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87 NORMAS LEGALES Lunes 26 de junio de 2017 El Peruano / VISTO: La Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N° 278-2017-SINEACE/CDAH-P, de fecha 21 de junio, 2017; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de cali fi cación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – SINEACE; siendo que mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, se constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, en atención a lo referido; el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 07 de junio 2017, mediante Acuerdo N°178 - 2017-CDAH, declara fundado el recurso de reconsideración interpuesto por la Universidad César Vallejo – Sede Trujillo contra la Resolución N°085-2017-SINEACE/CDAH-P, que o fi cializó el Acuerdo N°031- 2017-CDAH, mediante el cual se decide no otorgar la acreditación a la carrera profesional de Derecho, dejando sin efecto la mencionada Resolución. Que, en atención a lo indicado precedentemente, el Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 179-2017-CDAH de sesión del 07 de junio 2017, acordó otorgar la acreditación a la Carrera de Derecho de la Universidad César Vallejo – Sede Trujillo, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – SINEACE; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED; la Ley N° 30220; Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 179-2017-CDAH, de sesión de fecha 07 de junio 2017 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera profesional de Derecho de la Universidad César Vallejo – Sede Trujillo, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1536621-8Designan Jefa de la Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional del SINEACE RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 282-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 22 de junio de 2017CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc N°097-2015-COSUSINEACE/CDAH-P y sus modi fi catorias, se aprobó la “Norma que de fi ne la estructura de puestos del Ente Rector del SINEACE”, encontrándose dentro de ellos, el puesto de Jefe de la Ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, como cargo de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa – Sineace, se considera pertinente designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28740, Ley del Sistema de Evaluación, Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa; su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018 -2007-ED; Ley N°30220, Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y sus modi fi catorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a Consuelo del Rosario Alonzo Calixto, en el cargo de Jefa de la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional del Sistema Nacional de Evaluación Acreditación y Certi fi cación de la Calidad Educativa - Sineace. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1536621-9 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Establecen instancias competentes que conducirán la fase instructora y la fase sancionadora para el ejercicio de la potestad sancionadora de la SUCAMEC y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 567-2017-SUCAMEC Lima, 23 de junio de 2017 VISTOS: El Memorando Múltiple Nº 019-2017-SUCAMEC-GG de fecha 14 de marzo de 2017, de la Gerencia General; el Informe Legal N° 364-2017-SUCAMEC-OGAJ, de fecha 20 de junio de 2017, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y;