Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Domingo 9 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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y Proyectos de Sistemas, encargada de atender las necesidades y/o requerimientos informáticos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria a través de la formulación, ejecución y control de las actividades que implementen los modelos de solución informática definidos. Artículo 61°-AF.- Funciones de la División de Gestión de Proyectos de Sistemas Son funciones de la División de Gestión de Proyectos de Sistemas: a) Brindar asistencia técnica a las unidades orgánicas de la SUNAT para la mejora de sus procesos o implementación de cambios, en el ámbito de su competencia. b) Elaborar el modelo de la solución informática, en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, que atienda los requerimientos informáticos de las áreas de la SUNAT. c) Formular, gestionar y controlar la ejecución de las actividades que permitan implementar los modelos de solución informática definidos, en coordinación con las unidades orgánicas según corresponda. d) Formular, gestionar y evaluar los proyectos informáticos de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. e) Elaborar las especificaciones técnicas o términos de referencia para la adquisición de los bienes o servicios, así como realizar la gestión técnica de los contratos adjudicados, en el ámbito de su competencia. f) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. g) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. h) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. i) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones normativas relacionadas a los procesos de su competencia. j) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Gestión de Procesos y Proyectos de Sistemas. Artículo 61°-AG.- División de Gestión de Procesos de Sistemas La División de Gestión de Procesos de Sistemas es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Gestión de Procesos y Proyectos de Sistemas, encargada de gestionar el Plan de Sistemas, centralizar y gestionar los requerimientos de adquisiciones tecnológicas, implementar estándares y metodologías, así como realizar la gestión de indicadores de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. Artículo 61°-AH.- Funciones de la División de Gestión de Procesos de Sistemas Son funciones de la División de Gestión de Procesos de Sistemas: a) Elaborar, actualizar y difundir el Plan de Sistemas de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. b) Coordinar y proponer la estandarización, mejora de los procesos, metodologías y gestión del conocimiento de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. c) Formular en coordinación con las unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, los indicadores de desempeño, operativos y estratégicos, así como monitorear y reportar el estado de dichos indicadores. d) Centralizar la gestión de los requerimientos de adquisición, así como gestionar ante las instancias pertinentes, los aspectos administrativos de los contratos adjudicados de las unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. e) Centralizar la gestión de los requerimientos de personal y capacitación de las unidades orgánicas de

la Intendencia Nacional de Sistemas de Información y canalizar a las instancias pertinentes para su atención. f) Gestionar la operatividad de las actividades bajo responsabilidad de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información en el marco de los convenios suscritos por SUNAT. g) Evaluar la satisfacción de los usuarios de los servicios implementados por la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. h) Participar en la formulación y ejecución de las actividades que permitan atender las necesidades de las áreas de la SUNAT, en el ámbito de su competencia. i) Elaborar las especificaciones técnicas o términos de referencia para la adquisición de los bienes o servicios, así como realizar la gestión técnica de los contratos adjudicados en el ámbito de su competencia. j) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. k) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. l) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. m) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones normativas relacionadas a las actividades de su competencia. n) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Gestión de Procesos y Proyectos de Sistemas. Artículo 61º-AI.- Gerencia de Desarrollo de Sistemas La Gerencia de Desarrollo de Sistemas es una unidad orgánica, de tercer nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, encargada del desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información requeridos por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Artículo 61°AJ-.- Funciones de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Son funciones de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas: a) Supervisar el análisis, diseño y construcción de los sistemas de información relacionados a los modelos de solución informática que satisfacen las necesidades de las áreas de la SUNAT. b) Supervisar el mantenimiento de los sistemas de información que soportan los procesos de la SUNAT. c) Supervisar las pruebas unitarias y de integración de los sistemas de información de la SUNAT. d) Supervisar el control de versiones de los entregables elaborados en el ámbito de su competencia. e) Supervisar la atención de problemas e incidentes en los sistemas de información que soportan los procesos de la SUNAT, en el ámbito de su competencia. f) Supervisar la participación en la formulación y ejecución de las actividades que implementan los modelos de solución informática definidos para atender las necesidades de las áreas de la SUNAT en el ámbito de su competencia. g) Supervisar la elaboración de las especificaciones técnicas o términos de referencia para la adquisición de los bienes o servicios, así como la gestión técnica de los contratos adjudicados en el ámbito de su competencia. h) Revisar y elevar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. i) Conducir la formulación y actualización de propuestas de planes, programas, proyectos y estrategias de su competencia. j) Aprobar y elevar las propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. k) Revisar y elevar las propuestas de opinión técnica y de disposiciones normativas relacionadas a los procesos de su competencia. l) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Sistemas de Información.

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