Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2017 (10/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Sábado 10 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los comisionados de presentar ante la Dirección General de Administración, el informe documentado de gastos, en el término de quince (15) días calendarios, computados desde el día siguiente de retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, de conformidad a lo establecido en la Resolución Nro. CU0348-2016-UNSAAC y Art. 10 del D.S. Nº 047-2002-PCM, Para cuyo efecto presentarán los Formatos Nros. 01, 02, 03 y 04 aprobados por dicha Resolución y que como anexo forma parte de la presente Resolución, solo para los comisionados. Asimismo deberán presentar ante el Consejo Universitario el informe correspondiente. La Dirección General de Administración y la Unidad de Logística, adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDILBERTO ZELA VERA Rector (e) 1530515-1

Pedagogía y Humanidades, Esp.: Ciencias Sociales e Historia, por pérdida, el mismo que fue expedido el 10.03.2000, Diploma registrado con el Nº 5186, registrado a Fojas 244 del Tomo 021-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el item VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 17 de enero del 2017. RESUELVE: 1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Licenciado en Pedagogía y Humanidades, de fecha 14.09. , por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE LICENCIADO EN PEDAGOGÍA Y HUMANIDADES; Esp.: Ciencias Sociales e Historia, a don WILFREDO GÓMEZ GALINDO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma registro Nº 5186, registrado a Fojas 244 del Tomo 021-T 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Educación. Regístrese y comuníquese. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NUÑEZ Secretario General 1530438-1

Otorgan duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Pedagogía y Humanidades, expedido por la Universidad Nacional del Centro del Perú
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1475-CU-2017 Huancayo, 18 de enero de 2017 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Visto, el expediente Nº 40356 de fecha 12.12.2016, por medio del cual don Wilfredo GÓMEZ GALINDO, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en Pedagogía y Humanidades, por pérdida. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso; asimismo promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 12562013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la "Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad"; Que, don Wilfredo Gómez Galindo, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Licenciado en

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Revocan Acuerdo de Concejo Nº 070-2016-MDS-CM y declaran infundada solicitud de vacancia de alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima
RESOLUCIÓN Nº 0164-2017-JNE Expediente Nº J-2016-00660-A02 SAYÁN - HUAURA - LIMA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintiséis de abril de dos mil diecisiete VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Félix Víctor Esteban Aquino, alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, contra el Acuerdo de Concejo Nº 070-2016-MDS-CM, del 9 de diciembre de 2016, que aprobó la solicitud de vacancia presentada por Ludwin Edgar Samanez Ferrebu, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y oídos los informes orales. ANTECEDENTES Respecto a la solicitud de vacancia Mediante escrito presentado el 19 de febrero de 2016 (fojas 894 a 902), Ludwin Edgar Samanez Ferrebu solicitó la vacancia de Félix Víctor Esteban Aquino en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán, provincia de Huaura, departamento de Lima, por considerar que incurrió en la causal prevista en el artículo 22, numeral 9, concordante con el artículo 63, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM), sobre la base de los siguientes hechos:

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