Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2017 (26/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Lunes 26 de junio de 2017

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó el documento técnico denominado: Normas de Competencia del "Especialista en Proceso de Post Cosecha de Cacao", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1536621-4

Artículo 1°. - Oficializar el Acuerdo N° 208-2017CDAH de sesión de fecha 07 de junio 2017, mediante el cual el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó el documento técnico denominado: Normas de Competencia del "Catador de Pasta o Licor de Cacao", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°. - Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web de la Institución(www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1536621-5

Oficializan Acuerdo que aprobó el documento técnico denominado: Normas de Competencia del "Catador de Pasta o Licor de Cacao"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 276-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 21 de junio de 2017 VISTO: El Informe N° 038-2017-SINEACE/P-DEC-EBTP, emitido por la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del SINEACE; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, habiéndose mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituido el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante el documento de visto, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, propone la aprobación del documento técnico denominado: Normas de Competencia del "Catador de Pasta o Licor de Cacao", el mismo que cumple con la validación de expertos en el tema; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del SINEACE, en sesión de fecha 07 de junio 2017, mediante Acuerdo N° 208-2017-CDAH, aprobó el documento mencionado precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y, Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU;

Oficializan Acuerdo que aprobó el documento técnico normativo denominado "Modelo de Acreditación Institucional para Universidades"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 279-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 21 de junio de 2017 VISTO: El Informe N° 087-2017-SINEACE/TP-DEA-ESU, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28740, Ley del SINEACE establece como finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante Ley N°30220, se declaró la reorganización del SINEACE disponiéndose que el Ministerio de Educación a través de Resolución Ministerial constituya el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidencia del COSUSINEACE, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, con la finalidad de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, a partir de la evaluación del primer modelo de acreditación y el análisis de la experiencia internacional, se conformó en el Sineace la Comisión Transversal integrada por las Direcciones de Evaluación y Acreditación de Educación Básica y Educación Superior, con el propósito de establecer un marco de referencia común para la evaluación y acreditación en el país, que a su vez supere la heterogeneidad de enfoques y estructura de los modelos de acreditación anteriores; Que, la metodología empleada para la construcción del Modelo para la Acreditación Institucional de Universidades, ha tenido en consideración cuatro ejes de trabajo: rigurosidad técnica, la cual recoge recomendaciones y lecciones aprendidas de la evaluación realizada; alineación con tendencia internacional que aproxime el nuevo modelo con lo utilizado en otros países; pertinencia y vinculación con el entorno al cual responde, así como su concordancia con la normativa vigente; y, la construcción participativa a través de la consulta con diferentes actores tales como: universidades públicas y privadas, Ministerio de Educación, Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, entre otros;

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