Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2017 (02/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de junio de 2017 /

El Peruano

Amplían funcionamiento del 4º Juzgado de Paz Letrado del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Puno
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 183-2017-CE-PJ Lima, 17 de mayo de 2017 VISTO:

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 413-2017 de la vigésimo tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Álvarez Díaz, sin la intervención del señor Consejero De Valdivia Cano por tener que viajar en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:

El Oficio Nº 462-2017-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe Nº 029-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, respecto al Oficio Nº 066-2017-P-CSJPU/PJ, del Presidente de las Corte Superior de Justicia de Puno. CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 319-2016-CE-PJ de fecha 30 de noviembre de 2016, se dispuso a partir del 1 de enero hasta el 31 de mayo de 2017, la reubicación temporal del 2º Juzgado de Paz Letrado Penal del Distrito de Juli, Provincia de Chucuito, Corte Superior de Justicia de Puno, como 4º Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Puno, de la citada Corte Superior. Segundo: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno por Oficio Nº 066-2017-P-CSJPU/ PJ, solicita la ampliación de funcionamiento del 4º Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Puno, en razón de presentar una carga procesal cercana al estándar de expedientes principales resueltos, aprobado por Resolución Administrativa Nº 287-2014-CE-PJ. Tercero: Que, al respecto, mediante Oficio Nº 462-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, el Jefe de la Oficina de Productividad Judicial elevó a este Órgano de Gobierno el Informe Nº 029-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, a través del cual ha efectuado la evaluación de la solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puno, dando cuenta de lo siguiente: a) El Distrito de Puno cuenta con cuatro Juzgados de Paz Letrados Mixtos, de los cuales el 4º Juzgado de Paz Letrado de Puno, proveniente de la reubicación temporal del 2º Juzgado de Paz Letrado Penal del Distrito de Juli, Provincia de Chucuito, a partir del 1 de enero de 2017, culmina su prórroga de funcionamiento el 31 de mayo del presente año. Al respecto, el 4º Juzgado de Paz Letrado de Puno, el cual funciona con turno abierto, al mes de marzo del presente año resolvió 157 expedientes de una carga procesal de 464, lo cual representó un avance del 13% del estándar de 1,200 expedientes, labor realizada con un Cuadro de Asignación de Personal - CAP de tres personas, obteniendo un regular nivel resolutivo respecto al avance ideal del 25%. Sin embargo, el 2º Juzgado de Paz Letrado de Puno con un CAP superior de seis personas presentó un avance de 15%, al resolver 182 expedientes de una carga procesal de 656, presentando un nivel resolutivo inferior al 1º y 3º Juzgados de Paz Letrado de Puno, los cuales con el mismo CAP resolvieron 364 y 264 expedientes, respectivamente; lo que representó avance del 30% y 22%, respecto a su estándar. b) Al proyectar la carga procesal para fines del presente año de los cuatro Juzgados de Paz Letrado del Distrito de Puno, ésta ascendería en promedio a 1,628 expedientes, resultando dicha cifra cercana a la carga procesal mínima establecida para un Juzgado de Paz Letrado Mixto de 1,560 expedientes, por lo que estos órganos jurisdiccionales se encontrarían en una situación de carga estándar. Cuarto: Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Artículo Primero.- Ampliar, a partir del 1 de junio hasta el 31 de agosto de 2017, el funcionamiento del 4º Juzgado de Paz Letrado del Distrito, Provincia y Corte Superior de Justicia de Puno. Artículo Segundo.- Disponer que la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Puno, verifique el desempeño del 2º Juzgado de Paz Letrado del Distrito y Provincia de Puno, por haber presentado al mes de marzo del presente año un deficiente avance del 15% respecto al estándar de la especialidad e instancia, el cual representa un retraso de casi dos meses respecto al avance ideal del 25%; y presentar un nivel resolutivo inferior a los otros dos juzgados de paz letrados de su localidad, debiendo informar a la brevedad al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial las causas del bajo rendimiento observado. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puno, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Puno, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinente. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1527834-2

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen conformación de la Primera Sala Civil Permanente y de la Segunda Sala de Familia Permanente, y designan magistrados en la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 379-2017-P-CSJLI/PJ Lima, 1 de junio del 2017 VISTOS Y CONSIDERANDOS: Que, mediante el ingreso número 296889-2017 el doctor Néstor Fernando Paredes Flores, Juez Superior Titular integrante de la Primera Sala Civil de Lima, solicita hacer uso de sus vacaciones por el periodo del 05 al 18 de junio del presente año. Que, mediante el ingreso número 303615-2017 el doctor Jorge Antonio Plasencia Cruz, Juez Superior Titular integrante de la Segunda Sala Especializada de Familia de Lima, solicita hacer uso de su descanso vacacional por el periodo del 05 al 11 de junio del presente año. Que, mediante el ingreso número 304730-2017 el doctor Luis Alberto Mera Casas, Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pone a conocimiento fotocopia de la Resolución Administrativa N° 056-2017-P-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante la cual se autoriza entre otros el viaje de la doctora Yadira Elena

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