Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2017 (09/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de julio de 2017 /

El Peruano

para el nombramiento de Ejecutores Coactivos y Auxiliares Coactivos, así como de los titulares y suplentes autorizados a firmar notas de crédito negociables y cheques por devoluciones autorizadas, a nivel nacional. f) Supervisar la aplicación de los criterios de selección, la generación y transferencia de los casos seleccionados, así como remitir las propuestas de mejora de los criterios de selección a la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos. g) Elevar las propuestas de actualización o modificación de los padrones asociados a los procesos de su competencia, incluyendo las altas y bajas de los directorios; asi como supervisar la elaboración y mantenimiento de los Registros asociados a dichos procesos. l) Supervisar el desarrollo de las actividades contables de la SUNAT como Ente Captador, las labores de los representantes de créditos tributarios del Estado, así como las relacionadas a las aportaciones de la seguridad social y a la Planilla Electrónica. n) Supervisar el proceso de recepción y registro de quejas y sugerencias que presenten los contribuyentes, ciudadanos y usuarios de comercio exterior a través de la División de Canales Centralizados. o) Supervisar el monitoreo de la gestión de la red bancaria, el abono de la recaudación de los entes beneficiarios en materia de tributos internos. p) Supervisar la atención de las consultas internas referidas al ámbito de su competencia; así como absolver aquellas de carácter vinculante para los órganos de la institución. r) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. s) Aprobar las disposiciones normativas internas que establezcan los criterios, parámetros y procedimientos relacionados a los procesos de su competencia, como resultado de la mejora continua de los procesos y del tratamiento de los riesgos asociados; así como requerir a la Intendencia Nacional Jurídico Tributaria la elaboración o modificación de disposiciones normativas dentro del ámbito de su competencia. t) Aprobar las propuestas de instrucciones y medidas de carácter operativo, que establezcan manuales, lineamientos e instrucciones, en el ámbito de su competencia, como resultado de la mejora continua de los procesos y del tratamiento de los riesgos asociados, informando a la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. u) Emitir opinión técnica respecto de las propuestas de normatividad formuladas por otras unidades orgánicas y órganos, así como aquellas remitidas por entidades del sector público o representativas del sector privado vinculadas al ámbito de su competencia. v) Aprobar las propuestas para la medición de la calidad de los procesos que involucran la interacción de la SUNAT con los contribuyentes, usuarios de comercio exterior y ciudadanos. w) Supervisar la elaboración del Plan de Difusión y el Plan de Información, en el ámbito de su competencia. x) Proponer al área competente, los casos de negocio que sustentan las propuestas de mejora relacionadas a los procesos de su competencia, informando a la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. y) Supervisar la autorización de la selección descentralizada de contribuyentes. z) Supervisar los procesos de su competencia y la gestión de las unidades orgánicas bajo su dependencia. aa) Proponer los criterios para la designación o exclusión de Agentes de Retención y de Buenos Contribuyentes, entre otros, así como para la determinación de altas y bajas de los directorios de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendencia Lima, Intendencias Regionales y Oficinas Zonales. bb) Revisar y remitir al área competente las propuestas para la suscripción de convenios, así como los lineamientos técnicos vinculados al intercambio de información y de cooperación internacional, en el ámbito de su competencia.

Artículo 190°.- Oficina de Control de Gestión e Información La Oficina de Control de Gestión e Información es una unidad orgánica de cuarto nivel organizacional, dependiente de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, encargada de la formulación de la propuesta y del seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional y del Plan Nacional de Control, así como de gestionar la información de soporte de los procesos y los accesos a la información bajo su administración. Asimismo, se encarga de conducir el seguimiento de las obligaciones institucionales de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos y la Intendencia Nacional Jurídico Tributaria, establecidas de acuerdo a los planes nacionales y sectoriales. También se encarga de la evaluación, identificación y gestión de las fuentes de información, así como de la formulación, seguimiento y evaluación del Plan de Información para la mejora del cumplimiento. Artículo 191°.- Funciones de la Oficina de Control de Gestión e Información Son funciones de la Oficina de Control de Gestión e Información: a) Formular la propuesta del Plan Operativo Institucional y el Plan Nacional de Control, en coordinación con las unidades orgánicas a cargo de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos y de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos. b) Realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional y Plan Nacional de Control en los procesos de competencia de los órganos dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos, así como programar las visitas de gestión operativa. d) Programar y canalizar los requerimientos de personal de las unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos y realizar las acciones que correspondan para gestionar su atención ante las instancias pertinentes; así como formular las propuestas de capacitación para el personal de los órganos y unidades orgánicas dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. (...) g) Cumplir otras funciones, que en el ámbito de su competencia, le encomiende la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos. (...) i) Evaluar, identificar y gestionar las fuentes de información, así como procesar la información para la atención de las solicitudes formuladas por las unidades de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos; de las áreas de la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos; así como por los órganos y unidades orgánicas dependientes de la Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos. j) Formular y realizar el seguimiento del Plan de Información en coordinación con las unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos y la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos. k) Elaborar y proponer las disposiciones normativas internas relacionadas a la gestión de la información, en coordinación con las demás unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos y la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos, así como los procedimientos relacionados a la gestión de las fuentes de información relacionadas a tributos internos. l) Programar y canalizar los requerimientos de bienes y servicios de las unidades orgánicas de la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos y apoyar en la elaboración de las especificaciones técnicas y términos de referencia para gestionar su atención ante las instancias pertinentes, así como conducir las acciones relativas al seguimiento de los contratos adjudicados. m) Realizar el seguimiento de las obligaciones institucionales que le corresponden a la Intendencia Nacional de Gestión de Procesos, la Intendencia Nacional de Estrategias y Riesgos y la Intendencia Nacional

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