Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano / Miércoles 15 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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de acuerdo a la hoja de vida que se anexa, cumple con el perfil profesional señalado en la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. En consecuencia, evaluada la propuesta del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo; y en mérito al Acuerdo N° 117-2017 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Vera Meléndez, sin la intervención de los señores Consejeros Ruidías Farfán y Alvarez Díaz, quienes se encuentran de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora abogada Yuliana Flor Contreras Portugal, en el cargo de confianza de Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Lima, funcionaria designada; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1496986-5

Ley Procesal del Trabajo; y en mérito al Acuerdo N° 118-2017 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Vera Meléndez, sin la intervención de los señores Consejeros Ruidías Farfán y Alvarez Díaz, quienes se encuentran de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora abogada Erika Patricia Kahn García, en el cargo de confianza de Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia de Ucayali, funcionaria designada; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1496986-6

Designan Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ucayali
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 063-2017-CE-PJ Lima, 22 de febrero de 2017 VISTO: El Oficio N° 201-2017-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo; y, el señor Coordinador de Seguimiento y Evaluación del Programa Presupuestal 0099: Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 326-2016-CE-PJ, del 9 de diciembre de 2016, se modificó el artículo 11° de la Resolución Administrativa N° 061-2013-CE-PJ, adicionando al texto original del inciso k), "Proponer ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial al Administrador del Módulo Corporativo Laboral, cuya designación se efectuará sobre la base de la terna propuesta por el Presidente del Equipo Técnico Distrital de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo". Segundo. Que, en aplicación de la mencionada disposición, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ucayali elevó la terna correspondiente al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva Ley Procesal del Trabajo; por lo que, se propone a la señora abogada Erika Patricia Kahn García para el cargo de confianza de Administradora del Módulo Corporativo Laboral de la Corte Superior de Justicia de Ucayali; quien de acuerdo a la hoja de vida que se anexa, cumple con el perfil profesional señalado en la Resolución Administrativa N° 399-2014-CE-PJ. En consecuencia, evaluada la propuesta del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la nueva

Convierten el Juzgado de Trabajo Transitorio de Villa María del Triunfo, Distrito Judicial de Lima Sur, en Segundo Juzgado Especializado de Trabajo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 068-2017-CE-PJ Lima, 22 de febrero de 2017 VISTOS: El Oficio N° 141-2017-P-ETIINLPT-CE-PJ, remitido por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal de Trabajo; y el Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0099 "Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales"; así como el Oficio N° 3308-2016-P-CSJLIMASUR/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur propone la conversión del Juzgado de Trabajo Transitorio, que tramita procesos de la Subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional, a órgano permanente con la misma competencia, la propuesta presentada se sustenta en razones de contar con órganos jurisdiccionales especializados para el año 2017; y, además, por ser el único juzgado que conoce procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales. Segundo. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1232017 de la décima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Vera Meléndez, sin la intervención de los señores Ruidías Farfán y Álvarez Díaz por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

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