Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2017 (21/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de julio de 2017 /

El Peruano

- Gerente de Participación Vecinal y Relaciones Comunitarias - Director UGEL ­ Ventanilla - Prefecto del Distrito de Ventanilla - Representante de las PYMES - Representante de la Policía Nacional del Perú - Representantes de las Organizaciones de Personas Adultas Mayores Registradas en el MIMP Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia de Protección y Familia la ejecución y cumplimiento de la presente ordenanza municipal. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1545916-2

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 09-2017/MDV establecida en la Primera Disposición Final y Complementaria de dicha norma, hasta el 22 de julio de 2017. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Subgerencia de Ejecución Coactiva, Gerencia de Comunicaciones, Subgerencia de Finanzas, Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones y demás dependencias de la Municipalidad conforme sus competencias y atribuciones el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OMAR ALFREDO MARCOS ARTEAGA Alcalde 1545914-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 09-2017/MDV que aprobó incentivos para la regularización de deudas por multas administrativas en cobranza coactiva
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 6-2017-MDV/ALC Ventanilla, 28 de junio de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 045-2017/MDV-GRM-SGEC de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 09-2017/MDV de 30 de mayo de 2017, se aprobó la Ordenanza que establece incentivos para la regularización de deudas por multas administrativas en Cobranza Coactiva; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza, establece las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 045-2017/MDV-GRM-SGEC la Subgerencia de Ejecución Coactiva propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 09-2017/MDV, procurando de esta forma brindar mayor oportunidad a los administrados de contar con los incentivos otorgados y cumplan con las sanciones impuestas por la entidad; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que luego del análisis de la normativa municipal es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez, que el objeto es atender los requerimientos de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades promoviendo de esta forma el cumplimiento de las sanciones impuestas por el corporativo;

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 010-2017/MDV que estableció incentivos tributarios para los contribuyentes del distrito de Ventanilla
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 7-2017-MDV/ALC Ventanilla, 28 de junio de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: El Informe Nº 221-2017/MDV-GRM-SGAT de la Subgerencia de Administración Tributaria, y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades­ los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 10-2017/ MDV de 30 de mayo de 2017, se aprobó la Ordenanza que establece incentivos tributarios para los contribuyentes del distrito de Ventanilla; Que, en la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza, establece las facultades del Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía prorrogue la vigencia y/o dicte las disposiciones modificatorias, complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la Ordenanza; Que, mediante Informe Nº 221-2017/MDV-GRMSGAT la Subgerencia de Administración Tributaria propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 10-2017/MDV, procurando brindar de esta forma, mayor oportunidad a los contribuyentes de contar con los incentivos otorgados; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que luego del análisis de la normativa municipal es viable la prórroga del mencionado plazo, toda vez, que

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