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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2017 (12/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 / El Peruano Fe de Erratas del Acuerdo Regional Nº 050-2017-GRA/ CR-AREQUIPA, publicado en la edición del viernes 30 de junio de 2017. Al fi nal de la Norma: DICE: (...)POR TANTO:Regístrese y cúmplase.ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional DECLARACIÓN DE INTERÉS DE LA INICIATIVA PRIVADA DENOMINADA “INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE UNA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS PELIGROSOS PARA LA REGIÓN AREQUIPA” El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, por Acuerdo de Consejo Regional Nº ______ adoptado en su sesión de fecha ______ de ______ del 2017, acordó aprobar la Declaratoria de Interés de la Iniciativa Privada denominada “Instalación y Operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos para la Región Arequipa” (en adelante la INICIATIVA PRIVADA), presentada por la empresa Kanay S.A.C. (en adelante el PROPONENTE), de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012, Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la generación de empleo productivo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 127-2014-EF, y de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1224. (...)DEBE DECIR:(...)POR TANTO:Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Gobierno Regional de Arequipa. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional DECLARACIÓN DE INTERÉS DE LA INICIATIVA PRIVADA DENOMINADA “INSTALACIÓN Y OPERACIÓN DE UNA PLANTA DE TRATAMIENTO DE RESIDUPOS SÓLIDOS HOSPITALARIOS PELIGROSOS PARA LA REGIÓN AREQUIPA” El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, por Acuerdo de Consejo Regional Nº 050-2017-GRA/CR-AREQUIPA adoptado en su sesión de fecha 06 de junio del 2017, acordó aprobar la Declaratoria de Interés de la Iniciativa Privada denominada “Instalación y Operación de una Planta de Tratamiento de Residuos Sólidos Hospitalarios Peligrosos para la Región Arequipa” (en adelante la INICIATIVA PRIVADA), presentada por la empresa Kanay S.A.C. (en adelante el PROPONENTE), de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1012, Ley Marco de Asociaciones Público-Privadas para la generación de empleo productivo y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 127-2014-EF, y de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1224. (...)En: I. RESUMEN DEL PROYECTODICE:(...)B. Bienes y/o Servicios Públicos sobre los cuales se desarrollará el Proyecto El Proyecto se desarrollará sobre el activo de titularidad del Gobierno Regional de Arequipa representado en el terreno ______ , inscrito en la Partida ______, con un área de 3,059.2 m 2. (...)DEBE DECIR:(...)B. Bienes y/o Servicios Públicos sobre los cuales se desarrollará el Proyecto El Proyecto se desarrollará sobre el activo de titularidad del Gobierno Regional de Arequipa representado en el terreno signado como Lote 7, Manzana J, Segunda Etapa del Parque Industrial de Río Seco en el Distrito de Cerro Colorado, inscrito en la Partida Registral Nº 11176445, con un área de 3,059.2 m 2. (...) 1542633-1 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Ratifican Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2017 ORDENANZA REGIONAL Nº 07-2017-GR.CAJ-CR EL GOBERNADOR DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA POR CUANTO:EL CONSEJO REGIONAL CAJAMARCAHa aprobado la Ordenanza Regional siguiente:CONSIDERANDO:Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú establece que: “los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; y, en el artículo 192º establece que: “los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”. Así mismo, en el numeral 5, del artículo 192° establece que son competentes para “(…) Promover el desarrollo socio económico regional y ejecutar los planes y programas correspondientes”; Que, la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, en el artículo 8º precisa que: “la autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia” (…) En el numeral 9.1 del artículo 9° establece: “la Autonomía Política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes”;