Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES
RESUELVE:

Miércoles 15 de marzo de 2017 /

El Peruano

Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Fabio Tulio Vadillo Córdova, con matrícula número N-4503, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1496112-1

Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de actividades de la empresa CONFIANZA CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDADANÓNIMACERRADApudiendo utilizar la abreviatura CONFIANZA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula N° J-0816 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros, B: Personas Jurídicas, punto 3. Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- la presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1496027-1

Autorizan ampliación de actividades de Confianza Corredores de Seguros Sociedad Anónima Cerrada en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 979-2017 Lima, 7 de marzo de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la empresa CONFIANZA CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA, pudiendo utilizar la abreviatura CONFIANZA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con Registro N° J-0816, representada por el señor Mariano Luis Barrena Polanco, para que se autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución SBS N° 4348-2016 del 11 de agosto de 2016, esta Superintendencia autorizó la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros, B: Personas Jurídicas, numeral 1 Corredores de Seguros Generales a la empresa Confianza Corredores de Seguros Sociedad Anónima Cerrada pudiendo utilizar la abreviatura Confianza Corredores de Seguros S.A.C., con matrícula Nº J-0816; Que, mediante acuerdo de la Junta Universal de Accionistas de fecha 15 de enero de 2017 se acordó la ampliación del objeto social a efectos de que la citada empresa se dedique a la intermediación en la colocación de seguros generales y de personas; ramos en los cuales el Gerente General, señor Mariano Luis Barrena Polanco, se encuentra autorizado mediante Resolución SBS N° 6679-2016 de fecha 27 de diciembre de 2016; Que, la empresa solicitante cumple con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaria General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley N° 26702, sus modificatorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013;

Autorizan al Banco Internacional del Perú Interbank el cierre de agencia ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 1040-2017 Lima, 8 de marzo de 2017 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se autorice el cierre de una (01) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de la agencia situada en Av. Armendáriz N° 450, 456, 460, 472, 480, 484, 490, esquina con la calle Las Acacias N° 281, 295; distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1496130-1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan acciones para la compra de pasajes aéreos y otros gastos durante la estadía del Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 064-2017-P/TC Lima, 8 de marzo de 2017

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