Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2017 (07/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 89

El Peruano / Viernes 7 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 8°.- De la Comunidad.Corresponde a la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y Omaped, de manera directa o a través del CIAM, la sensibilización, información y fomento permanente a la ciudadanía de la condición de persona adulta mayor, y la necesidad de brindarle un trato diligente, respetuoso y solidario, propiciando su participación como miembro activo de la comunidad. DISPOSICIONES FINALES Primera Disposición Final.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial El Peruano. Segunda Disposición Final.- Facúltese al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias, reglamentarias y complementarias para la correcta aplicación de la presente Ordenanza. Tercera Disposición Final.- Encárguese a la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y Omaped, a la Gerencia de Desarrollo Humano y demás unidades orgánicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza, de acuerdo a sus funciones y competencias, trabajando en forma articulada y convocando a las instituciones públicas y privadas pertinentes, de ser necesario para su debido cumplimiento. Cuarta Disposición Final.- Deróguese la Ordenanza Nº 254 que formalizó la creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de La Molina, así como todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. Quinta Disposición Final.- Encárguese a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de Información la publicación de la presente norma en el Portal Institucional de la municipalidad, en el Portal del Estado Peruano: www. peru.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1540403-1

dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA INCORPORANDO LAS FUNCIONES DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO MAYOR (CIAM) A LA SUBGERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL, SALUD Y OMAPED Artículo Único.- MODIFICAR el Artículo 100º del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina (ROF), aprobado por Ordenanza N° 320, incorporando las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) a la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y Omaped, el cual quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 100º.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y Omaped: a) Planificar, dirigir y controlar el desarrollo de actividades promocionales, preventivas y asistenciales orientadas a la recuperación y protección de la salud. b) Ejecutar los programas de apoyo alimentario con participación de la población (programa del vaso de leche, vaca mecánica, comedores populares y otros programas de complementación alimentaria) de acuerdo a la legislación vigente. c) Planificar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades de bienestar social en mejora de la calidad de vida de la población en riesgo (niños, adolescentes, madres gestantes y adulto mayor). d) Conducir el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM, MOLIBUS. e) Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores. f) Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de los derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. g) Regular las acciones del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. h) Organizar la protección y participación de las personas adultas mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la municipalidad. i) Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. j) Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. k) Difundir y promover los derechos del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad. l) Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. m) Promover y supervisar las actividades orientadas a la protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad, a través de la Oficina Municipal de Atención de la Persona con Discapacidad - OMAPED. n) Dirigir, promover, ejecutar y supervisar las actividades orientadas a la protección y defensoría de los derechos del niño y adolescente, a través de la Defensoría Municipal del Niño y el Adolescente - DEMUNA, e intervenir cuando se encuentren amenazados o vulnerados sus derechos, de acuerdo a lo establecido en la normativa de la materia. o) Ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza, asistencia social, asistencia alimentaria, protección y apoyo a la población del distrito de los diversos grupos, priorizando a la población en riesgo. p) Ejecutar los programas y actividades de los servicios comunitarios creados y regulados por la Municipalidad.

Modifican el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad, incorporando las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor a la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y OMAPED
ORDENANZA Nº 340 La Molina, 28 de junio de 2017 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 07-2017 de la Comisión de Desarrollo Humano y la Comisión de Asuntos Jurídicos, respecto al proyecto de Ordenanza que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de La Molina, incorporando las Funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) a la Subgerencia de Desarrollo Social, Salud y Omaped; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9° y Artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por unanimidad y con

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