Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Domingo 9 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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a) Realizar el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico y el Plan Operativo Institucional, así como del portafolio de programas y proyectos institucionales que los conforman, en coordinación con los demás órganos de la SUNAT y unidades orgánicas de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos. (...) e) Elaborar el proyecto del informe de gestión por resultados de la SUNAT. f) Elaborar los procedimientos, instructivos, metodologías e instrumentos necesarios para el seguimiento de los planes estratégicos, planes operativos y otros que no competan a otros órganos y unidades orgánicas, así como apoyar a la Gerencia de Planeamiento y Control de Gestión en los procesos de ejecución, evaluación y seguimiento de los programas y proyectos institucionales que lo componen, además, de elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de normas relacionadas a las actividades a su cargo. g) Elaborar estudios e investigaciones en las materias de su competencia. Artículo 59°-A.- Gerencia de Estudios Económicos La Gerencia de Estudios Económicos es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos, encargada de conducir los estudios e investigaciones de los aspectos económicos, tributarios, aduaneros y de comercio transfronterizo, relevantes para los fines de la institución, así como de conducir los procesos de análisis de impacto de las disposiciones en materia tributaria y aduanera vigentes o por emitirse, que le sean requeridos, así como del seguimiento y análisis de la recaudación, y de la recopilación y sistematización de la información estadística. Artículo 59°-B.- Funciones de la Gerencia de Estudios Económicos Son funciones de la Gerencia de Estudios Económicos: a) Conducir el proceso de elaboración de requerimientos normativos que le sean solicitados, en el marco de sus competencias. b) Conducir el proceso de evaluación de los posibles efectos económicos-tributarios-aduaneros de los proyectos de normas que le sean requeridos o sometidos para su opinión. c) Conducir el proceso de recopilación y sistematización de la información estadística tributaria y aduanera. d) Conducir el proceso de desarrollo de proyecciones, estudios, investigaciones e informes especializados en materia económico-tributaria-aduanera a fin de proveer de información para la toma de decisiones. e) Conducir el proceso de análisis del comercio transfronterizo identificando sobre costos en la cadena logística que afecten la competitividad del país. f) Supervisar el análisis de los factores que influyen en la evolución de la recaudación, la elaboración de sus proyecciones y su seguimiento. g) Conducir el proceso de formulación, ejecución y evaluación del Plan de Estadística Institucional. h) Conducir el proceso de formulación y publicación de la información estadística tributaria y aduanera de la institución. i) Conducir la formulación y actualización de propuestas de políticas, planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia. j) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. k) Conducir el proceso de la elaboración del proyecto de memoria anual de la SUNAT, y elevarla a la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos. l) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos. Artículo 59°-C.- División de Estudios Económicos La División de Estudios Económicos es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Estudios Económicos, encargada de

realizar los estudios e investigaciones de los aspectos económicos, tributarios, aduaneros y de comercio transfronterizo, relevantes para los fines de la institución, así como de realizar los análisis de impacto de las disposiciones en materia tributaria y aduanera vigentes o por emitirse, así como elaborar los requerimientos normativos, que le sean solicitados. Artículo 59°-D.- Funciones de la División de Estudios Económicos Son funciones de la División de Estudios Económicos: a) Evaluar y formular propuestas de normas, en el ámbito de su competencia. b) Analizar los posibles efectos económicos, tributarios y aduaneros que se le requiera respecto de los proyectos de normas. c) Desarrollar proyecciones, estudios, investigaciones e informes especializados en materia económicotributaria-aduanera a fin de proveer de información para la toma de decisiones. d) Analizar factores que influyen en la competitividad del comercio transfronterizo identificando sobre costos en la cadena logística que afecten la competitividad del país y proponer soluciones. e) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. f) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. g) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Estudios Económicos. Artículo 59°-E.- División de Estadística La División de Estadística es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Estudios Económicos, encargada de recopilar, depurar, sistematizar e interpretar la información estadística tributaria y aduanera, así como de elaborar, publicar y difundir las estadísticas de la institución, además de realizar la proyección de la recaudación y analizar los factores que influyen en la evolución de la recaudación. Artículo 59°-F.- Funciones de la División de Estadística Son funciones de la División de Estadística: a) Formular, ejecutar y evaluar el Plan de Estadística Institucional, en concordancia con las normas emitidas sobre la materia. b) Publicar las estadísticas tributarias-aduaneras. c) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. d) Recopilar, depurar, sistematizar e interpretar la información estadística tributaria-aduanera de la institución. e) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. f) Administrar y atender las obligaciones derivadas de los convenios de intercambio de información estadística. g) Elaborar el proyecto de la memoria anual. h) Proporcionar información estadística a las unidades orgánicas que lo requieran, dentro del ámbito de su competencia. i) Analizar los factores que influyen en la evolución de la recaudación, elaborar sus proyecciones y darles seguimiento permanente. j) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Estudios Económicos. Artículo 60°.- Gerencia de Organización y Procesos La Gerencia de Organización y Procesos es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Oficina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos encargada de evaluar y proponer la estructura orgánica y funcional de la institución; de promover la modernización,

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