Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2017 (26/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

El Peruano / Lunes 26 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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VISTO: La Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 278-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 21 de junio, 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE; siendo que mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, en atención a lo referido; el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 07 de junio 2017, mediante Acuerdo N°178 - 2017-CDAH, declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Universidad César Vallejo ­ Sede Trujillo contra la Resolución N°085-2017SINEACE/CDAH-P, que oficializó el Acuerdo N°0312017-CDAH, mediante el cual se decide no otorgar la acreditación a la carrera profesional de Derecho, dejando sin efecto la mencionada Resolución. Que, en atención a lo indicado precedentemente, el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 1792017-CDAH de sesión del 07 de junio 2017, acordó otorgar la acreditación a la Carrera de Derecho de la Universidad César Vallejo ­ Sede Trujillo, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; la Ley N° 30220; Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Oficializar el Acuerdo Nº 179-2017-CDAH, de sesión de fecha 07 de junio 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Derecho de la Universidad César Vallejo ­ Sede Trujillo, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1536621-8

Designan Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del SINEACE
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 282-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 22 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°097-2015-COSUSINEACE/CDAH-P y sus modificatorias, se aprobó la "Norma que define la estructura de puestos del Ente Rector del SINEACE", encontrándose dentro de ellos, el puesto de Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional, como cargo de confianza; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, se considera pertinente designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del Sistema de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2007-ED; Ley N°30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y sus modificatorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a Consuelo del Rosario Alonzo Calixto, en el cargo de Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa - Sineace. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1536621-9

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Establecen instancias competentes que conducirán la fase instructora y la fase sancionadora para el ejercicio de la potestad sancionadora de la SUCAMEC y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 567-2017-SUCAMEC Lima, 23 de junio de 2017 VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 019-2017-SUCAMEC-GG de fecha 14 de marzo de 2017, de la Gerencia General; el Informe Legal N° 364-2017-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 20 de junio de 2017, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

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