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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2017 (05/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 5 de julio de 2017 El Peruano / i) Plan de Gestión de la Calidad Institucional: Instrumento de duración anual que determina las actividades a desarrollar en la ENFPP para la mejora continua de la calidad orientada a la acreditación y certi fi cación según los estándares establecidos por el sistema de educación superior. j) Plan de Trabajo Académico: Instrumento de plani fi cación anual que determina las actividades de formación, integración, capacitación, especialización y actualización que serán desarrolladas por las unidades académicas de la ENFPP. k) Plan de Trabajo Anual: Instrumento de duración anual que determina las actividades a desarrollar para contribuir al logro de los objetivos del Plan Estratégico Educativo de la ENFPP. l) Política de formación profesional policial: Principal documento orientador del proceso de reforma para el aseguramiento de la calidad de la formación profesional policial, con el fi n de permitir una óptima provisión del servicio formativo de acuerdo a las labores policiales. m) Reglamento Interno de los Consejos: Documento que establece las disposiciones para el funcionamiento de los Consejos relacionados a la ENFPP: el Consejo Superior de Formación Profesional, el Consejo Superior Académico y Disciplinario, y los Consejos Académicos y Disciplinarios. n) Reglamento Interno y Prospecto de Admisión: Documento que regula los procedimientos, requisitos y demás aspectos de los procesos de admisión de las unidades académicas de la ENFPP. o) Reglamento Disciplinario: Documento que regula los asuntos disciplinarios aplicables a los estudiantes de la ENFPP que atentan contra las obligaciones y deberes establecidos en el presente Reglamento, y sobre los procedimientos vinculados a los mismos. TÍTULO I DE LA ESCUELA NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL POLICIAL CAPÍTULO I ESTRUCTURA Artículo 1.- Estructura de la ENFPP Para el cumplimiento de sus funciones, la ENFPP se encuentra conformada de la siguiente manera: 1. La Alta Dirección: 1.1 Consejo Superior de Formación Profesional 1.2 Consejo Superior Académico y Disciplinario1.3 Dirección1.4 Sub Dirección 2. Las unidades orgánicas que dependen de la Dirección: 2.1 Unidad de Asuntos Legales 2.2 Unidad de Cultura Organizacional y Doctrina2.3 Unidad de Comunicaciones y Proyección Social2.4 Unidad de Gestión de la Calidad2.5 Unidad de Relaciones Interinstitucionales2.6 Unidad de Admisión e Informes 3. Las unidades orgánicas que dependen de la Sub Dirección: 3.1 División Académica 3.2 División de Investigación3.3 División Administrativa 4. Las unidades orgánicas desconcentradas:4.1 Unidades Académicas de Pregrado4.2 Escuela de Formación de Posgrado 4.3 Escuela de Formación Continua CAPÍTULO II CONSEJOS Artículo 2.- Consejo Superior de Formación Profesional El Consejo Superior de Formación Profesional es la máxima instancia de coordinación y supervisión de la gestión y ejecución académica y administrativa de la ENFPP; está integrado por: a) El Director General PNP, quien lo presidirá con voto dirimente; b) El Director Nacional de Orden y Seguridad de la PNP; c) El Director Nacional de Investigación Criminal de la PNP; d) El Director de Recursos Humanos de la PNP;e) Un representante de la Alta Dirección del Ministerio del Interior; f) El Director de la ENFPP, quien designará al secretario del Consejo. El Consejo diseña, aprueba y establece los lineamientos de la política de formación profesional de la Policía Nacional del Perú – PNP, con la fi nalidad de garantizar el adecuado ejercicio de la función policial a través de la ENFPP. El Consejo Superior de Formación Profesional Policial, se reúne una vez al trimestre y cuando así lo convoquen al menos tres de sus miembros. Artículo 3.- Funciones del Consejo Superior de Formación Profesional El Consejo Superior de Formación Profesional tiene las siguientes funciones: a) Aprobar los lineamientos de política de formación profesional policial de la ENFPP y los documentos de prospectiva y desarrollo. b) Evaluar la formación profesional policial para su mejora constante. c) Proponer al Despacho Ministerial del sector Interior la creación, fusión, reorganización o supresión de las unidades académicas que forman parte de la ENFPP. d) Proponer el proyecto de presupuesto y plan de inversiones anual de la ENFPP e) Aprobar su Reglamento Interno y el de los demás Consejos de la ENFPP. Artículo 4.- Consejo Superior Académico y Disciplinario Encargado de elevar al Consejo Superior de Formación Profesional las propuestas que apruebe sobre la organización y la formación profesional de la ENFPP, así como resolver en segunda instancia los asuntos de su competencia que eleven los Consejos Académicos y Disciplinarios de las unidades académicas de la ENFPP. El Consejo está integrado por: a) El Director de la ENFPP; b) El Sub Director de la ENFPP;c) El Jefe de la División Académica de la ENFPP; d) Jefe de la División de Investigación de la ENFPP; e) Jefe de la División Administrativa de la ENFPP; f) El Director de la Escuela Posgrado de la ENFPP; g) El Director de la Escuela de Formación Continua de la ENFPP; h) El Director de la unidad académica “Escuela de Ofi ciales Alférez PNP Mariano Santos Mateos”; i) El Director de la unidad académica “Escuela de Educación Superior Técnico Profesional”. El Director de la ENFPP designará al secretario del Consejo Superior Académico y Disciplinario. Artículo 5.- Funciones del Consejo Superior Académico y Disciplinario El Consejo Superior Académico y Disciplinario tiene las siguientes funciones: