Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2017 (12/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 El Peruano / Cusco: un Estudio Psicosocial – Antropológico”, del 10 al 25 de julio de 2017, quien se constituirá en la ciudad de A Coruña-España, para realizar una Estancia Académica y de Investigación en el Grupo de Investigación Persona-Ambiente (G69) de la Universidad de A Coruña-España, Estancia que tendrá por objeto desarrollar actividades académicas y un seminario sobre percepciones del cambio climático y retroceso glaciar en Perú, organización de la sociedad civil, empresas y mundo académico, para la aplicación de la investigación al desarrollo sostenible de las poblaciones de montañas, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor del bene fi ciario, como sigue: MGT. FREDY SANTIAGO MONGE RODRÍGUEZ,- Pasajes vía aérea Cusco-Lima-España-Lima-Cusco - Viáticos Internacionales por nueve (09) días en el importe de US$. 260.00 dólares americanos día, al cambio del día en moneda nacional. Tercero.- EL EGRESO se atenderá con cargo a: Categoría Presupuestal:Programa Presupuestal:Producto/ Proyecto:Actividad/Acción: Sec. Func.Cadena de Gasto: Monto S/ Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos 3999999 Sin Producto5.000894 Investigación Cientí fi ca y Desarrollo Tecnológico003423.21.11 Pasajes y Gastos de Transporte23.21.12 Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicio23.27.11.99 Servicios DiversosCusco-Lima-España-Lima-Cusco Publicación en Diario O fi cial Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados - Periodo de Vigencia: 15 días Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del bene fi ciario de presentar ante la Dirección General de Administración, el informe documentado de gastos, en el término de quince (15) días calendarios, computados desde el día siguiente de retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nº CU-348-2016-UNSAAC y Art. 10 del D.S. Nº 047-2002-PCM, Para cuyo efecto presentará los Formatos Nros. 01, 02, 03 y 04 aprobados por dicha Resolución y que como anexo forma parte de la presente Resolución, solo para el bene fi ciario, asimismo deberá presentar informe ante el Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente, La Dirección General de Administración y la Unidad de Logística, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.EDILBERTO ZELA VERA Rector (e) 1542054-1 Otorgan duplicado de diploma de título profesional de contador público otorgado por la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU RESOLUCIÓN Nº 1757-CU-2017 Huancayo, 16 de marzo de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU Visto, el expediente Nº 07480 de fecha 09.02.2017, por medio de la cual don HÉCTOR HUGO CARTOLÍN PASTOR, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Contador Público, por pérdida. CONSIDERANDO:Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256-2013- ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”; Que, don Héctor Hugo Cartolín Pastor, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Contador Público, por perdida, el mismo que fue expedido el 27.03.2001, Diploma registrado con el Nº 622, registrado a Fojas 462, del Tomo 022-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 16 de marzo del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Contador Público, de fecha 27.03.2001, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO, a don HÉCTOR HUGO CARTOLÍN PASTOR, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 622, registrado a Fojas 462 del Tomo 022-T. 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese.MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1542609-1