Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de julio de 2017 /

El Peruano

l) Realizar acciones de seguimiento y evaluación de la implementación de la normatividad y procedimientos, así como supervisar la gestión de las áreas de soporte administrativo; en los aspectos de su competencia. m) Cumplir otras funciones que, en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios. Artículo 61°-BI.- División de Gestión de Infraestructura Tecnológica La División de Gestión de Infraestructura Tecnológica es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios, encargada de la administración y soporte de la infraestructura tecnológica, incluyendo telefonía móvil. Artículo 61°BJ.- Funciones de la División de Gestión de Infraestructura Tecnológica Son funciones de la División de Gestión de Infraestructura Tecnológica: a) Administrar la infraestructura tecnológica de la SUNAT, incluyendo telefonía móvil. b) Administrar el inventario de software de propiedad de SUNAT y sus respectivas licencias. c) Implementar la infraestructura tecnológica en coordinación con las unidades orgánicas responsables de su definición. d) Brindar el soporte para el correcto funcionamiento de la infraestructura tecnológica implementada por la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. e) Coordinar y supervisar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo de la infraestructura tecnológica bajo administración de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información f) Elaborar las especificaciones técnicas o términos de referencia para la adquisición de los componentes y accesorios relacionados a la infraestructura tecnológica y servicios en el ámbito de su competencia, así como realizar la gestión técnica de los contratos adjudicados en el ámbito de su competencia. g) Realizar centralizadamente la gestión técnica de los contratos adjudicados relacionados a la infraestructura tecnológica de la SUNAT. h) Participar en la formulación y ejecución de las actividades, definidas por la División de Gestión de Proyectos de Sistemas, que permitan atender las necesidades de las áreas de la SUNAT en el ámbito de su competencia. i) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. j) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. k) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. l) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones normativas relacionadas a las actividades a su cargo. m) Realizar acciones de seguimiento y evaluación de la implementación de la normatividad y procedimientos, así como supervisar la gestión de las áreas de soporte administrativo; en los aspectos de su competencia. n) Cumplir otras funciones que, en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios. Artículo 61°-BK.- División de Atención a Usuarios La División de Atención a Usuarios es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios, encargada de brindar el soporte informático requerido por los usuarios de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Asimismo, se encarga de realizar acciones de seguimiento y evaluación de la implementación de la normatividad y procedimientos, así como supervisar la gestión de las áreas de soporte administrativo; en los aspectos de su competencia.

Artículo 61°-BL.- Funciones de la División de Atención a Usuarios Son funciones de la División de Atención a Usuarios: a) Atender y gestionar los reportes de incidentes en los servicios informáticos, las solicitudes de información y los requerimientos de equipamiento informático, dando solución en el ámbito de su competencia, incluyendo la atención de incidentes relacionados a telefonía móvil. b) Atender y canalizar las solicitudes de información y los requerimientos de equipamiento informático de los usuarios de la SUNAT. c) Brindar soporte informático a los usuarios en el uso de los sistemas de información. d) Atender los requerimientos de publicaciones para el portal institucional e intranet. e) Elaborar las especificaciones técnicas o términos de referencia para la adquisición de los bienes o servicios, así como realizar la gestión técnica de los contratos adjudicados en el ámbito de su competencia. f) Participar en la formulación y ejecución de las actividades, definidas por la División de Gestión de Proyectos de Sistemas, que permitan atender las necesidades de las áreas de la SUNAT en el ámbito de su competencia. g) Elaborar propuestas de alianzas estratégicas y/o convenios en materias de su competencia. h) Elaborar y proponer las acciones relativas a las funciones a su cargo a ser incorporadas en los planes, programas, proyectos y estrategias. i) Elaborar propuestas de mejora e informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados en el ámbito de su competencia. j) Elaborar y proponer proyectos de opinión técnica y de disposiciones normativas relacionadas a las actividades a su cargo. k) Realizar acciones de seguimiento y evaluación de la implementación de la normatividad y procedimientos, así como supervisar la gestión de las áreas de soporte administrativo; en los aspectos de su competencia. l) Cumplir otras funciones que, en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios. Artículo 61°-BM.- Oficina de Seguridad Informática La Oficina de Seguridad Informática es una unidad orgánica, de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información encargada de gestionar la seguridad informática de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria. Artículo 61°-BN.- Funciones de la Oficina de Seguridad Informática Son funciones de la Oficina de Seguridad Informática: a) Elaborar y proponer procedimientos y disposiciones normativas de seguridad informática referidos a la arquitectura de aplicaciones, información y de infraestructura tecnológica; así como emitir opinión técnica en las materias de su competencia. b) Efectuar análisis de riesgo y pruebas de vulnerabilidad sobre la arquitectura de aplicaciones, de información y de infraestructura tecnológica. c) Efectuar la supervisión, control y monitoreo del cumplimiento de las disposiciones normativas de seguridad informática. d) Identificar, prevenir y/o mitigar ataques a la arquitectura de aplicaciones, información y de infraestructura tecnológica. e) Administrar la infraestructura de seguridad informática de la SUNAT; asimismo evaluar y proponer los requisitos de seguridad en los procesos, aplicaciones e infraestructura informática, de telecomunicaciones y equipos especializados, en coordinación con las unidades orgánicas correspondientes. f) Atender los requerimientos de accesos a los recursos informáticos de la SUNAT. g) Elaborar las especificaciones técnicas y términos de referencia para la adquisición de los bienes o servicios

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