Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de junio de 2017 /

El Peruano

Convenios, del 12 al 18 de junio de 2017 y en adición a los servicios que presta; Estando a las atribuciones conferidas en la Ley N° 26497 ­ Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, la Ley N° 27619 ­ Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado en parte por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS modificado en parte por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, y en el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) modificado en parte con Resolución Jefatural N° 135-2016/ JNAC/RENIEC (11OCT2016); SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicios del señor RAFAEL PARRA ERKEL, Jefe de la Oficina de Convenios de la Gerencia General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 12 al 18 de junio de 2017, a fin de participar en la "10ma Conferencia Anual ­ 2017 Internacional CIO Common Conference ­ 2017 ICCC", a realizarse en la zona de Silicon Valley de la ciudad de San José del Condado de Santa Clara, California de los Estados Unidos de América. Artículo Segundo.- ENCARGAR, al señor LIZARDO PASQUEL COBOS, el cargo de Jefe de la Oficina de Convenios de la Gerencia General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, del 12 al 18 de junio de 2017 y en adición a los servicios que presta. Artículo Tercero.- Los gastos que genere la comisión de servicios indicada en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, relativos al alojamiento, transporte y alimentación programados, serán cubiertos por la Organización invitante y no ocasionará egreso alguno a la Institución por dichos conceptos; sin embargo, el RENIEC cubrirá el costo por pasaje aéreo y el concepto por traslado e instalación, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje aéreo: Pasaje aéreo. Incluye FEE y el TUAA. Viáticos: Total: US$ US$ 1,995.00 1,995.00

VISTOS: La Resolución Nº 0046-2017-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de enero de 2017; la Hoja de Elevación Nº 000218-2017/GRE/RENIEC (07JUN2017) y el Informe Nº 000028-2017/GRE/RENIEC (07JUN2017) de la Gerencia de Registro Electoral; el Informe N° 000191-2017/GAJ/SGAJR/RENIEC (07JUN2017) de la Sub Gerencia de Asesoría Jurídica Registral de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Hoja de Elevación N° 000346-2017/GAJ/RENIEC (07JUN2017) de la Gerencia de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que mediante Resolución Nº 0046-2017-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano el 25 de enero de 2017, el Jurado Nacional de Elecciones convocó a Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017 para el día domingo 11 de junio de 2017 en las circunscripciones que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la misma; Que para tal efecto, los ciudadanos obligados a sufragar en el proceso electoral convocado, deben emplear su documento nacional de identidad (DNI), teniendo en cuenta su condición de único título para el ejercicio del derecho al sufragio, conforme a lo dispuesto por el artículo 26° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del RENIEC y el artículo 88° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 37° de la acotada Ley, el documento nacional de identidad tiene una vigencia de ocho (8) años, en tanto no concurran las circunstancias que tal disposición precisa, a cuyo vencimiento debe ser renovado de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 95° del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, el cual señala que el documento nacional de identidad que no sea renovado perderá su vigencia, no pudiendo realizar su titular, ninguno de los actos establecidos en el artículo 84° del mencionado Reglamento, entre los cuales se encuentra el ejercicio del sufragio; Que la situación expuesta podría limitar la participación de los ciudadanos en el proceso electoral previsto para el domingo 11 de junio de 2017, resultando necesario establecer los lineamientos para privilegiar el ejercicio del derecho constitucional al sufragio y a la participación ciudadana contenidos en el artículo 31° de la Constitución Política del Perú; Que en tal sentido corresponde disponer la prórroga excepcional de la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017, en las circunscripciones que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la Resolución Nº 0046-2017-JNE, hasta el 11 de junio de 2017; Que la presente Resolución debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 73-2016/JNAC/RENIEC (31MAY2016) y su modificatoria, así como las disposiciones contenidas en la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar excepcionalmente, hasta el domingo 11 de junio de 2017, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales

Total: US$ 440.00 -------------------Por concepto de traslado e instalación (US$ 440.00 por 1 día) US$ 440.00

Artículo Cuarto.- DISPONER, que el señor RAFAEL PARRA ERKEL, Jefe de la Oficina de Convenios de la Gerencia General del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional a través de la Gerencia General, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el artículo primero de la presente Resolución Jefatural, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1531284-1

Prorrogan excepcionalmente, hasta el domingo 11 de junio de 2017, la vigencia de los DNI caducos o que estén por caducar de los ciudadanos obligados a sufragar en la Consulta Popular de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 85-2017/JNAC/RENIEC Lima, 9 de junio de 2017

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