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74 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 / El Peruano municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, modi fi cada por la Ordenanza Nº 1833, publicada el 19 de diciembre del año 2014, la municipalidad distrital recurrente aprobó la ordenanza objeto de la rati fi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo sus respectivos informes y documentos que lo sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias y atribuciones, previa revisión y estudio, a través del Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000526 de fecha 23 de mayo de 2017, según el cual se pronunció favorablemente sólo respecto a 3 derechos de trámite relacionados a 3 procedimientos administrativos, que se encuentran listados en el Anexo A del referido Informe, cuyos costos han sido sustentados. Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en las Ordenanzas Nº 1533 y Nº 1833, la Directiva Nº 001-006-0000015, TUO de la Ley Nº 27444, el Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, modi fi cado por la Ley Nº 30230, el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos, debiéndose efectuar la publicación del texto de la Ordenanza Nº 504/MC en el Diario O fi cial El Peruano y el Anexo de la Ordenanza con los derechos de trámite que cuenten con opinión favorable y que sean rati fi cados, deberá ser publicado en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, y en el respectivo Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444. Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del Informe en mención, fi nanciará el 99.59% aproximadamente de los costos considerados en su costeo. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en el Dictamen Nº 59-2017-MML-CMAEO. ACORDÓ:Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 504/ MC de la Municipalidad Distrital de Comas, en lo que se refi ere a tres (3) derechos de trámite relacionados tres (3) procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del Informe Nº 266-181-00000526 del Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT de fecha 23 de mayo de 2017, en la medida que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con: i) las normas que de fi nen las competencias municipales; ii) TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; iii) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; iv) Entre otras vinculadas con el establecimiento de los procedimientos; y v) El Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos comprendidos en el TUPA, entre otras normas aplicables al caso. ANEXO A - INFORME Nº 266-181-00000526 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS - ORDENANZA Nº 504/MC UIT = 4050.00 Nº Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DERECHO (I) COSTO ( C ) % COBERTURA DERECHO %UIT S/ S/ (I/C) TRÁMITE GERENCIA DE DESARROLLO ECONOMICO: PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SUBGERENCIA DE PROMOCION EMPRESARIAL 4.1.1.1.32Autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacio publico0.42 17.10 17.18 99.53% 1 4.1.1.1.33Autorización municipal para el desarrollo de la actividad comercial en espacios públicos para la realización de usos especiales temporales0.39 15.70 15.77 99.56% 2 4.1.1.1.34Autorización municipal temporal para el desarrollo de la actividad comercial en ferias.1.44 58.20 58.26 99.90% 3 1/ UIT vigente en el año 2017 = S/ 4050.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 504/MC TOTAL 99.59% Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima Artículo Segundo.- El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, incluyendo el texto de la Ordenanza materia de la rati fi cación. Asimismo, el Anexo de la Ordenanza que contiene los procedimientos administrativos, respecto de los derechos de trámite que cuentan con opinión favorable y que han sido rati fi cados, deberá ser publicado en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE, y en el Portal Institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444. Artículo Tercero.- La aplicación de la ordenanza, materia de la rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la mencionada municipalidad distrital, así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza rati fi cada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización correspondiente prevista en el TUO la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. Artículo Cuarto.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe, hará de conocimiento público el presente Acuerdo y el Anexo A del Informe Nº 266-181-00000526 del Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT. Regístrese, comuniquese y cumplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1542032-1