Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Sábado 10 de junio de 2017 /

El Peruano

mediante Resolución SBS Nº 5829-2014 de fecha 05.09.2014; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de la oficina especial de uso compartido ubicada en Av. Carretera Central Nº 111, C.C. Mall Aventura Plaza Santa Anita, Local LF10, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Artículo Único.- Autorizar a CMAC Piura S.A.C. la apertura de tres (03) Oficinas Especiales según se detalla en el Anexo que acompaña a la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas ANEXO A LA RESOLUCIÓN SBS N° 2172-2017
N° 1 2 3 Departamento Ica Provincia Palpa Distrito Palpa Dirección Calle Juan Rodríguez Minaya N° 161 - Palpa Aprobación

Sesión de directorio N° 015Cajamarca Santa Cruz Santa Cruz Jr. Cutervo N° 622 2017 del Av. 9 de Diciembre 25.04.2017 Junín Huancayo Chilca N° 592

ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1530491-1

1531058-1

Autorizan a La Positiva Seguros y Reaseguros y a La Positiva Vida Seguros y Reaseguros el cierre de oficina especial ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 2194-2017 Lima, 31 de mayo de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTAS: Las solicitudes presentadas por LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS, para que se les autorice el cierre de la oficina especial de uso compartido ubicada en Av. Carretera Central Nº 111, C.C. Mall Aventura Plaza Santa Anita, Local LF10, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 5785-2014 de fecha 29 de agosto de 2014, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS la apertura de una oficina especial ubicada en Av. Carretera Central Nº 111, C.C. Mall Aventura Plaza Santa Anita, Local LF10, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS Nº 4028-2015 de fecha 09 de julio de 2015, se autorizó a LA POSITIVA SEGUROS Y REASEGUROS y a LA POSITIVA VIDA SEGUROS Y REASEGUROS el uso compartido de la oficina especial ubicada en Av. Carretera Central Nº 111, C.C. Mall Aventura Plaza Santa Anita, Local LF10, Distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima; Que, en aplicación de los artículos 3º y 4º del Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de oficinas y uso de locales compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015, las empresas solicitantes han cumplido con presentar la documentación correspondiente para el cierre de una (01) oficina especial de uso compartido; Estando a lo informado por los Departamentos de Supervisión de Seguros "A" y "B"; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias y en la Resolución SBS Nº 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada

Autorizan a Financiera Credinka S.A. el traslado de agencia ubicada en el distrito de Ilave, provincia de El Collao, departamento de Puno
RESOLUCIÓN SBS Nº 2250-2017 Lima, 2 de junio de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Financiera Credinka S.A. (en adelante, la Financiera) para que esta Superintendencia autorice el traslado de una agencia ubicada en e! departamento de Puno; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3054-2012 de fecha 25.05.2012, esta Superintendencia autorizó la apertura, entre otras, de una agencia ubicada en Centro Poblado llave, Sector 5 - Alasaya, distrito de llave, provincia El Collao, departamento de Puno; Que, en sesión de Directorio de fecha 23.05.2017 se acordó el traslado de la referida agencia; Que, la Financiera ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación requerida por la normatividad vigente para el traslado de agencias; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, y el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Financiera Credinka S.A. el traslado de una agencia ubicada en Centro Poblado llave, Sector 5 - Alasaya, distrito de llave, provincia El Collao, departamento de Puno; al inmueble ubicado en el Jr. Mariano Zevallos N° 116 y 118 del Barrio Ramón Castilla, distrito de llave, provincia de El Collao, departamento de Puno. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTIN AUQUI CACERES Intendente General de Microfinanzas 1530486-1

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