFPP para su aprobación por el Director, concordante con el Plan Operativo Anual de la PNP. c) Conducir la formulación de documentos de gestión de la ENFPP, conjuntamente con el Jefe de la División Administrativa, el Jefe de la División Académica y el Jefe de la División de Investigación, en el marco de sus competencias. d) Monitorear la implementación y cumplimiento de los planes, programas y proyectos definidos para cada unidad orgánica de la ENFPP bajo su responsabilidad. e) Coordinar acciones con las diversas unidades orgánicas de la PNP, con el objetivo de fortalecer la formación profesional policial. f) Informar al Director sobre el buen funcionamiento y sinergia de las unidades orgánicas de la ENFPP. g) Asesorar al Director en asuntos que sean puestos a su consideración o sean de interés institucional. h) Representar al Director cuando éste lo designe. i) Las demás funciones que le asigne el Director de

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