Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2017 (21/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de julio de 2017 /

El Peruano

que dichas modificaciones implican modificar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y otros instrumentos de gestión; Que, siendo que la presente tiene por finalidad el beneficio para la comunidad punteña, es decir, es de interés público, por lo que la demora en su aplicación sería contraria al mismo, en aplicación del numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se encuentra exceptuada de la publicación del proyecto de la misma; Estando a lo expuesto, con Informe Nº 176-2017MDLP/OAJ, y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, APROBÓ la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES, LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA Artículo 1º.- MODIFICAR la denominación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil por la de "Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal" y de la División de Seguridad Ciudadana por la de "División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal", en la Estructura Orgánica Municipal; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (TUO-ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta en los Artículos 9º, 26º, 27º numeral 4 y 5, 28º, 57º numeral 15, 62º, 85º, 86º, 87º, 88º, 89º numerales 13, 18 y 27, 90º, 91º; y en la denominación que corresponda en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Artículo 2º.- MODIFICAR la denominación de la Gerencia de Rentas y Policía Municipal por la de "Gerencia de Rentas", y del Departamento de Atención al Vecino y Policía Municipal por la del "Departamento de Atención al Vecino", en la Estructura Orgánica Municipal; en el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones (TUO-ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta en el Artículo 9º, 40º, 44º, 45º numeral 14 y 32, 46º, 47º, 48º, 57º numeral 15 y 18, 59º numeral 14, 86º numeral 6, 89º numeral 25; y en la denominación que corresponda en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP). Artículo 3º.- MODIFICAR el Artículo 9º, 45º, 47º, 85º, 86º y 91º del Texto Único Ordenado (TUO) del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Punta, aprobado por la Ordenanza Nº 0012015-MDLP/AL, y modificatorias, conforme al siguiente texto: "Artículo 9º.- La Estructura Orgánica de Municipalidad Distrital de La Punta es la siguiente: (...) ÓRGANOS DE APOYO - Oficina de Secretaría Comunicaciones. - Gerencia de Rentas. (...) ÓRGANOS DE LÍNEA (...) - Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal · División de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Civil · División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal" "Artículo 45º.- Son funciones generales de la Gerencia de Rentas: General, Archivo y la

(...) 32. Supervisar y dirigir las funciones de fiscalización, control de los comercios y aplicación de las sanciones administrativas. 33. Elaborar la información estadística básica sistematizada para la toma de decisiones, con la información que se genera en la Gerencia. 34. Cumplir otras funciones que le asigne la Alcaldía y/o la Gerencia Municipal, en materia de su competencia y, aquellas que se atribuyan mediante la normativa interna." "Artículo 47º.- Departamento de Atención al Vecino, es el Área Funcional a cargo de un Jefe de Departamento, quien depende de la Gerencia de Rentas. Tiene las siguientes funciones: 1. Atender y orientar con una visión de permanente servicio al usuario y contribuyente punteño, brindando información sobre los asuntos tributarios y administrativos que soliciten. 2. Programar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con la administración tributaria, los procesos de registros, acotación y fiscalización de las rentas municipales, del mercado municipal y establecimientos comerciales en el Distrito. 3. Supervisar y ejecutar las actividades relacionadas con la promoción del Desarrollo Económico Local y el Comercio en el Distrito y de los procesos de otorgamiento de Licencias de Funcionamiento y autorizaciones en general, se encarga además del control de las cuentas corrientes y de la emisión y cobranza de valores tributarios y administrativos." "Artículo 85º.- La Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal es el órgano de línea encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades relacionadas con la seguridad ciudadana, policía municipal y defensa civil, la cual se ejecuta conforme al marco normativo del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD). Actúa como Secretaría Técnica del Comité de Seguridad Ciudadana y participa en la Plataforma Distrital de Defensa Civil. Está a cargo de un Gerente, quien depende funcional y jerárquicamente de la Gerencia Municipal. Artículo 86º.- Son funciones generales de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal: (...) 11. Supervisar las funciones relacionadas a la Policía Municipal a cargo de la División de Seguridad Ciudadana y Policial Municipal. 12. Cumplir otras funciones que le asigne la Alcaldía y/o la Gerencia Municipal, en materias de su competencia y aquellas que se atribuyan mediante la normativa interna." "Artículo 91º.- Son funciones generales de la División de Seguridad Ciudadana y Policía Municipal: 1. Ejecutar las acciones de seguridad ciudadana en el Distrito 2. Promover y difundir sistemas de seguridad y autodefensa entre los vecinos, para lo cual debe establecer coordinaciones con la Policía Nacional del Perú, Compañía de Bomberos y otras instituciones públicas y privadas. 3. Administrar el servicio de Seguridad Ciudadana y programar la realización de rondas en el Distrito. 4. Supervisar y controlar los espectáculos públicos no deportivos en salvaguarda del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. 5. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales reglamentarias en materia de Seguridad Ciudadana. 6. Ejecutar la supervisión y control del cumplimiento de normas de competencia municipal y notificar e imponer las sanciones establecidas en el Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) por el incumplimiento de dichas normas con el apoyo de la Policía Nacional, de ser el caso.

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