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76 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de julio de 2017 / El Peruano VISTO: El Dictamen de fecha 25 de abril del 2017 emitido por la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas; el Informe Nº 035-2017-SGGP-GPPR/MC; el Informe Nº 072-2017-GPPR/MC, emitido por la Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización; el Informe Nº159-2017-GAJMDC, emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos; y, el Informe Nº 005-2017-GM/MC del Gerente Municipal; referido del Proyecto de Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite de autorizaciones temporales para el desarrollo de la actividad comercial en espacio público, en usos especiales temporales y en ferias, para su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 – los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 39.1 del TUO de la Ley de Procedimiento Administrativo General, señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; Que, el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, aprueba los Lineamientos para la formulación y aprobación del TUPA, señalando que en el caso de gobiernos locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal; Que, la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser rati fi cados por la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la provincia de Lima se encuentra establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML y su modi fi cación, la cual regula el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, con Ordenanza Nº 442/MC, de fecha 03 de setiembre del 2015 se aprobaron los procedimientos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, siendo rati fi cada mediante Acuerdo de Concejo Nº 221 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Decretos de Alcaldía Nº 001-2016-MC, Nº 004-2016-MC, Nº 013-2016-MC, Nº 018-2016-MC y Nº 001-2017-MC, se realizaron modi fi caciones en los requisitos y reconversión de la U.I.T de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA; Que, mediante Ordenanza Nº 502/MC de fecha 28 de marzo del 2017 se aprobaron los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite de autorización temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacio público, de usos especiales y en ferias a ser incluidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, la Ordenanza Nº 502/MC, fue remitida a la Municipalidad Metropolitana de Lima para su rati fi cación de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia, siendo devuelta a la Entidad con observaciones técnicas y legales, las mismas que han sido subsanadas en el presente proyecto de Ordenanza, elaborado por Gerencia de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización a través de la Subgerencia de Gestión de Procesos, conjuntamente con la Gerencia de Desarrollo Económico a través de la Subgerencia de Promoción Empresarial, y que cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y la Gerencia Municipal, por lo que corresponde ser aprobado por el Concejo Municipal; Que, mediante Dictamen de fecha 25 de abril del 2017 emitido por la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Administración, Finanzas, Plani fi cación y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Comas, recomienda la aprobación de los procedimientos administrativos, requisitos y derecho de trámite de autorización temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacio público, de usos especiales y en ferias para su inclusión en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Comas, indicando elevar los actuados al Concejo Municipal para su conocimiento y aprobación correspondiente; Que, estando a lo expuesto, y de conformidad a lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRÁMITE DE AUTORIZACIÓN TEMPORAL PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL EN ESPACIO PÚBLICO, EN USOS ESPECIALES Y EN FERIAS PARA SU INCLUSIÓN EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS Artículo Primero.- Aprobación e Incorporación de los procedimientos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA Apruébense los procedimientos administrativos de autorización temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacio público, en usos especiales y en ferias de la Subgerencia de Promoción Empresarial, que en Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Aprobación de requisitos y los derechos de trámite de los procedimientos administrativos Apruébense los requisitos y derechos de trámite de los procedimientos administrativos de autorización temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacio público, en usos especiales y en ferias correspondiente a la Subgerencia de Promoción Empresarial, que se detallan a continuación: Nº DENOMINACIÓNDERECHO DE TRÁMITE (S/) SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL 1Autorización temporal para el desarrollo de la actividad comercial en espacio públicoS/. 17.10 2Autorización municipal para el desarrollo de la actividad comercial en espacios públicos para la realización de usos especiales temporalesS/. 15.70 3Autorización temporal para el desarrollo de la actividad comercial en feriasS/. 58.20 Artículo Tercero.- Exigibilidad de los derechos de trámite Dispóngase que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo precedente, serán exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los rati fi que y de la presente Ordenanza, conforme los mecanismos previstos en la normativa vigente. Artículo Cuarto.- Mantener Procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA Manténgase los procedimientos administrativos, servicios brindados en exclusividad y derechos de trámite contenidos en el TUPA, aprobado con Ordenanza Nº 442/ MC y rati fi cados con Acuerdo de Concejo Nº 221-2015 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, los que se detallan a continuación: